Visto el expediente de indulto de don Francisco Sánchez Martín, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila, en sentencia de 16 de octubre de 2007, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,
Vengo en conmutar a don Francisco Sánchez Martín la pena privativa de libertad impuesta por otra de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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