Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para acceso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social, convocadas por Orden TAS/899/2008, de 24 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del día 2 de abril), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria,
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.a) del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril («Boletín Oficial del Estado» del día 16), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración, resuelve:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema de promoción interna, de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.–Para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.–Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 3 de febrero de 2009.–La Secretaria de Estado para la Administración Pública, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.
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