Contingut no disponible en valencià
Vistos los proyectos de Cartas de Servicios de las Consejerías de Trabajo e Inmigración de:
Marruecos.
Méjico.
Países Nórdicos y Bálticos (con sede en Dinamarca).
Perú.
Portugal.
Reino Unido.
Suiza.
Venezuela (con acreditación en Colombia y República Dominicana).
elaboradas por las respectivas Consejerías de Trabajo e Inmigración, y de acuerdo con el informe favorable de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le asigna el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la Calidad en la Administración General del Estado, ha resuelto lo siguiente:
1. Aprobar las Cartas de Servicios anteriormente reseñadas.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
El texto impreso de las Cartas de Servicios correspondientes a las Consejerías de Trabajo e Inmigración estará disponible en todas las dependencias con atención al público de dichas Unidades, así como en los Servicios de Información y Atención al Ciudadano a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. Asimismo, podrá accederse a las Cartas de Servicios a través de las direcciones de Internet:
«www.mtin.es/es/mundo/cartas_de_servicios/cartas.htm».
Madrid, 5 de febrero de 2009.–El Subsecretario del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid