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Documento BOE-A-2009-20607

Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2009, páginas 107988 a 107990 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-20607

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de colaboración suscrito el 25 de junio de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Addenda, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de diciembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO
Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 25 de junio de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, Don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por real decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña Carme Capdevila Palau, Consejera de Acción Social y Ciudadanía, nombrada por decreto 423/2006, de 28 de noviembre, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en uso de las competencias que le corresponden según la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña y del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalitat de Cataluña por el cual se atribuye la política de inmigración al Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar la presente Addenda al Protocolo de prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.–Que el 25 de junio de 2009 se firmó, entre el Ministro de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de Cataluña, un Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito en 2005 para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo de educativo de las mismas.

Segundo.–Que de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Conferencia Sectorial de la Inmigración, acordó en su reunión de 10 de febrero de 2009, los criterios objetivos de distribución del fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos para el ejercicio 2009.

Tercero.–Que en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros, aprobado en su reunión de 30 de abril de 2009, se mantienen los criterios objetivos de distribución acordados y se amplía la asignación presupuestaria inicial por un importe de 59.000.000 euros.

Cuarto.–Existe, por lo tanto disponibilidad de crédito presupuestario en la aplicación presupuestaria del fondo de apoyo y se considera prioritaria su distribución entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla firmantes del Protocolo de Prórroga del citado Convenio de colaboración para desarrollar sus programas de actuación dirigidos a favorecer la integración de los inmigrantes.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Addenda al Protocolo de Prórroga del Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera Objeto de la addenda.–La presente Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 7 de julio de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña tiene por objeto adicionar un apartado tercero a la Cláusula tercera del mencionado Protocolo de Prórroga, en virtud de la cual:

«3. En el caso de que la asignación resultante para cada Comunidad Autónoma procedente de la dotación del Fondo de Apoyo para el año 2009 variase en virtud de Acuerdo aprobado en Consejo de Ministros, tal variación será objeto de una Addenda a este Protocolo.»

Así como, establecer las condiciones y requisitos a los que se ajustará la aportación complementaria aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de abril de 2009.

Segunda Obligaciones de las partes.

1. La Comunidad Autónoma de Cataluña se compromete a:

a. Respetar el marco de cooperación acordado en la Conferencia Sectorial de la Inmigración del pasado 10 de febrero.

b. Presentar un plan de acción complementario, siguiendo los lineamientos del Plan de Acción aprobado para 2009.

c. Cofinanciar con el 30% el coste total de las actuaciones incluidas en los planes de acción aprobados para 2009.

d. Derivar a las entidades locales de su territorio con mayor presión demográfica, como mínimo, el 40% de la aportación complementaria del Ministerio de Trabajo e Inmigración para Acogida e Integración y Refuerzo Educativo.

e. Incorporar en la memoria técnica que debe presentar, la parte de las actuaciones incluidas en el Plan de Acción complementario aprobado.

2. El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración se compromete a:

a. Transferir los fondos aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros.

Tercera Financiación.–El Ministerio de Trabajo e Inmigración transferirá a la Comunidad Autónoma de Cataluña la cantidad de trece millones ciento setenta mil ochocientos ochenta euros (13.170.880 €), consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231b.455.00, con cargo al presupuesto de gastos de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración para 2009.

La aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración se distribuirá según lo señalado a continuación:

Para las actuaciones de acogida e integración, seis millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos cincuenta y un euros (6.695.351 €).

Para las actuaciones de Refuerzo Educativo, seis millones cuatrocientos setenta y cinco mil quinientos veintinueve euros (6.475.529 €).

Cuarta Justificación del empleo de fondos.–Se presentará una única justificación de los gastos correspondientes a los fondos recibidos con cargo a la aplicación presupuestaria del fondo, según lo establecido en la Resolución de 24 de marzo de 2009 (BOE 2 de abril), de la Secretaría General Técnica.

Y, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente addenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha indicados.–Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P.D. Orden Ministerial Comunicada de 16 de marzo de 2009), María Consuelo Rumí Ibáñez.–Por la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Consejera de Acción Social y Ciudadanía, Carme Capdevila Palau.

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