El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adoptó en su sesión de 23 de diciembre de 2008, el Acuerdo por el que aprueba la Resolución del Presidente de ADIF, de 23 de diciembre de 2008, por la que se delega en Órganos Internos de la Entidad la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos.
Procede por tanto, según determina el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación de dicho Acuerdo, que figura como Anexo a esta Resolución.
Madrid, 22 de enero de 2009.–El Secretario General de Infraestructuras, José Damián Santiago Martín.
El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en su sesión celebrada el 23 de diciembre de 2008, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Aprobar la Resolución del Presidente de ADIF, de 23 de diciembre de 2008, por la que se delega en Órganos Internos de la Entidad la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos, en los siguientes términos:
«Resolución del presidente de adif por la que se delega en órganos internos de la entidad la competencia de ordenar los gastos y pagos.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, por la que las delegaciones de competencias entre órganos deberán ser previamente aprobadas, en los Organismos públicos, por el órgano máximo de dirección, de acuerdo con lo establecido en sus normas de creación, el Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), adoptó, por unanimidad, en su sesión de 31 de marzo de 2006, el Acuerdo por el que se aprueba la Resolución del Presidente de ADIF de 31 de marzo de 2006, de delegación en Órganos Internos de la Entidad la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procedió a la publicación de dicho Acuerdo, mediante Resolución de 10 de abril de 2006, de la Secretaría General de Infraestructuras (BOE núm. 125, de 26 de mayo de 2006).
Asimismo, el Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud de las referidas competencias atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adoptó, por unanimidad, en su sesión de 22 de julio de 2008, el Acuerdo por el que se aprobaba la Resolución del Presidente de ADIF de 22 de julio de 2008, por la que se delegaba en la Directora de Estudios y Proyectos de la Dirección General de Grandes Proyectos de Alta Velocidad, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos, la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos hasta la cuantía de 700.000 euros.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el referido artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procedió a la publicación de dicho Acuerdo, mediante Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras (BOE núm. 248, de 14 de octubre de 2008).
El artículo 23.2.n) del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado mediante el Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, atribuye a su Presidente la facultad de ordenar los Gastos y Pagos de la Entidad y efectuar toda clase de cobros, cualquiera que sea su cuantía.
Por su parte, el artículo 23.3 del Estatuto del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, permite la delegación de las citadas facultades en el Vicepresidente, en el personal directivo o en los restantes órganos internos de la entidad.
Habiéndose modificado las estructuras de la Dirección General de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura, de la Dirección General de Explotación de la Infraestructura y de la Dirección General de Grandes Proyectos de Alta Velocidad de ADIF, así como la redenominación de alguna de sus Direcciones dependientes, se hace necesario adecuar las vigentes delegaciones de competencias de ordenar los gastos y pagos a la actual estructura, actualizando las delegaciones vigentes en una única Resolución, motivo por el cuál, el Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en uso de las facultades que le confiere el artículo 23.3 del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, viene a adoptar la siguiente
Resolución:
1.ª Delegar en los órganos internos de la Entidad que se relacionan, en el ámbito de sus respectivas funciones y con la extensión y alcance que se expresan, la competencia de ordenar los gastos y pagos de la Entidad:
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, en el Director General Económico Financiero y de Control, a propuesta de los Directores Generales correspondientes o de la Secretaria General y del Consejo de Administración.
Hasta la cuantía de 1.000.000 de euros, en los Directores Generales y en la Secretaria General y del Consejo de Administración, a propuesta de los Directores Ejecutivos, de los Directores de Línea de Alta Velocidad o de los Directores dependientes directamente de los Directores Generales o de la Secretaría General y del Consejo de Administración, en sus respectivas áreas o ámbitos territoriales.
Hasta la cuantía de 1.000.000 de euros, en el caso de gastos de energía o combustibles, en el Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía.
Para cuantías superiores a 1.000.000 de euros, en el caso de energía o combustibles, en el Director General de Explotación de la Infraestructura a propuesta del Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía.
Hasta la cuantía de 700.000 euros:
En la Dirección General de Planificación Estratégica: en el Director de Planificación de Inversiones, en el Director de Estrategia y Desarrollo de Negocio, en el Director de Planificación y Desarrollo de Red y en el Director de Relaciones Internacionales, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General Económico Financiera y de Control: en el Director de Patrimonio y Urbanismo, en el Director de Planificación Financiera y Presupuestos, en el Director de Tesorería y Contabilidad, en el Director de Auditoría Interna y
Control de Gestión, en el Director de Sistemas de Información y en el Director de Compras y Contratación, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos: en el Director de Planificación, Política Retributiva y Sistemas de Recursos Humanos, en el Director de Calidad y Medio Ambiente, en el Director de Organización, Formación y Desarrollo, en el Director de Recursos Humanos, en el Director de Seguridad en la Circulación y en el Director de Protección Civil y Seguridad, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General de Grandes Proyectos de Alta Velocidad: en la Directora de Contratación, Administración y Recursos, en la Directora de Estudios y Proyectos y en el Director de Calidad, Seguridad y Supervisión, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura: en el Director Ejecutivo de Red de Alta Velocidad, en el Director Ejecutivo de Red Convencional, en el Director Ejecutivo de Circulación, en el Director de Contratación y Compras, y en el Director de Innovación Tecnológica, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General de Explotación de la Infraestructura: en el Director de Eficiencia Energética, en el Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía, en el Director Ejecutivo de Estaciones de Viajeros, en el Director Ejecutivo de Servicios Logísticos, en el Director de Contratación y Compras y en el Director Comercial y de Atención al Cliente, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En los Directores de Línea de Alta Velocidad en sus respectivos ámbitos territoriales, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En el Director de Comunicación y Relaciones Externas, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquél.
Hasta la cuantía de 300.000 euros, en los titulares de los restantes órganos internos de la Entidad que, adscritos o bajo dependencia de esta Presidencia o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, Secretaría General y del Consejo de Administración, Dirección de Comunicación y Relaciones Externas, Direcciones Ejecutivas o Direcciones de Línea de Alta Velocidad, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, sean determinados mediante normativa de régimen interno desarrollada al efecto, a propuesta del responsable del seguimiento de la ejecución del contrato o del responsable de la tramitación del expediente de gasto.
En el caso de nóminas y liquidaciones a la Seguridad Social por importe superior a 6.000.000 de euros, en el Director General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos, a propuesta del Director de Planificación, Política Retributiva y Sistemas de Recursos Humanos dependiente directamente de aquél.
En el supuesto de liquidaciones tributarias por importe superior a 6.000.000 euros, en el Director General Económico Financiero y de Control, a propuesta del Director de Tesorería y Contabilidad.
Para cuantía superior a 6.000.000 euros, y con excepción de la delegación establecida en la presente resolución para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como la establecida para los gastos de energía y combustibles, la ordenación del gasto y del pago queda reservada al Presidente de la Entidad, a propuesta de los Directores Generales correspondientes o de la Secretaria General y del Consejo de Administración.
Todas las cantidades a las que se refiere la presente Resolución, se entienden finales, es decir, incluyendo todos los conceptos de cualquier naturaleza, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y netos de toda cantidad o importe satisfecho en otro momento o acto.
Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Resolución los pagos realizados en el ejercicio de las facultades de apoderamiento en materia de endeudamiento y gestión financiero-patrimonial.
Se habilita al Director General Económico Financiero y de Control para que pueda dictar cuantas disposiciones de régimen interno procedan para el desarrollo y correcta aplicación de esta Resolución, en garantía de su plena eficacia.
2.ª Dejar sin efecto, en consecuencia, las Resoluciones del Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, aprobadas mediante acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 31 de marzo de 2006 y 22 de julio de 2008, respectivamente, sobre Delegación de competencias del Presidente en materia de ordenación de Gastos y Pagos de la Entidad en el personal directivo y órganos internos de la Entidad, publicados en el BOE número 125, de fecha 26 de mayo de 2006, y en el BOE número 248, de fecha 14 de octubre de 2008».
Publíquese la presente Resolución en el Boletín del Estado.
En Madrid, a 23 de diciembre de 2008.–El Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Antonio González Marín.»
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid