El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, han suscrito una Adenda, para el año 2008, al Convenio de colaboración, para la mejora de las bibliotecas escolares, año 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicha Adenda.
Madrid, 5 de noviembre de 2008.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.
En Madrid, a 24 de septiembre de 2008.
De una parte doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril («BOE» 14 de abril), y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
De otra parte, el Excmo. Sr. don Ramón Luis Valcárcel Siso, Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 7.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, autorizado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha dieciocho de julio de 2008.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto
Uno. Que con fecha tres de octubre de 2006, el entonces Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia suscribieron un convenio para la mejora de las bibliotecas escolares, en cuya cláusula octava se determinaba que la disposición de nuevos créditos en ejercicios presupuestarios posteriores, podía dar lugar a la suscripción de Adendas que recogieran las nuevas aportaciones económicas junto con las modificaciones que se requieran.
Dos. El 16 de mayo de 2008, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 9.000.000 euros, destinado a la mejora de las bibliotecas escolares de los centros educativos, principalmente de los centros de enseñanzas artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas y centros específicos de Educación Especial.
De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir una Adenda en el año 2008, con arreglo a las siguientes
Primera. Objeto.–La presente Adenda tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Región de Murcia, de acuerdo con las especificaciones contenidas en la misma, para seguir apoyando las actuaciones de la Comunidad Autónoma en relación con la mejora de las bibliotecas escolares con nuevas aportaciones económicas.
Segunda. Nuevas aportaciones económicas.
a) El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará en el año 2008 la cantidad total de 332.493 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.453, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.
b) La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia aportará la cantidad total de 332.493 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05.00.422I 680.00 Proyecto nº 35077 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia para el año 2008.
Tercera. Distribución de los fondos económicos.–La Consejería de Educación, Ciencia e Investigación de la Región de Murcia distribuirá los fondos económicos aplicándolos a la ejecución de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda del Convenio, de modo que al menos, a los centros dependientes de las administraciones educativas que se indican a continuación, se les ofrezca la cantidad mínima indicada en cada caso, destinada a dotaciones bibliográficas, a reproducciones de audio y vídeo y a documentación en soporte informático de sus bibliotecas:
Centros de enseñanzas artísticas y Escuelas Oficiales de idiomas: 5.000 euros.
Centros específicos de Educación Especial: 2.000 euros.
Esta cantidad podrá ser incrementada de acuerdo con los criterios que establezca la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación de la Región de Murcia que, en todo caso, atenderán a los aspectos enumerados en la cláusula segunda del convenio.
Para la ejecución de las actuaciones derivadas de esta Adenda se estará a lo estipulado en el convenio.
Cuarta. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la aportación económica prevista en la cláusula segunda a la firma de la presente Adenda.
A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Esta documentación será aportada a la Comisión mixta de Seguimiento constituida según se señala en la cláusula séptima del Convenio.
Y en prueba y conformidad, firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel Siso.
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