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Visto el expediente de indulto de don Adelino Cortina Valle, condenado por la Audiencia Provincial, sección octava, de Asturias, con sede en Gijón, en sentencia de 18 de noviembre de 2008, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de nueve meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de cuatro euros; de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de un año de prisión y multa de seis meses con un cuota diaria de cuatro euros; y de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de un año de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de cuatro euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por hechos cometidos en el año 1989-2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de noviembre de 2009,
Vengo en conmutar a don Adelino Cortina Valle las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de noviembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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