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Documento BOE-A-2009-2151

Orden ESD/4051/2008, de 22 de diciembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Hun Yuan.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2009, páginas 13320 a 13321 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-2151

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Luis Javier de Cruz Ramos, solicitando la inscripción de la Fundación Hun Yuan, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Luis Javier de Cruz Ramos; Don Luis Cartolano Serena; Don Pedro Manuel Valencia Ramos y Doña Cecilia Poyee Lan Lee, en Madrid, el 7 de mayo de 2008, según consta en la escritura pública número quinientos cincuenta y uno, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Francisco Antonio Jiménez Candela, que fue complementada y subsanada por la escritura número mil cuatrocientos ochenta y tres, otorgada el 13 de noviembre de 2008, ante el mismo notario y ratificada por la escritura número ochocientos diecisiete, autorizada el 21 de mayo de 2008, ante el notario, Don Julio Gómez-Amat Fernández.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Alcalá de Henares (Madrid), calle Fuentenovilla, número 1 y, su ámbito de actuación se extiende a las Comunidades Autónomas de Madrid; Castilla La Mancha; Cataluña; Galicia; Andalucía, Islas Baleares; Islas Canarias; Valencia; Navarra y Asturias.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de setenta y dos mil setecientos cincuenta y tres con veintiocho euros (72.753,28 euros). La dotación íntegramente desembolsada, consiste en el valor de la aportación en pleno dominio del nombre comercial WUTAN, inscrito con el número 262.443 en la Oficina Española de Patentes y Marcas, valorado en sesenta y tres mil setecientos cincuenta y tres con veintiocho euros (63.753,28 euros), según tasación llevada a cabo por Doña Esperanza Vitón Herranz, Doctora en Ciencias Económicas, Profesora Titular de la Universidad de Alcalá de Henares y Subdirectora de la Escuela de Economía del Ilustre Colegio de Economistas de Madrid, con el número de Colegiado: 25.571, incorporada a la escritura de constitución y la cantidad de nueve mil euros (9.000 euros), en dinero, que ha sido desembolsada íntegramente y depositada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución y a la complementaria y de subsanación de ésta, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La promoción y difusión en España de la práctica de las artes marciales chinas y métodos de chi kung, yoga o métodos orientales similares aplicados como métodos de ejercicio para la salud, en relación con el concepto de salud de la Organización Mundial de la Salud como estado de bienestar físico, mental y social. Velar por la autenticidad en la enseñanza y transmisión de las artes marciales chinas y métodos de chi kung, conforme a los principios de práctica tradicionales de estas disciplinas.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Pedro Manuel Valencia Ramos; Vicepresidenta: Doña Cecilia Poyee Lam Lee; Secretario: Don Luis Javier de Cruz Ramos y Vocal: Doña Luis Cartolano Serena.

En la escritura de constitución y en la escritura de ratificación, número ochocientos diecisiete, autorizada el 21 de mayo de 2008, ante el notario Don Julio Gómez-Amat Fernández, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Hun Yuan en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Hun Yuan, cuyo ámbito de actuación se extiende a las Comunidades Autónomas de Madrid; Castilla La Mancha; Cataluña; Galicia; Andalucía; Islas Baleares; Islas Canarias; Valencia; Navarra y Asturias, con domicilio en Alcalá de Henares (Madrid), calle Fuentenovilla, número 1, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 22 de diciembre de 2008.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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