De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.–Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I de la presente Orden.
Segunda.–Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura como anexo II y se dirigirán a la Subsecretaría (Registro General), calle Alcalá Galiano, número 10, 28010 Madrid.
En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos o más puestos de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberá formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando el orden de preferencia en que los mismos se soliciten.
Tercera.–El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarta.–Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
Quinta.–Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar, si son adjudicatarios y prestan sus servicios en Ministerio y organismo distinto del convocante, certificado extendido por la Unidad de Personal donde se encuentren destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Sexta.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 6 de noviembre de 2009.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, P.D. (Orden APU/3039/2008, de 22 de octubre), el Subsecretario de la Presidencia, Juan José Puerta Pascual.
N.º orden |
Código puesto |
Denominación del puesto |
Dot. |
Nivel |
C. específico |
Localidad |
Adscripción |
||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
AD |
GR |
Cuerpo |
|||||||
1 |
5065788 |
Delegación del Gobierno en Canarias |
1 |
26 |
11.103,96 |
Las Palmas G. C. |
A3 |
A1/A2 |
EX11 |
2 |
4193021 |
Delegación del Gobierno en Cantabria |
1 |
30 |
16.501,52 |
Santander |
A3 |
A1 |
|
3 |
3393010 |
Alto Inspector |
1 |
28 |
11.602,92 |
Santander |
AE |
A1 |
|
4 |
860948 |
Delegación del Gobierno en Castilla- |
1 |
27 |
11.602,92 |
Toledo |
AE |
A1 |
|
5 |
2966625 |
Delegación del Gobierno en La Rioja |
1 |
30 |
25.536,28 |
Logroño |
AE |
A1 |
|
6 |
1345789 |
Área Funcional de Industria y Energía |
1 |
27 |
11.602,92 |
Logroño |
AE |
A1 |
|
7 |
4786412 |
Área Funcional de Sanidad |
1 |
29 |
16.501,52 |
Logroño |
A1 |
A1 |
|
8 |
4786152 |
Delegación del Gobierno en el País Vasco |
1 |
28 |
12.351,50 |
San Sebastián |
|
|
|
9 |
4374422 |
Secretaría de Estado para la Función Pública |
1 |
29 |
20.597,92 |
Madrid |
|
|
|
10 |
5114877 |
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) |
1 |
29 |
20.597,92 |
Madrid |
|
|
|
AE: Administración del Estado.
A1: Administración del Estado y Autonómica.
A3: Administración del Estado, Autonómica y Local.
EX11: Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad, no afecta al personal estaturario de los grupos de la Función Administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto del Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de La Seguridad Social –que ocupe puestos de trabajo en la AGE a la fecha de aprobación de la Resolución de la CECIR (30/01/02)–, excepto sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transorte Aéreo y Meteorología.
1150: Licenciado en Farmacia.
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