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Documento BOE-A-2009-3832

Resolución de 12 de enero de 2009, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana, para la mejora de las bibliotecas escolares en el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2009, páginas 22923 a 22925 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3832

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Politica Social y Deporte y la Comunidad Valenciana, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración, para la mejora de las bibliotecas escolares, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda.

Madrid, 12 de enero de 2009.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA GENERALITAT PARA LA MEJORA DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES. AÑO 2008

Madrid, 11 de diciembre de 2008

REUNIDOS

De una parte doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, don Alejandro Font de Mora Turón, conseller de Educación, en virtud del Decreto 8/2007, de 28 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que se nombran vicepresidentes, consellers, secretario y portavoz del Consell (DOCV de 29 de junio de 2007), en nombre y representación del Consell.

EXPONEN

Que, con fecha 22 de diciembre de 2006, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat suscribieron un convenio para la mejora de las bibliotecas escolares, en cuya cláusula octava se determinaba que la disposición de nuevos créditos, en ejercicios presupuestarios posteriores, podía dar lugar a la suscripción de adendas que recogieran las nuevas aportaciones económicas junto con las modificaciones que se requieran.

El 16 de mayo de 2008, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las comunidades autónomas de un crédito de 9.000.000 euros, destinado a la mejora de las bibliotecas escolares de los Centros públicos de Enseñanzas Artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas y Centros públicos Específicos de Educación Especial.

Con fecha 17 de diciembre de 2007 ambas partes suscribieron una Adenda en la que adquirían nuevos compromisos económicos y se ampliaba la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2009, para las nuevas aportaciones.

De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir una Adenda en el año 2008, con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto.–La presente Adenda tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Generalitat, de acuerdo con la especificaciones contenidas en la misma, para seguir apoyando, con nuevas aportaciones económicas, las actuaciones de la Comunidad Autónoma en relación con la mejora de las bibliotecas escolares con nuevas aportaciones económicas.

Segunda. Nuevas aportaciones económicas.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará, en el año 2008, la cantidad total de 937.159 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.453, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

La Generalitat aportará la cantidad total de 937.159 euros distribuidos de la forma siguiente:

a) Por medio del presupuesto de la empresa pública CIEGSA (Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat –creada por el Decreto 122/2000, de 25 de julio, de Gobierno Valenciano–) un total de 750.000 euros distribuidos en dos anualidades:

120.000 euros, con cargo a la anualidad de 2008, mediante la adquisición de equipamiento informático (ordenadores, impresoras y lectores ópticos) y fondos bibliográficos para dotar a las bibliotecas escolares de centros públicos, Centros públicos de Enseñanzas Artísticas, Escuela Oficiales de Idiomas y Centros públicos Específicos de Educación Especial.

630.000 euros, con cargo a la anualidad de 2009, mediante la adquisición de fondos bibliográficos (lote fundacional) y material informático (ordenadores, impresoras y lectores ópticos) para dotar a las bibliotecas escolares de centros públicos de Enseñanzas Artísticas, Escuela Oficiales de Idiomas y Centros públicos Específicos de Educación Especial.

b) La Conselleria de Educación aportará un total de 187.159 euros, 62.386 euros con cargo al capítulo II de la línea presupuestaria 09.02.01.422.20, y 124.773 euros, con cargo al capítulo II de la línea presupuestaria 09.02.01.422.30, del presupuesto correspondiente al ejercicio 2008.

Tercera. Distribución de los fondos económicos.–La Conselleria de Educación de la Generalitat distribuirá los fondos económicos aplicándolos a la ejecución de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda del Convenio, de modo que, al menos, a los centros dependientes de la Generalitat, que se indican a continuación, se les ofrezca la cantidad mínima en cada caso, destinada a dotaciones bibliográficas, a reproducciones de audio y vídeo y documentación en soporte informático de sus bibliotecas:

Centros de Enseñanzas artísticas y Escuelas Oficiales de idiomas: 5.000 euros.

Centros específicos de Educación Especial: 2.000 euros.

Esta cantidad podrá ser incrementada de acuerdo con los criterios que establezca la Conselleria de Educación que, en todo caso, atenderán a los aspectos enumerados en la cláusula segunda del convenio de colaboración, de 22 de diciembre de 2006, entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat para la mejora de las bibliotecas escolares.

Para la ejecución de las actuaciones derivadas de esta Adenda, se estará a lo estipulado en el convenio

Cuarta. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Generalitat la aportación económica prevista en la cláusula segunda a la firma de la presente Adenda.

A los efectos de justificación del libramiento, la Generalitat acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Esta documentación será aportada a la Comisión Mixta de Seguimiento constituida según se señala en la cláusula séptima del Convenio.

Quinta. Vigencia del convenio.–Para dar cumplimiento a la cláusula segunda de la presente Adenda, se mantiene la vigencia del convenio a 31 de diciembre de 2009, sin que ello suponga la modificación de los compromisos adquiridos en relación con las aportaciones que haya que realizar de acuerdo con la cláusula tercera del citado convenio.

Y en prueba y conformidad, firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados

Por el Ministerio de Educación, Política social y Deporte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Generalitat, el Conseller de Educación, Alejandro Font de Mora Turón.

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