Visto el expediente de indulto de don Salvador Palao Pascual, condenado por la Audiencia Provincial de Murcia, sección primera, en sentencia de 3 de marzo de 1999, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con accesorias, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,
Vengo en indultar a don Salvador Palao Pascual cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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