Vista la sentencia n.º 179, de 19 de diciembre de 2008, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Logroño, declarada firme con fecha 2 de febrero, en la que se condena a don José María Lozano Muñoz-Torrero, con N.R.P. 0890051846A1135, a la pena, entre otras, de tres años de inhabilitación especial para todo cargo relacionado con extranjería.
Visto lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, que dispone, que la pena accesoria de inhabilitación especial para cargo público cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos específicados en la sentencia,
Este departamento acuerda:
Dar cumplimiento a la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Logroño y, en consecuencia, declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado, de don José María Lozano Muñoz-Torrero, con la anotación correspondiente en el Registro de Personal y notificación al interesado.
Madrid, 6 de febrero de 2009.–La Ministra de Administraciones Públicas, P. D. (Orden APU/3039/2008, de 22 de octubre), el Subsecretario de Administraciones Públicas, José Antonio Benedicto Iruiñ.
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