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Documento BOE-A-2009-19403

Resolución de 23 de noviembre de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se adjudica una subvención para el fomento de la movilidad de titulados de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (Programa ARGO GLOBAL).

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2009, páginas 103082 a 103082 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-19403

TEXTO ORIGINAL

La Orden EDU/2514/2009, de 7 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), hizo pública la convocatoria de una subvención para el fomento de la movilidad de titulados de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (Programa ARGO GLOBAL).

De conformidad con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el apartado 6 de la Orden de convocatoria, he resuelto:

Primero.–Conceder la subvención a la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (FICYT), CIF G-33053604, para la realización del Programa ARGO GLOBAL.

Segundo.–La cuantía de la subvención es de 7.650.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781, del presupuesto de gasto del Ministerio de Educación y distribuidos en tres anualidades: 3.250.000,00 euros con cargo al ejercicio 2009; 1.625.000,00 euros con cargo al ejercicio 2010 y 2.775.000,00 euros con cargo al ejercicio 2011.

Tercero.–El programa será de 3 años y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2012.

Cuarto.–El beneficiario está obligado a cumplir el programa y actuaciones contenidos en el proyecto presentado y demás normas que sobre justificación, seguimiento y control se mencionan en la Orden de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 23 de noviembre de 2009.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

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