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Documento BOE-A-2009-20578

Orden AEC/3433/2009, de 17 de diciembre, por la que se conceden becas de prácticas para alumnos españoles que habiendo superado el "máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales", que se imparte en la Escuela Diplomática, no han realizado el periodo de prácticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2009, páginas 107738 a 107738 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-20578

TEXTO ORIGINAL

En el BOE núm. 281, de 21 de noviembre de 2009, se publicó la Orden AEC/3125/2009, de 15 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de prácticas con una duración de 10 meses, desde el 1 de diciembre del 2009 al 30 de septiembre de 2010 para alumnos españoles que habiendo superado el «máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática, no han realizado el periodo de prácticas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, de la Orden AEC/3125/2009 de 15 de octubre, sobre «procedimiento de concesión y resolución» de las becas de prácticas de la Escuela Diplomática y a propuesta del Presidente de la Comisión de Valoración, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, ha resuelto:

Primero.–Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 12.01.23.141. M.483.00, 4 becas, de la citada convocatoria, desde el 1 de diciembre de 2009 al 30 de septiembre de 2010, según la siguiente relación en la que figura el destino, la dotación económica de la beca y, en su caso, la ayuda de viaje,

 

Destinos

Ayuda
de viaje

Euros

Dotación
beca mensual

Euros

D.ª Nerea Artamendi Erro

Embajada en Praga.

440,00

1.650,00

D. Alberto Vera Lorente

Servicios Centrales MAEC SGT.

 

1.200,00

D.ª Cristina Álvarez Merino

Embajada en Tirana.

490,00

1.650,00

D.ª Noemí García Cabezas

Embajada en Bamako.

1.040,00

1.650,00

Segundo.–Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos por la citada Orden Ministerial AEC/3125/2009, de 15 de octubre.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 17 de diciembre de 2009.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

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