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Documento BOE-A-2009-19812

Resolución de 1 de diciembre de 2009, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la lista de aspirantes aprobados en el concurso-oposición para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, convocado por Resolución de 22 de abril de 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2009, páginas 104233 a 104234 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2009-19812

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el apartado Decimoséptimo 1 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE 27/11/2007) esta Presidencia, a propuesta del Tribunal Calificador, ha resuelto hacer pública la relación de aspirantes aprobados, ordenados de mayor a menor, según la puntuación total obtenida, una vez finalizadas ambas fases.

Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución, para presentar, en el Registro General del Consejo de Seguridad Nuclear, (C/ Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040-Madrid), o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título de Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como Anexo II.

4. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Asimismo deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R.D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003, de 21 de febrero.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el punto noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE 27/11/2007), no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Por orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo de prácticas determinado en la convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

La petición de los destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos, y una vez finalizado el período de prácticas.

Madrid, 1 de diciembre de 2009.–La Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear, Carmen Martínez Ten.

ANEXO I
Relación de aprobados

N.º

Aspirante

D.N.I.

Puntuación
Oposición

Puntuación Concurso

Puntuación
Total

1

SÁNCHEZ LOMBARDÍA, ANTONIO

53404629D

57,6

6,7

64,3

2

PEDROSO IZQUIERDO, IDOLKA

76972492W

43,3

17,1

60,4

3

SAIZ UTANDA, REBECA

50464859F

47,8

11,3

59,1

4

CUARENTAL GARCÍA, IRENE

50889784F

54,7

3,2

57,9

ANEXO II

Don/Doña .............................................................................................................., con domicilio en ................................................................................................... y documento nacional de identidad número ......................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo/Escala ........................................................................, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

En ......................................, a .................. de ................................ de 200.......

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