Finalizadas las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del Ministerio de Medio Ambiente, convocadas por Orden ARM/1450/2008, de 19 de mayo (BOE del 28 de mayo), del extinguido Ministerio de Medio Ambiente, según lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y en la base decimoséptima, de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Este Departamento ha dispuesto:
Primero.–Publicar la lista de aprobados por orden de puntuación obtenida en las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del Ministerio de Medio Ambiente, por promoción interna, según anexo I de esta Orden.
Segundo.–Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte o, en su caso, autorización para realizar consulta telemática mediante el Sistema de Verificación de datos de Identidad, manifestada expresamente en el anexo II.
2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite la homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según modelo que figura como anexo IV.
4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.
5. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Asimismo deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero.
Tercero.–Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base novena de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, y en la base 4 específica de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto.–Por orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo de prácticas determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
Quinto.–La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el periodo de prácticas. Los aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción provisional, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de adjudicación de destinos, de conformidad con los artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
La opción de permanecer en el puesto de trabajo que viniera desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a lo que estas Administraciones convengan al respecto y, en todo caso la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos competentes de estas Administraciones Públicas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 de meses, contados desde el día siguiente a su publicación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, significándose que en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 16 de febrero de 2009.–La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/1955/2008, de 30 de mayo), el Subsecretario de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.
N.º orden |
Apellidos y nombre |
D.N.I. |
Especialidad |
Puntuación |
---|---|---|---|---|
1 |
DÍAZ GIMÉNEZ, MARGARITA |
17199579 |
DOMINIO PÚBLICO |
95,67 |
2 |
PASCUAL TORRES, ANTONIO |
21493126 |
HIDROGEOLOGÍA |
94,45 |
3 |
ROSÓN JIMÉNEZ, JOSÉ MANUEL |
03852222 |
DOMINIO PÚBLICO |
81,34 |
4 |
DOMÍNGUEZ LILLO, RICARDO |
04553783 |
DOMINIO PÚBLICO |
79,85 |
5 |
ABARCA MOLINA, JUAN MANUEL |
50661063 |
DOMINIO PÚBLICO |
75,89 |
6 |
MARTÍN SUÁREZ, LUZDIVINA |
08930489 |
DOMINIO PÚBLICO |
70,42 |
7 |
ACHUCARRO LEGUINA, ÍÑIGO |
50719336 |
CONTROL DE VERTIDOS |
66,55 |
8 |
GARCÍA ALONSO, CAROLINA |
50855380 |
CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL |
64,97 |
9 |
MARTÍNEZ GÓMEZ, MARGARITA |
28566450 |
DOMINIO PÚBLICO |
63,76 |
10 |
LÓPEZ LÓPEZ, RAQUEL |
02637402 |
INGENIERÍA SANEAMIENTO |
62,77 |
11 |
CERRO PALACIOS, MARÍA VICTORIA DEL |
13115860 |
DOMINIO PÚBLICO |
59,55 |
12 |
FONDEVILA GARCINUÑO, BEATRIZ |
51947429 |
CONTROL DE VERTIDOS |
58,21 |
13 |
HERNANDO COBEÑA, JUAN ANTONIO |
51423274 |
DOMINIO PÚBLICO |
57,90 |
14 |
BUJAN BLASCO, SANTIAGO JUAN |
00681700 |
INGENIERÍA SANEAMIENTO |
56,72 |
15 |
SOLANO DE LUCAS, AMOR |
03070997 |
DOMINIO PÚBLICO |
56,38 |
16 |
PADILLA JIMÉNEZ, JOSÉ MARÍA |
31256694 |
CALIDAD DE LAS AGUAS |
56,02 |
17 |
RECASENS BELLVER, JOAQUÍN |
52703351 |
DOMINIO PÚBLICO |
53,62 |
Don/Doña ……………………………………………………………………………………, con domicilio en ……………………………………………………………………………………, y documento de identidad o pasaporte número ……………………, autoriza al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino a consultar telemáticamente mediante el Sistema de Verificación de datos de Identidad los datos referidos a su persona.
La presente autorización se otorga a efectos del nombramiento de funcionario/a de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del Ministerio de Medio Ambiente, y en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Don/Doña ……………………………………………………………………………………, con domicilio en ……………………………………………………………………………………, y documento nacional de identidad número ……………………, declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA del Ministerio de Medio Ambiente, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
Don/Doña ……………………………………………………………………………………, con domicilio en ……………………………………………………………………………………, y documento de identidad o pasaporte número ……………………, declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid