Por Orden SAS/1352/2009, de 26 de mayo (Boletín Oficial del Estado núm. 129, del 28) se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de esta Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas y que la fecha límite de resolución es el 28 de noviembre de 2009, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
En su virtud, dispongo:
Primero.–El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la Orden SAS/1352/2009, de 26 de mayo, queda ampliado en un mes.
Segundo.–Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
Tercero.–Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 4 de noviembre de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.
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