Por Orden CUL/776/2008, de 11 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo), se convocó el Premio Nacional al Fomento de la Lectura correspondiente a 2008, siendo desarrollada posteriormente la normativa que regula su concesión mediante Resolución de 8 de mayo de 2008 (Boletín Oficial del Estado de 4 de junio).
El jurado encargado del fallo para la concesión de este premio fue designado por Orden CUL/2631/2008, de 29 de agosto (Boletín Oficial del Estado del día 18 de septiembre).
Constituido el mismo, emitido el fallo y elevado éste a través del Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, de conformidad con lo dispuesto en el punto sexto de la Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales (Boletín Oficial del Estado de 29 de junio),
Conceder el Premio Nacional al Fomento de la Lectura correspondiente a 2008, a El Programa «Autor Autor» y a Los Libreros, a través de su asociación gremial CEGAL.
Madrid, 16 de enero de 2009.–El Ministro de Cultura, César Antonio Molina Sánchez.
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