Visto el escrito presentado en esta Secretaría de Estado de Turismo y Comercio por don Enrique Otazua Ercoreca, en nombre y representación de Otazua Asesores Turísticos, S. L., por el que solicita la concesión del Título–Licencia de Agencia de Viajes de Minorista.
Considerando que la solicitud formulada y la documentación aportada por sus titulares cumplen los requisitos establecidos en el artículo 5.º de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22).
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.º 1 del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo (B.O.E. de 29), y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22), en relación con el artículo 7.1 del R.D. 2488/1978, de 25 de agosto (B.O.E. del 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de conceder estas licencias, esta Secretaría de Estado de Turismo ha resuelto conceder el Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista a Otazua Asesores Turísticos, S. L., con el Código Identificativo de Euskadi C.I.E. 2268 y sede social en c/ Aita Gotzon Kalea, n.º 9 A, de Urduliz (Vizcaya).
Madrid, 13 de febrero de 2009.–El Secretario de Estado de Turismo, Joan Mesquida Ferrando.
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