La Sociedad Agraria de Transformación número 9.967 Golden Citrus de Gibraleón (Huelva), cuyo ámbito de actuación es superior al de esa comunidad autónoma, fue reconocida como organización de productores de frutas y hortalizas, del Reglamento (CE) n.º 2200/96, del Consejo de 28 de octubre, y la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de abril de 1997, por Resolución del Director General de Agricultura de fecha 20 de diciembre de 2002, para la categoría de productos I (Frutas y hortalizas) asignándole el número registral 862.
La Sociedad Agraria de Transformación Golden Citrus ha solicitado la retirada del reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas por acuerdo de la Asamblea General de fecha 24 de septiembre de 2008 por dificultades financieras que le impiden poner a disposición de sus socios los medios técnicos necesarios para la manipulación y almacenamiento de su producción.
De conformidad con la solicitud presentada por la Sociedad Agraria de Tranformación Golden Citrus, resuelvo:
Retirar, a petición propia, el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas que obtuvo conforme al Reglamento (CE) n.º 2200/96 a la Sociedad Agraria de Transformación número 9.967 Golden Citrus de Gibraleón (Huelva), para la categoría de productos I (Frutas y hortalizas), reconocida por Resolución de fecha 20 de diciembre de 2002 y se proceda a dar de baja en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.
La presente Resolución no agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, en alzada, ante la señora Ministra de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.–El Director General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, Carlos Escribano Mora.
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