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Documento BOE-A-2009-5239

Resolución de 28 de marzo de 2009, del Banco de España, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la misma fecha, en relación a la entidad Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2009, páginas 29866 a 29866 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2009-5239

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de 28 de marzo de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo:

En aplicación de lo dispuesto en el Título III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se acuerda sustituir provisionalmente el órgano de administración de Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha, nombrándose a tal efecto los siguientes administradores:

– D. Jorge Pérez-Cerdá Silvestre

– D. Carlos Miguel Hervás Arnaez

– D. Raúl Hernández Pardo

que ostentarán todas las facultades que la normativa aplicable reconoce al órgano de administración sustituido. En particular, podrán:

– Nombrar el equipo de dirección que crea oportuno para cumplir sus funciones.

– Dirigir, controlar y ejecutar la actividad diaria de la entidad.

– Diseñar las medidas necesarias para afrontar la situación en la que se encuentra la entidad y, en su caso, proponerlas a su asamblea general y al Banco de España.

– Conceder y revocar poderes, incluso los que en la actualidad se encuentren vigentes.

Para ejercer estas facultades actuarán mancomunadamente uno de los administradores provisionales designados con cualquiera de los otros dos.

El presente acuerdo es inmediatamente ejecutivo y se mantendrá hasta que el Banco de España estime superada la situación que lo ha motivado.

Asimismo, el presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» dándose traslado del mismo al Registro Mercantil para su inscripción, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34.2 y 326.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, y del Reglamento del Registro Mercantil, respectivamente.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Hacienda, con arreglo a lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, y en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.»

Madrid, 28 de marzo de 2009.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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