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Documento BOE-A-2009-5479

Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga para el año 2009 del Convenio de colaboración con el Servicio Cántabro de Salud, en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2009, páginas 31132 a 31133 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2009-5479

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de diciembre de 2008 se suscribió el Acuerdo de prórroga para el año 2009 del Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 4 de marzo de 2009.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.

ANEXO
Acuerdo de prórroga para el año 2009 del Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado en materia de gestión de prestaciones sanitarias

En Madrid, a 30 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, Don Luis María Truan Silva, Consejero de Sanidad del Gobierno de Cantabria, en función de su cargo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 k) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y expresamente facultado para la firma del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de octubre de 2008.

De otra, D.ª María Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto

EXPONEN

1.º) Que, con fecha 18 de julio de 2008, las partes suscribieron un Convenio de colaboración en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

2.º) Que la cláusula novena del mencionado Convenio estipula que estará en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo prorrogarse por periodos anuales de mutuo acuerdo de las partes.

3.º) Que la cláusula décima establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará al Servicio Cántabro de Salud por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula octava de acuerdo con el incremento del IPC General, referido al 30 de junio y con efectos de uno de enero del año siguiente.

4.º) Que próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2009, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Se prorrogan para el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia del Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Segunda.–Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE al Servicio Cántabro de Salud asciende a 1.975,59 euros de acuerdo con el incremento del 5,0 % del I.P.C. General, referido al 30 de junio de 2008.

Tercera.–El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2009 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312 E.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.–La presente prórroga producirá efectos desde el 1 de enero del año 2009.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por quintuplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–El Consejero de Sanidad, Luis M.ª Truan Silva.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), María Ángeles Fernández Simón.

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