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Documento BOE-A-2009-20640

Resolución de 14 de diciembre de 2009, del Instituto de Salud Carlos III, de declaración de créditos disponibles de la convocatoria de ayudas de la Acción estratégica en Salud, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011, subprograma RETICS.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2009, páginas 108125 a 108126 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-20640

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» número 71, de 24 de marzo, se publicó la Resolución de 20 de marzo de 2009, conjunta de la Secretaría de Estado de Investigación y del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), por la que se publica la convocatoria correspondiente al año 2009 de concesión de ayudas de la Acción Estratégica en Salud, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011. En el capítulo V, Línea de articulación del sistema, se establecen las disposiciones del Subprograma RETICS (Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en Salud).

La Resolución de 20 de marzo de 2009, en su apartado 141.º establece que la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria, se efectuará con cargo a los presupuestos del Instituto de Salud Carlos III. Estas ayudas, en lo que se refiere al Subprograma RETICS, se financiarán con cargo al crédito presupuestario 21.207.465A.782 del presupuesto de gastos del ISCIII para el año 2009 y a sus equivalentes en ejercicios posteriores durante los cuales se perciban y estarán supeditadas a la existencia de crédito en los presupuestos, todo ello dentro de los límites fijados en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En el caso de la RETICS de Biobancos, la cuantía máxima establecida para la anualidad 2009 es de 5.500.000,00 euros, y la misma cuantía máxima para los años 2010, 2011 y 2012. Dichos importes podrán ser complementados, en el caso de la RETICS de Biobancos, con una cuantía adicional que incremente el importe total, pudiendo alcanzar éste hasta un máximo de 6.500.000,00 euros.

La efectividad de esta cuantía adicional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Por otra parte, el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176, de 25 de julio), prevé en su apartado 5 que el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Existiendo crédito disponible suficiente en la aplicación 21.207.465A.782 del presupuesto de gastos del ISCIII.

En su virtud, resuelvo:

Primero.–Ampliar la cuantía de la convocatoria de ayudas de la Acción Estratégica en Salud, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011, dentro de la Línea de articulación del Sistema, Subprograma RETICS (Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en Salud) en el caso de la RETICS de Biobancos, correspondiente a la anualidad 2009: en 500.000,00 euros; la cuantía máxima queda establecida en 6.000.000,00 de euros para la anualidad 2009.

Segundo.–Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de diciembre de 2009.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, José Jerónimo Navas Palacios.

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