Visto el expediente de indulto de don Manuel Torres Sol, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, en sentencia de 4 de marzo de 2005, como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar, a la pena de tres meses de prisión, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo, un año de privación del derecho de tenencia y porte de armas y un año de prohibición de acercarse y comunicarse con su hija, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de febrero de 2009,
Vengo en indultar a don Manuel Torres Sol la pena de un año de prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de febrero de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid