Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-21137

Resolución de 17 de diciembre de 2009, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2009, páginas 111929 a 111943 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2009-21137

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 30 de marzo de 2009 (BOE núm. 91, del 14 de abril), por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas aprobando la oferta de empleo público para el año 2009, adoptado en su sesión del 26 de marzo, con el fin de atender las necesidades de personal, y previo acuerdo de la Comisión de Gobierno, tomado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.c) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

Esta Presidencia, en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 2.1.b) de la citada Ley, ha resuelto convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir once plazas del Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas, código 4113, por el sistema general de acceso libre. Del total de estas plazas se reservarán tres para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

1.1.1 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los dos sistemas mencionados.

1.1.2 No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, con el fin de avanzar en el propósito de conseguir la igualdad de oportunidades, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

1.1.3 Si estas plazas reservadas a las personas con discapacidad no fueran cubiertas se acumularán al cupo del siete por ciento de la oferta siguiente, con un límite del diez por ciento, no pudiéndose acumular al turno general.

1.1.4 El procedimiento selectivo será la oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.1.5 El programa que habrá de regir estas pruebas selectivas será el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen las pruebas selectivas se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso selectivo.

1.1.7 El primer ejercicio de la oposición no se iniciará antes del día 28 de febrero de 2010.

1.1.8 Desde la total conclusión de cada ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

1.2 A los presentes procesos selectivos les serán aplicables la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas; la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas; la Resolución 14 de diciembre de 2007, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Gobierno sobre exigencia de la nacionalidad española para el acceso a los cuerpos de funcionarios del Tribunal de Cuentas; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en lo que no se no opongan a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril; las demás normas de pertinente y general aplicación y lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas encomendadas al Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los siguientes títulos: Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, como mínimo, hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, ajustada al modelo que figura como Anexo III, en la que deberán cumplimentar todos los datos que en la misma se solicitan.

3.1.1 A la solicitud se acompañará fotocopia del Documento Nacional de Identidad, así como dos fotografías tamaño carnet, respaldadas con el nombre y apellidos del solicitante.

3.1.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, se establecerán las adaptaciones de tiempo adicionales y los medios necesarios para la realización de las pruebas.

Los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán las necesidades específicas, adjuntando el Dictamen Técnico Facultativo.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Tribunal de Cuentas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Tribunal de Cuentas (calle Fuencarral, número 81, Madrid) o en el Registro Auxiliar del propio Tribunal (calle Padre Damián, número 19, Madrid) bien directamente, o a través de cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas por españoles residentes en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el apartado anterior, a través de las correspondientes representaciones diplomáticas o consulares españolas, quienes las remitirán al Organismo competente. El interesado adjuntará a su solicitud el comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.

Las solicitudes que se cursen por conducto de Oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado de Correos antes de ser certificadas, en aplicación de lo dispuesto en el precepto anteriormente citado.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 21,12 euros, hallándose exentos del pago de la misma los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, estarán exentos del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

El pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas, bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico, haciéndose constar en la solicitud el número y fecha de ingreso.

Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a la siguiente exención: del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de no encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Secretario General del Tribunal de Cuentas, por delegación del Presidente, dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y publicando la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado, indicando en la misma los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constará el nombre y apellidos de los candidatos y el número de su Documento Nacional de Identidad. En la Resolución se determinará, igualmente, el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución a que se refiere la base anterior en el Boletín Oficial del Estado, para poder subsanar el defecto o defectos que hubieran motivado la exclusión provisional. Contra la Resolución por la que se declare a los aspirantes definitivamente excluidos, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, en el plazo de un mes, a tenor de lo que se dispone en el artículo 3, j), y en la disposición adicional primera, 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4.3 Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. En consecuencia, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 La necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 30 de marzo de 2009, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas aprobando la oferta de empleo público para el año 2009, en el sentido de que las convocatorias de los respectivos procesos selectivos se harán públicas durante el presente año, por un lado, y las dificultades surgidas en el proceso de designación de los miembros del Tribunal, por otro, aconsejan la conveniencia de que, excepcionalmente, y al amparo de lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el nombramiento del Tribunal calificador de estas pruebas selectivas se efectúe antes de hacerse públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos.

El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el citado artículo 28 de la mencionada Ley.

5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia del Presidente, el Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le corresponden en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días contados a partir de su designación.

5.4 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5 Durante el desarrollo de los ejercicios de la oposición, el Tribunal, por mayoría de votos, resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las normas de esta convocatoria, así como lo que deba actuarse en los casos no previstos.

Igualmente, corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinente.

5.6 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas para asegurar que los aspirantes con discapacidad dispongan de similares condiciones que el resto de los aspirantes para la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas discapacitadas que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1.2, se establecerán las posibles adaptaciones de tiempo y medios. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral o Sanitaria.

5.7 El Presidente del Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin conocerse la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan identificar al opositor.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el Tribunal de Cuentas, calle Fuencarral, 81, 28004 Madrid, teléfono número 91-447.87.01. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, sea miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones se planteen en relación con el desarrollo del proceso selectivo.

5.9 El Tribunal calificador de estos procesos de selección tendrá la categoría segunda de las establecidas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (BOE núm. 129, de 30 de mayo).

5.10 En ningún caso, el Tribunal calificador podrá aprobar ni declarar que han superado la fase de oposición de los procesos selectivos un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contraviniese tal prescripción.

6. Desarrollo de los procesos selectivos

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel cuyo primer apellido comience con la letra «R», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, de 19 de mayo de 2009 (BOE núm. 126, del 25 de mayo), por la que se hace público el resultado del sorteo celebrado ese mismo día.

6.2. Las pruebas selectivas tendrán idéntico contenido para todos los aspirantes, independientemente del turno por el que se opte, sin perjuicio de las adaptaciones que el Tribunal considere conveniente. Durante el procedimiento selectivo se dará un tratamiento diferenciado a los dos turnos en lo que se refiere a las relaciones de admitidos, los llamamientos a los ejercicios y la relación de aprobados.

6.3 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para acreditar su personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal calificador.

6.5 Una vez iniciada la oposición, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal calificador en los locales donde se haya celebrado el primero así como en el tablón de anuncios del Tribunal de Cuentas.

Dichos anuncios se efectuarán con, al menos, doce horas de antelación al comienzo de las pruebas, si se trata del mismo ejercicio, o veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

6.6 Si en cualquier momento de los procesos de selección, llegase a conocimiento del Tribunal calificador que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, dicho Tribunal, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, comunicando a ésta la inexactitud o falsedades contenidas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Relaciones de aprobados

7.1 No obstante lo indicado en la base 6.2., finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio así como, en su caso, en el tablón de anuncios del Tribunal de Cuentas, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuaciones alcanzadas, con independencia del turno por el que hayan participado, con indicación del respectivo Documento Nacional de Identidad.

7.2 El Presidente del Tribunal calificador elevará copia certificada de la lista de aprobados en la oposición, por orden de puntuación, a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, para su conocimiento y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en el que se hizo pública la lista de aprobados en el Boletín Oficial del Estado, los opositores aprobados deberán presentar, en la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo, con referencia al día en que finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

c) Los aspirantes con discapacidad a que se refiere la base 3.1.2 de esta convocatoria, deberán acreditar tal condición, si obtuvieren plaza, mediante certificación de los Órganos competentes del Ministerio de Sanidad y Política Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su vencimiento.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados se realizará previa oferta a los mismos de los puestos que se determinen y su adjudicación se efectuará siguiendo el orden de puntuación obtenido en la oposición, de conformidad con lo establecido en las normas 1.1.2, 1.1.6 y 7.1 de esta convocatoria.

8.5 Transcurrido el plazo de presentación de documentos, los aspirantes seleccionados serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en la que se expresará la respectiva fecha de nacimiento, el Número de Registro de Personal que se les asigne, así como el destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, debiendo, previamente, prestar juramento o promesa, en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, para la adquisición de la condición de funcionario.

9. Norma final

Contra esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, a tenor de lo que dispone el artículo 3.j) y la disposición adicional primera, 1 y 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 17 de diciembre de 2009.–El Presidente del Tribunal de Cuentas, Manuel Núñez Pérez.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Ejercicios y valoración.

1.1 Ejercicios.–La oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio.–Consistirá en la resolución, por escrito, de un cuestionario de preguntas propuestas por el Tribunal, relacionadas con las materias de Derechos Mercantil, Constitucional y Administrativo y Economía General y de la Empresa, que figuran en el temario incluido en el Anexo II, punto 1, de esta Resolución.

La duración de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos.

Segundo ejercicio.–Consistirá en la resolución, por escrito, de cuestiones prácticas de Contabilidad General y de Sociedades y Auditoría, pudiendo figurar, en la parte de Contabilidad, la aplicación de la matemática financiera necesaria, de acuerdo con el temario que figura en el Anexo II, punto 2. Para la realización de este ejercicio podrán utilizarse el Plan General de Contabilidad y las resoluciones publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Tercer ejercicio.–Consistirá en la resolución, por escrito, de cuestiones prácticas de Contabilidad Pública, de conformidad con lo establecido en el vigente Plan General de Contabilidad Pública y demás disposiciones dictadas para el desarrollo reglamentario del mismo. Dichos textos podrán ser utilizados en el ejercicio, así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Cuarto ejercicio.–Consistirá en la exposición, por escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, de dos temas, extraídos al azar, uno del temario que se incluye como Anexo II, punto 3 de la presente Resolución, bajo el epígrafe de «Derecho Presupuestario, Actividad económico-financiera del Sector Público y su Control y Contabilidad Pública» (Temas 1 al 32, ambos inclusive), y otro del mismo Anexo, punto 4 «Organización, Funciones y Procedimientos del Tribunal de Cuentas y de otros Órganos de Control Externo» (Temas 33 al 50, ambos inclusive).

El ejercicio será leído por cada opositor en sesión pública. A continuación, el Tribunal podrá formular preguntas y cuestiones al opositor durante un tiempo máximo de quince minutos sobre cualquiera de los aspectos de su exposición.

1.2 Valoración de los ejercicios.–Cada uno de los ejercicios se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario, para superar cada uno de ellos, obtener un mínimo de diez puntos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio y, caso de persistir el empate, a la mayor puntuación alcanzada en el tercero, cuarto y primer ejercicios, por este orden.

ANEXO II
Programa

1. Derechos Mercantil, Constitucional y Administrativo, y Economía General y de la Empresa

Tema 1.–Concepto del Derecho Mercantil: fuentes. El Código de Comercio. Leyes Mercantiles. Aplicación del Derecho Común a las relaciones mercantiles. El Registro Mercantil: concepto y funciones.

Tema 2.–El establecimiento mercantil: naturaleza jurídica. El empresario: concepto y clases. El empresario individual. Principios generales. Capacidad, incapacidad y prohibiciones. El empresario extranjero.

Tema 3.–Sociedad mercantil: concepto. El contrato de Sociedad mercantil: Elementos esenciales. Formalidades constitutivas. Escritura e inscripción registral. La Sociedad irregular. La Sociedad Anónima Europea. Grupo de sociedades.

Tema 4.–Clases de Sociedades mercantiles. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Unipersonal de responsabilidad limitada. La Sociedad Limitada nueva empresa. La Sociedad Colectiva. La Sociedad Comanditaria.

Tema 5.–La Sociedad Anónima: Fundación. Escritura social y Estatutos. Acciones: concepto y clases. Emisión de obligaciones. Órganos de las Sociedades Anónimas. Nulidad de la Sociedad.

Tema 6.–Disolución de Sociedades mercantiles. Causas generales y especiales. Liquidación de Sociedades mercantiles. La llamada disolución parcial. Régimen jurídico de la transformación, fusión y escisión de Sociedades mercantiles.

Tema 7.–Títulos valores: concepto y clases. Los títulos directos, a la orden, al portador y de tradición. La letra de cambio. El endoso, la aceptación y el pago.

Tema 8.–Los contratos mercantiles. Clases, perfección, forma y prueba. La compraventa mercantil: concepto y caracteres. Elementos, efectos y extinción del contrato. Venta de bienes muebles a plazos.

Tema 9.–Los contratos bancarios: Principales figuras. El contrato de seguro.

Tema 10.–El Concurso (I). Presupuesto subjetivo y objetivo. El Auto de declaración de concurso y sus efectos. Determinación de la masa activa. Las acciones de reintegración patrimonial.

Tema 11.–El Concurso (II). La masa pasiva, y los créditos contra la masa: clasificación y pago. El Convenio: contenido y sus efectos. La conclusión del concurso y su reapertura. La calificación del Concurso.

Tema 12.–La contabilidad. Normas sobre la contabilidad. Las nuevas normas internacionales de contabilidad: su repercusión en el ordenamiento jurídico español. Obligación del empresario de llevar una contabilidad. Obligaciones formales. Valor probatorio de los libros de contabilidad. Las sanciones en materia contable.

Tema 13.–La Constitución Española de 1978.–Características y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.

Tema 14.–La igualdad de género en nuestro Derecho. Tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El principio de igualdad en el empleo público. La protección contra la violencia de género.

Tema 15.–Fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Clases de Leyes. Leyes orgánicas y ordinarias. Leyes básicas. Leyes marco. Leyes de transferencia y delegación. Leyes de armonización. Los Estatutos de Autonomía. Las Leyes de las Comunidades Autónomas. Disposiciones del Gobierno con valor de ley: Decretos Legislativos y Decretos-Leyes. El Reglamento: concepto y naturaleza. Clasificación de los Reglamentos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 16.–Las Administraciones Públicas. Tipos de entes públicos: territoriales y no territoriales. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión directa. Gestión indirecta: la concesión administrativa de servicios públicos.

Tema 17.–Las potestades administrativas: concepto y clases. El acto administrativo: concepto y caracteres. Diferentes clasificaciones de los actos administrativos. Elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, fin y forma. La motivación. El silencio administrativo.

Tema 18.–Eficacia del acto administrativo. Ejecutoriedad de los actos administrativos. Validez e invalidez del acto administrativo. Declaración de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos por la Administración mediante la revisión de oficio: casos en que procede y trámites. Declaración de anulabilidad por la Administración: Declaración de lesividad, requisitos y procedimiento. La revocación. Actos administrativos irregulares. La convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos.

Tema 19.–La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: concepto, naturaleza jurídica y caracteres. Requisitos para que proceda la indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.

Tema 20.–El procedimiento administrativo: régimen jurídico, concepto y fines del procedimiento. Principios generales. Características, elementos y fases del procedimiento administrativo común: Iniciación, ordenación, instrucción. Rasgos esenciales de los procedimientos especiales.

Tema 21.–Los recursos administrativos: concepto y clases. Tramitación general de los recursos. El recurso de alzada. El recurso de reposición. El recurso de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 22.–Los funcionarios públicos: concepto y clases. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 23.–Los contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos. Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.

Tema 24.–El Patrimonio de las Administraciones Públicas: Concepto y clasificación. El Patrimonio del Estado: Concepto y competencias. Los bienes de las Entidades Locales. El Patrimonio de las Comunidades Autónomas. Breve referencia a los modos de adquisición, al inventario patrimonial, a la afectación y desafectación, mutación de destino, adscripción y desadscripción, y al uso y explotación de los bienes y derechos

Tema 25.–Análisis de la demanda. Análisis de la oferta. El precio de mercado y el equilibrio del consumidor.

Tema 26.–Teoría de la producción. Funciones de producción y de costes. Concepto y clases de costes.

Tema 27.–El mercado. Concepto y clases. Mercados de libre concurrencia y monopolísticos. Formación del precio. Análisis de otros mercados: la competencia imperfecta y el oligopolio.

Tema 28.–El dinero: su naturaleza, concepto y funciones. Ahorro e inversión. La formación del tipo de interés.

Tema 29.–El sistema financiero y sus instituciones: estructura. El Banco Central y sus funciones. Otros intermediarios financieros. El Sistema Europeo de Bancos Centrales. El Banco Central Europeo.

Tema 30.–La renta nacional: concepto y métodos de estimación. La Contabilidad Nacional. El análisis «input-output».

Tema 31.–El comercio internacional. Formulaciones teóricas. La balanza de pagos: concepto y estructura.

Tema 32.–Empresa y Economía de la Empresa. La Empresa como realidad económica. La Empresa y sus funciones. Clases de Empresa.

Tema 33.–La Empresa y su organización. Los diferentes modelos y estilos de dirección, planificación, coordinación y control.

Tema 34.–La estructura económico-financiera de la Empresa. Las fuentes de financiación de la Empresa. El equilibrio entre las inversiones y su financiación. Concepto de fondo de rotación.

Tema 35.–La inversión en la Empresa: concepto. Clases de inversión. Métodos clásicos de valoración y selección de proyectos de inversión. El período medio de maduración: concepto y determinación.

Tema 36.–La financiación interna o autofinanciación. La amortización. Causas de la depreciación. La función financiera de las amortizaciones. Métodos de amortización. Efecto expansivo de la amortización.

Tema 37.–La financiación de la Empresa. Mercado primario y secundario de valores. La emisión de valores. El derecho de suscripción preferente. Valoración de acciones y obligaciones.

Tema 38.–Derecho Comunitario: concepto, caracteres. Fuentes del Derecho Comunitario. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamento, Directivas y las Decisiones. La Constitución de las Comunidades Europeas.

Tema 39.–El proceso de construcción europea. La Unión Europea. El sistema institucional comunitario, con especial referencia al Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo.

2. Materias sobre las que versará el 2.º ejercicio

Contabilidad, auditoría y matemática financiera. Contabilidad general y de sociedades. Auditoría de estados financieros. Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos.

3. Derecho Presupuestario, Actividad económico-financiera del Sector Público y su Control, y Contabilidad Pública

Tema 1.–El Derecho Presupuestario: concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

Tema 2.–La estabilidad presupuestaria. Marco conceptual. Principios y normas.

Tema 3.–El Presupuesto del Estado en España (I). Concepto y contenido. Regulación jurídica. Estructuras presupuestarias: Las distintas clasificaciones de los presupuestos de gastos e ingresos.

Tema 4.–El Presupuesto del Estado en España (II). La elaboración del Presupuesto: Procedimiento y remisión a las Cortes Generales. Tramitación y aprobación del Presupuesto. La prórroga del Presupuesto.

Tema 5.–Los créditos y sus modificaciones: concepto y régimen jurídico. Tipología, requisitos y competencias para autorizar las distintas modificaciones presupuestarias. Tramitación. El control de las modificaciones presupuestarias.

Tema 6.–La gestión presupuestaria. Aprobación del gasto. Compromiso del gasto. Reconocimiento de la obligación y propuesta de pago. Extinción de las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija.

Tema 7.–Gestión de gastos de personal. Retribuciones. La Seguridad Social de los empleados públicos: cuotas sociales a cargo del empleador. Clases Pasivas. Gastos Sociales. Justificación de los gastos de personal.

Tema 8.–Gestión de gastos contractuales: El procedimiento de contratación y el procedimiento de ejecución del gasto. Justificación del gasto. La extinción de la obligación contractual.

Tema 9.–Gestión del gasto subvencional. Las subvenciones: concepto, naturaleza, clasificación y competencias. Procedimiento de concesión y pago. Justificación. Reintegro. Infracciones administrativas en materia de subvenciones y ayudas públicas.

Tema 10.–El Tesoro Público: funciones y competencias. La financiación de los Presupuestos Generales del Estado. Régimen jurídico del endeudamiento del sector público y de los avales del Tesoro Público.

Tema 11.–El Sector Público: delimitación y agentes que lo integran. La actividad económico-financiera del Sector Público y su ordenamiento jurídico básico.

Tema 12.–La actividad económico-financiera de la Administración General del Estado. La actividad económico-financiera de los Organismos autónomos, de las Agencias Estatales y otros Organismos públicos con un régimen jurídico especial reguladas en las disposiciones adicionales de la LOFAGE.

Tema 13.–La actividad económico-financiera de las Entidades Públicas Empresariales y Sociedades mercantiles estatales. La actividad económico-financiera de las Fundaciones estatales. El Banco de España.

Tema 14.–La actividad económico-financiera de la Seguridad Social. El Presupuesto de la Seguridad Social. Concepto y contenido. Elaboración, tramitación y aprobación. Los créditos presupuestarios en el Presupuesto de la Seguridad Social. Modificaciones en los Presupuestos de Entidades Gestoras y Tesorería General.

Tema 15.–El Control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal (I). Concepto de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. Clases de control. La Intervención General de la Administración del Estado. Organización y funciones.

Tema 16.–El Control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal (II). El control previo de legalidad. Concepto, regulación y principios generales. El control previo de legalidad de ingresos. El control previo de legalidad de gastos y pagos. La omisión de la intervención.

Tema 17.–El Control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal (III). El Control financiero: concepto y formas de ejercicio. Ámbito subjetivo. Desarrollo de las actuaciones. Informes de Control financiero. Clases de control financiero: control financiero permanente, control de programas presupuestarios y control de sistemas y procedimientos.

Tema 18.–El Control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal (IV). El Control financiero de subvenciones y ayudas públicas en el ordenamiento estatal. El control de las subvenciones comunitarias: órganos competentes y normativa contable.

Tema 19.–El Control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal (V). La auditoría pública como forma de ejercicio del control financiero. Clases de auditoría. Las normas de auditoría del sector público.

Tema 20.–El control de los ingresos públicos. Ingresos tributarios y de derecho privado. El control de la gestión recaudatoria. El control de los beneficios fiscales.

Tema 21.–La auditoría de cuentas. La Ley 19/1988, de Auditoría de cuentas. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: funciones. Normas Técnicas de auditoría.

Tema 22.–La actividad económico-financiera de las Entidades Locales: Normas que la regulan y características de las mismas. El Presupuesto: concepto, clases, estructura, elaboración, aprobación y ejecución. La prórroga presupuestaria. Control interno.

Tema 23.–La actividad económico-financiera de las Comunidades Autónomas: normas que la regulan y características de las mismas. El presupuesto: concepto, clases, estructura, elaboración, aprobación y ejecución. La prórroga presupuestaria. Control interno. Cuentas generales y normas de valoración.

Tema 24.–El Presupuesto de la Unión Europea. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Las perspectivas financieras. Estructura. Los recursos propios y los gastos comunitarios. El procedimiento de aprobación. La relación entre el presupuesto comunitario y el Presupuesto del Estado. La ejecución del presupuesto comunitario. Tipos de Gestión. Poderes de la Comisión como ejecutivo presupuestario. Las actividades de la Unión no financiadas con el presupuesto comunitario. El control interno.

Tema 25.–La Contabilidad de las Administraciones Públicas. Marco conceptual. Principios y normas contables públicos.

Tema 26.–La Contabilidad del sector público estatal (I). Marco legal. El Plan General de Contabilidad Pública: Antecedentes. Ámbito de aplicación. Estructura y contenido.

Tema 27.–La Contabilidad del Sector Público Estatal (II). La contabilidad en la Administración General del Estado.

Tema 28.–La Contabilidad del Sector Público Estatal (III). La contabilidad de los Organismos Públicos y demás Entes Públicos Estatales.

Tema 29.–La Contabilidad del Sector Público Estatal (IV). La contabilidad del sistema de la Seguridad Social.

Tema 30.–La Cuenta General del Estado. Formación y remisión. Documentos y estados que la integran.

Tema 31.–La contabilidad de las Comunidades Autónomas: Disposiciones por las que se rige. La contabilidad de las Corporaciones Locales: Disposiciones por las que se rige.

Tema 32.–El Sistema de Cuentas Económicas Nacionales (SEC´95).

4. Organización, Funciones y Procedimientos del Tribunal de Cuentas y de otros Órganos de Control Externo

Tema 33.–El Tribunal de Cuentas. Antecedentes históricos. El Tribunal de Cuentas en la Constitución de 1978.–Funciones del Tribunal de Cuentas de acuerdo con su Ley Orgánica reguladora y con la Ley de Funcionamiento que la desarrolla. Derecho supletorio.

Tema 34.–Organización del Tribunal de Cuentas. Atribuciones del Presidente, del Pleno y de la Comisión de Gobierno. La Sección de Fiscalización: funciones y estructura. La Sección de Enjuiciamiento: funciones y estructura. Los miembros del Tribunal de Cuentas: designación y status. La Fiscalía y la Secretaria General: funciones que les corresponden. Órganos de apoyo del Tribunal y otros Órganos que actúan en el mismo: El Interventor, el Gabinete Técnico y el Servicio Jurídico del Estado. Comisionados.

Tema 35.–El personal al servicio del Tribunal de Cuentas: su Estatuto. El personal funcionario: el Cuerpo Superior de Letrados, el Cuerpo Superior de Auditores, el Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo y los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas y de la Seguridad Social al servicio del Tribunal de Cuentas. El personal contratado, con especial referencia al personal laboral y al Convenio Colectivo entre el Tribunal de Cuentas y este personal. La Junta de Personal y la Mesa de Negociación. Las relaciones de puestos de trabajo y la oferta de empleo público del Tribunal de Cuentas. Régimen general de la relación de servicio en el Tribunal de Cuentas.

Tema 36.–El Tribunal de Cuentas y las Cortes Generales. Naturaleza de la relación y Órganos de comunicación. La Comisión Mixta Congreso Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas: Composición y funciones. Líneas generales de la tramitación de los informes o memorias, mociones y notas. Los conflictos que afectan a las competencias o atribuciones del Tribunal de Cuentas. La autonomía financiera del Tribunal de Cuentas: Esquema general del presupuesto del Tribunal.

Tema 37.–La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas: contenido. El control de legalidad, eficiencia y economía: Su significado y alcance. Ámbito subjetivo. Rendición de cuentas al Tribunal: Entidades y personas obligadas. Ámbito objetivo. Técnicas aplicables en los procedimientos fiscalizadores, con especial referencia a las de Auditoría Pública. Utilización por el Tribunal de documentos e informes de otros controles de la actividad económico-financiera pública. El deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas: Alcance, formalización y medidas para exigir su cumplimiento.

Tema 38.–Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas (I): naturaleza y caracteres. La iniciativa fiscalizadora. El Programa Anual de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas. Desenvolvimiento de los procedimientos fiscalizadores. Examen del procedimiento relativo a la Cuenta General del Estado. La Declaración del Tribunal de Cuentas sobre la Cuenta General del Estado: contenido y concepto. Su tramitación parlamentaria.

Tema 39.–Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas (II). Examen de los procedimientos fiscalizadores relativos: A) a cuentas generales y parciales de las Entidades del sector público y a las de los perceptores o beneficiarios de subvenciones o ayudas públicas, B) a expedientes referentes a los contratos celebrados por las diversas Entidades del sector publico, C) a los expedientes de modificaciones presupuestarias, y D) a la situación y variaciones del Patrimonio del Estado y demás Entidades públicas.

Tema 40.–Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas (III). El control de los partidos políticos y de los procesos electorales. La Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos.

Tema 41.–Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas (IV). Terminación de los procedimientos fiscalizadores. Los resultados de la función fiscalizadora: los Informes o Memorias. Concepto, contenido y clases. Analogías y diferencias con las mociones y notas. Procedimiento de elaboración y aprobación. Su remisión a las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, así como a otros órganos. Tramitación parlamentaria. Las Resoluciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Tema 42.–El Informe o Memoria anual del Tribunal de Cuentas: Examen particularizado de su naturaleza, contenido y procedimiento. Documentación incorporable. Tramitación parlamentaria. Los Informes extraordinarios. Los Informes anuales sobre la actividad de las Comunidades Autónomas sin Órgano de control externo y con Órgano de control externo.

Tema 43.–La función de enjuiciamiento de la responsabilidad contable. La responsabilidad contable: Concepto, naturaleza y clases. Elementos subjetivos, objetivos y causales. Responsabilidad contable y responsabilidad civil. La responsabilidad contable en la vía administrativa: supuestos, procedimientos y recursos.

Tema 44.–La Jurisdicción contable (I). Concepto y naturaleza. La jurisdicción contable en la Constitución Española de 1978.–Extensión y límites de la Jurisdicción contable. Órganos de la Jurisdicción contable: competencia. Abstención y recusación. Conflictos que se susciten entre los órganos de la jurisdicción contable y la Administración o las restantes jurisdicciones. Auxilio jurisdiccional.

Tema 45.–La Jurisdicción contable (II). Actuaciones previas a la exigencia de responsabilidad contable: la pieza separada y la instrucción del procedimiento de reintegro por alcance: naturaleza, competencia, finalidad y tramitación. Las partes en el procedimiento. Legitimación, representación y defensa de las partes. Denuncia pública y acción popular. Pretensiones de las partes: objeto y requisitos. Pluralidad de pretensiones. Acumulación: supuestos y tramitación. Cuantía de los procedimientos.

Tema 46.–La Jurisdicción contable (III). Reglas comunes a los procedimientos de la Jurisdicción contable. Cuestiones incidentales. Sustanciación. Subsanación de requisitos: Plazos. Embargo preventivo. El juicio de cuentas. Actos previos a la presentación de la demanda. Demanda y contestación. Alegaciones. Prueba. Sentencia: contenido.

Tema 47.–La Jurisdicción contable (IV). Procedimiento de reintegro por alcance. Casos en que procede. Actos previos a la presentación de la demanda. Demanda y contestación. Alegaciones. Prueba. La sentencia: contenido. Expediente de cancelación de fianzas. Iniciación. Tramitación. La oposición en el procedimiento. Auto resolutorio: Contenido. Formas de terminación de los procedimientos sin sentencia. Recursos contra providencias, autos y sentencias. Ejecución de sentencias.

Tema 48.–Los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. Creación, organización y competencias de cada uno de ellos. El ejercicio de la función fiscalizadora por los Órganos de Control Externo. Relaciones del Tribunal de Cuentas con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas: Principios informadores. Encomienda y delegación de funciones del Tribunal en los Órganos de Control Externo.

Tema 49.–Los Órganos de control externo en el Derecho comparado, con especial referencia a los de Francia, Italia, Alemania, Reino Unido y Estados Unidos de América. Analogías y diferencias con el Tribunal de Cuentas de España.

Tema 50.–El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea. Composición, estructura, competencias y funcionamiento. Relaciones con los Tribunales de Cuentas de los Estados miembros. El personal a su servicio. La participación internacional del Tribunal de Cuentas de España. La organización internacional de entidades fiscalizadora superiores (INTOSAI). La organización de las entidades fiscalizadoras superiores de Europa (EUROSAI) y otras organizaciones de ámbito regional. Auditorías de proyectos y organismos internacionales y otras actividades en que interviene el Tribunal de Cuentas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV

D./D.ª ............................................................................................................................, con domicilio en .................................................................................................................., y documento nacional de identidad número..............................., declara bajo juramento (o promete), a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ............................, a ........ de...................................... de ...........

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid