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Documento BOE-A-2009-334

Orden INT/3892/2008, de 11 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer, en régimen laboral fijo, puesto de Responsable de Servicio Médico.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2009, páginas 1813 a 1823 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2009-334

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo de la Administración General del Estado, de un puesto de trabajo de Responsable de Servicios Médicos, fuera de convenio, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, Comandancia de la Guardia Civil de Segovia, Ministerio del Interior.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de la categoría profesional de Responsable de Servicios Médicos, fuera de convenio, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, Comandancia de la Guardia Civil en Segovia.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sisTema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.3 La descripción de la plaza convocada se detalla en el Anexo II.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo V de la presente convocatoria.

1.5 Concluido el proceso selectivo, el aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos, será contratado con carácter fijo.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión del Título Licenciado en Medicina y Cirugía, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.

2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página Web www.060.es.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio del Interior, calle Amador de los Ríos, número 7, Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Subdirección General de Personal, Costes y Planificación de Recursos Humanos e Inspección del Ministerio del Interior.

3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.4 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b) de la base 2.1.1, siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el SisTema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.5 Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Ministro del Interior y por su delegación, la Subdirectora General de Personal, Costes y Planificación de Recursos Humanos e Inspección, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.

5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio del Interior, calle Amador del Ríos, n.º 7, de Madrid, teléfonos 91-537.12.49 y 91-537.13.91, dirección de correo electrónico prosellab@mir.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 (Boletín Oficial del Estado del 4 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.7.

6.4 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de diez días naturales para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el Anexo I.

6.5 El Tribunal publicará, en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1. Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el lugar de celebración del último ejercicio de la fase de oposición, en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo el primer aspirante de dicha relación, hasta como máximo la plaza convocada, de un plazo de veinte días naturales para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.2. No se podrá formalizar mayor número de contratos que el de la plaza convocada.

7.3. La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.4. El contrato del trabajador temporal que desempeñe interinamente la plaza convocada, en su caso, se rescindirá en el momento de la formalización del contrato derivado de la presente Convocatoria.

7.5. El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de tres meses, durante el cual la unidad correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

7.6. En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad correspondiente respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29-03-1995), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro del Interior en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso – administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 11 de diciembre de 2008.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/2178/2008, de 21 de julio), la Subdirectora General de Personal, Costes y Planificación de Recursos Humanos e Inspección, Isabel Borrel Roncales.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso.

La fase de concurso será valorada únicamente a los aspirantes que superen la fase de oposición. En ningún caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en la fase de concurso para superar la fase de oposición.

1. Fase de oposición:

La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios, y supondrán una puntuación máxima de 100 puntos entre los dos.

El primer ejercicio, que tendrá carácter eliminatorio, consistirá en el desarrollo por escrito de tres Temas, uno de la parte común del programa y dos de la parte específica, a escoger de entre cinco seleccionados al azar al principio de la prueba, dos de la parte común y tres de la parte específica. Para el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 3 horas.

El ejercicio será leído posteriormente ante el órgano de selección en sesión pública, quien podrá formular al aspirante las preguntas que considere oportunas relacionadas con los Temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Este ejercicio se calificará con un máximo de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 22,50 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.

El segundo ejercicio, de carácter práctico, consistirá en la contestación por escrito a un caso práctico propuesto por el órgano de selección, basado en la parte específica del programa que figura en el anexo V y su relación con el puesto a que se aspira. El tiempo para la realización de este ejercicio será como máximo de dos horas.

Este ejercicio será leído posteriormente ante el órgano de selección en sesión pública, que podrá formular al aspirante las preguntas que considere oportunas, relacionadas con los Temas expuestos, durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Este ejercicio será calificado con un máximo de 55 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 27,50 puntos para superarlo.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.

2. Fase de concurso:

En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 33 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 28 puntos.

Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo siempre que las tareas y funciones sean de contenido similar al que se pretende adjudicar, según los siguientes criterios:

a. Por cada mes de servicios efectivos prestados en un puesto de trabajo directamente relacionado con las tareas y funciones propias del puesto que se pretende adjudicar, en el ámbito del Ministerio del Interior, 0,40 puntos.

b. Por cada mes de servicios efectivos prestados en cualquier puesto de trabajo distinto de los anteriores de contenido similar al que se pretende adjudicar, 0,30 puntos.

Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 5 puntos.

Se valorarán:

a. Doctorado en Medicina y Cirugía: 3 puntos.

b. Por Titulación Oficial de Postgrado relacionado con las Ciencias de la Salud: 1 punto.

c. Por Titulación distinta a la exigida relacionada con la plaza a la que se opta: 1 punto.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso.

Acreditación: los méritos correspondientes a la experiencia profesional se acreditarán de la siguiente forma:

Los méritos correspondientes a los servicios prestados en la Administración Pública, se acreditarán con certificados expedidos por la unidad de personal de la entidad donde se hayan realizado en los que conste, además del tiempo de experiencia adquirida, el correcto desempeño de los puestos, según modelo que figura como Anexo VI.

Los méritos correspondientes a los restantes puestos desempeñados se acreditarán a través de Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social, acompañado de la copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive la experiencia alegada.

La no presentación del impreso ajustado al modelo del Anexo VI debidamente cumplimentado, del Certificado de Vida Laboral mencionado, de la copia del contrato o contratos de trabajo, supondrá la no valoración en la fase de concurso del mérito correspondiente. Forma de acreditación:

Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar Fotocopia compulsada de los Títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. La mayor puntuación alcanzada en el mérito servicios prestados en el ámbito del Ministerio del Interior.

3. La mayor puntuación alcanzada en el mérito servicios prestados en cualquier puesto de trabajo distinto de los anteriores de contenido similar al que se pretende adjudicar.

4. La mayor puntuación en los méritos académicos.

Si aún así persistiera el empate, se desempeñará atendiendo al mayor tiempo, computado en días de servicios efectivos prestados, en puestos de trabajo siempre que las tareas y funciones desarrolladas fueran similares al contenido del programa correspondiente al número de orden por el que han optado, en:

1. En el Ministerio del Interior.

2. Otros ámbitos distintos a los anteriores.

Si aún así persistiera el empate, se deberá realizar entre los candidatos empatados un nuevo examen del segundo ejercicio de la fase de oposición.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II

Puesto de trabajo: Responsable de Servicio Médico.

Convenio Aplicable: Fuera de Convenio.

Número de plazas: 1

Titulación: Título de Licenciado en Medicina y Cirugía.

Dependencias Administrativas: Comandancia de la Guardia Civil en Segovia.

Funciones y tareas principales:

Vigilancia de Salud según la normativa de prevención de riesgos laborales.

Asistencia Sanitaria.

Control sanitario de altas y bajas.

Formar parte de Tribunales Médicos.

Asistencia preventiva en actividades potenciales de riesgo (prácticas de tiro, demostraciones, etc.).

Ejecución y control de campañas preventivas y de salud.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular.

Presidente:

Don José Manuel Cuevas Cordobés.

Escala Técnica de Organismos Autónomos. Grupo A. Subgrupo A1.

Secretaria:

Doña Ana María Velasco Rodríguez.

Escala Técnica de Organismos Autónomos. Grupo A. Subgrupo A1.

Vocales:

Don Juan Rey Naya.

Coronel Médico de la Guardia Civil. Grupo A. Subgrupo A1.

Doña M.ª Elia Baragaño Ordóñez.

Comandante Médico de la Guardia Civil. Grupo A. Subgrupo A1.

Doña Juncal Sánchez Alonso.

Responsable Servicio Médico F.C. OSCO.

Tribunal suplente.

Presidenta:

Doña Inmaculada González González.

C. Superior Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Grupo A. Subgrupo A1.

Secretario:

Don José Antonio Toledano Delgado.

Escala Facultativa del Cuerpo Nacional de Policía. Grupo A. Subgrupo A1.

Vocales:

Don Alfonso Navarro Valero.

Teniente Coronel Médico de la Guardia Civil. Grupo A. Subgrupo A1.

Don Juan Ignacio López Cuenca.

Teniente Coronel Médico de la Guardia Civil. Grupo A. Subgrupo A1.

Doña M.ª Ángeles Cristóbal Martínez.

Comandante Médico de la Guardia Civil. Grupo A. Subgrupo A1.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala o Categoría», se consignará «Responsable de Servicios Médicos (especialista en análisis clínicos)».

En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará « Ministerio del Interior.»

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 27,61 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2458-10-0200006043 de la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, sucursal de la calle Goya, n.º 14, 28001 Madrid (España), a nombre de «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

1. Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

2. Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V
Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado

Parte común:

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos.

Tema 3. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral.

Tema 4. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

Tema 5. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente.

Parte específica:

Tema 1. Reanimación cardiopulmonar.

Tema 2. Shock.

Tema 3. Crisis y emergencia hipertensiva.

Tema 4. Patología inducida por el calor.

Tema 5. Manejo del dolor torácico agudo.

Tema 6. Actitud ante un paciente agitado y ante un paciente con intento de suicidio.

Tema 7. Principales toxicomanías.

Tema 8. Hepatitis aguda.

Tema 9. Ansiedad.

Tema 10. Depresión.

Tema 11. Hiperplasia benigna de próstata.

Tema 12. Hipertensión arterial.

Tema 13. Dislipemias.

Tema 14. Obesidad.

Tema 15. Tabaquismo.

Tema 16. Diabetes.

Tema 17. Hipoglucemia.

Tema 18. Tuberculosis.

Tema 19. Factores de riesgo en las enfermedades cardiovasculares.

Tema 20. Educación y promoción de la salud.

Tema 21. Legislación sanitaria en la Guardia Civil.

Tema 22. Métodos de control de absentismo laboral.

Tema 23. Procedimiento de tramitación de los expedientes de incapacidad física.

Tema 24. Selección de personal para ingreso en la Guardia Civil.

Tema 25. Vacunas en los adultos.

Tema 26. Distensiones ligamentosas.

Tema 27. Neumonías extra-hospitalarias.

Tema 28. Gastroenteritis aguda.

Tema 29. Lumbalgia aguda.

Tema 30. Manejo del paciente politraumatizado.

Tema 31. Manejo urgente de las quemaduras.

Tema 32. Infecciones urinarias.

Tema 33. Trombosis venosa.

Tema 34. Síndrome febril.

Tema 35. Dolor abdominal agudo.

Tema 36. Fracturas.

Tema 37. Luxaciones.

Tema 38. Heridas en general.

Tema 39. Arma de fuego.

Tema 40. Enfermedades del estómago y del duodeno.

Tema 41. Trastornos de la motilidad intestinal.

Tema 42. Infecciones del aparato respiratorio.

Tema 43. Enfermedades del sistema eritrocitario.

Tema 44. Anemias.

Tema 45. Virosis respiratoria.

ANEXO VI
Certificado de méritos
(El certificado debe extenderse en copia de este anexo)

Don/doña..........................……………………………………………………………………

Cargo.………………………………………………..........................……………..…………

Centro directivo o unidad administrativa: …………...................………………………..…

Departamento:................................................................................................................

Certifico:

Que según los antecedentes que obran en este Centro, la persona abajo indicada tiene acreditados los siguientes extremos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

Tiempo de servicio efectivo de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I.

Categoría profesional

(*)

Período

Años

Meses

Días

Del …..

al ……

TOTAL

(*) Incluir el número de orden de los que figuran en el anexo II de la convocatoria que se corresponda con las tareas o actividades de desarrolladas.

Expedido en……………….........……, a ….… de ………...……………… de 20….....

(Firma y sello)

(A cumplimentar por el Órgano de Selección)
Total puntuación fase de concurso

(A cumplimentar por el Órgano de Selección)

Total puntuación fase de concurso

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