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Documento BOE-A-2009-20331

Resolución de 6 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la modificación de la Adenda al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo del Programa Ciudades Digitales 2007-2010 en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 2009, páginas 106883 a 106885 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-20331

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de modificación de 25 de septiembre de 2008, a la adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Programa Ciudades Digitales, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 6 de noviembre de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Adenda de modificación de la Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Programa Ciudades Digitales 2007-2010 en el ámbito del Plan Avanza

En Madrid, a 25 de septiembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Francisco Ros Perán, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, la Sra. D.ª Pilar Ventura Contreras, Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, en virtud del Decreto de 15 de abril de 2008, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según acuerdo de este órgano de fecha 23 de septiembre de 2008.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

I

Con fecha 3 de mayo de 2006 se firmó un Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de las actuaciones del Plan Avanza.

II

La cláusula quinta del citado Convenio Marco de colaboración establece que el Convenio se desarrolla mediante la realización de adendas incluidas durante la vigencia del mismo, del año 2006 al 2010.

III

El 18 de junio de 2007 se firmó la Adenda Ciudades Digitales 2007-2010, en la que se establecía que «La Comunidad Autónoma de Aragón realizará una convocatoria pública a la que podrán acudir, en régimen de concurrencia competitiva, aquellas ciudades o entidades locales en su caso, que cumplan un conjunto de requisitos…».

Realizada dicha convocatoria se concedieron subvenciones a proyectos a desarrollar por ocho entidades locales durante los años 2007 y 2008, con un plazo de justificación hasta el 15 de noviembre de 2008.

IV

La cláusula séptima del mencionado Convenio establece una Comisión Bilateral con el fin de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del mismo.

La Comisión Bilateral tiene, entre otras misiones, aprobar aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución.

En la reunión de la Comisión Bilateral celebrada el pasado 15 de mayo de 2008, se puso de manifiesto por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón lo ajustado de los plazos establecidos para los mencionados proyectos que habían sido objeto de subvención, dando la comisión su conformidad a que desde el Gobierno de Aragón se formalice una prórroga de los mismos.

Esta prórroga supone que las aportaciones por parte del Gobierno de Aragón, en forma de pagos pendientes de las subvenciones concedidas, se realicen durante el año 2009, lo que implica un reajuste temporal de la financiación prevista en la Adenda.

En consecuencia, las partes:

ACUERDAN

Cláusula única.–Modificar la cláusula octava de la Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del programa Ciudades Digitales 2007-2010 en el ámbito del Plan Avanza, cuya redacción pasará a ser la siguiente:

«Octava. Financiación.–La financiación de las actuaciones para los años 2007, 2008 y 2009 se distribuirá de la siguiente manera:

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

 

Año 2007

Año 2008

Año 2009

Total

MITYC.

1.058.537

 

 

1.058.537

Gobierno de Aragón.

 

8.908,25

520.360,75

529.269

Otros.

264.634

 

264.634

529.268

Total:

1.323.171

8.908,25

784.994,75

2.117.074

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Aragón, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.058.537 € (un millón cincuenta y ocho mil quinientos treinta y siete euros) con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

La Comunidad Autónoma de Aragón aportará 529.269 € (quinientos veintinueve mil doscientos sesenta y nueve euros) con cargo a la partida 17040 G/5424/760025/91002, de los cuales 8.908,25 € serán con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2008 y 520.360,75 € con cargo a los del 2009, supeditados a la existencia de crédito en dicho ejercicio.

El resto de las aportaciones serán realizadas por las entidades locales seleccionadas de acuerdo con la cláusula segunda.»

Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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