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Documento BOE-A-2009-5550

Resolución de 20 de enero de 2009, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2009, páginas 31581 a 31600 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-5550

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Extremadura, han suscrito un Convenio de colaboración para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 20 de enero de 2009.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL PLAN DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DE LA LOE. AÑO 2008

En Madrid, a 19 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, en virtud de la competencia que le confiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (B.O.E. de 15 de abril de 1997).

De otra parte, D.ª Eva María Pérez López, como Consejera de Educación de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 25/2007, de 30 de junio, actuando en ejercicio de las facultades que le confiere la delegación de firma acordada por el Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, con fecha de 2 de agosto de 2007, de conformidad con el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

Uno.–Que el artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educación solo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno.

Dos.–Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 12.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30ª y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

Tres.–Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE), establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial, con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas.

Cuatro.–Que la memoria económica de la LOE prevé que a lo largo del período de implantación de la Ley se dispondrá de asignaciones específicas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas. Dentro de estas previsiones se encuentran las actuaciones siguientes:

La gratuidad del segundo ciclo de Educación infantil, finalidad a la que se destina en el año 2008 la cantidad de 428.445.470 euros.

Creación de plazas de Educación infantil que atiendan a niños y niñas de 0 a 3 años, finalidad a la se destina en el año 2008 la cantidad de 100 millones de euros.

El incremento de los fondos destinados a becas y ayudas al estudio. Del incremento producido en el año 2008 alrededor de 107.939.000 de euros corresponden a la enseñanza no universitaria.

La atención a la población escolar de integración tardía al sistema, que recibe un apoyo específico a través del Fondo para la atención escolar a la población inmigrante, gestionado por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y que este año supone una cantidad próxima a los 90 millones de euros.

La atención a centros y alumnos con dificultades, a través del Plan PROA, al que se destina en este ejercicio 47.218.000 euros.

Las bibliotecas escolares, disponen asimismo de financiación independiente, que continuará en este ejercicio con una asignación de 9.000.000 euros.

La integración de las tecnologías de la información y la comunicación, que se refuerzan a través del programa Internet en el aula, con una aportación en este ejercicio también de 95.130.000 euros.

Cinco.–Que en los Presupuestos Generales del Estado para 2006 y para 2007 se estableció una partida presupuestaria específica para la suscripción de convenios con las administraciones educativas autonómicas. En el año 2006 esta partida, de 14.834.000 euros, se destinó a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. Que en el año 2007, año en el que comienza la implantación de las previsiones contempladas en la Ley, se puso en marcha el Plan de Apoyo a la implantación de la LOE con una partida presupuestaria de 56.963.800 euros para cuatro ámbitos de actuación: la formación, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del éxito y la lucha contra el abandono escolar prematuro.

Seis.–Que el Consejo de Ministros del día 12 de septiembre de 2008 adoptó el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, así como la distribución resultante para el año 2008, acordados en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia Sectorial de Educación, de un crédito de 95.094.000 euros para programas del plan de apoyo a la implantación de la LOE.

Siete.–Que la fórmula general contemplada en el ordenamiento jurídico para articular las actuaciones de cooperación entre la Administración General del Estado y los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas es el convenio de colaboración regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Consecuentemente, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Educación, para apoyar actuaciones de la Comunidad Autónoma que tengan por objeto:

Aplicar las nuevas disposiciones que contiene la LOE y que requieren acciones que no necesariamente se llevaban a cabo con anterioridad.

Preparar el sistema para hacer frente a las nuevas necesidades, derivadas de la nueva normativa básica.

Apoyar la puesta en marcha de programas tendentes al logro de los principio y fines del sistema educativo establecidos por la LOE y para cuya consecución se requiere un decidido impulso a partir de la situación actual.

Segunda. Descripción de las actuaciones.–Las actuaciones acogidas al presente Convenio se llevarán a cabo a lo largo de los años 2008 y 2009, de acuerdo con la descripción de los Programas que se incluye en el Anexo del mismo.

Tercera. Programas para el conjunto de las comunidades autónomas.–Los materiales para alumnos, profesores y familias, las plataformas en la red para orientación y refuerzo, la difusión de buenas prácticas y, en general, cualquier tipo de actuación que se realice para el conjunto de las comunidades autónomas con fines asociados a los diferentes programas de este Plan se realizarán en colaboración con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Serán concebidos para la utilización de los miembros de la comunidad educativa de todas las Comunidades Autónomas y puestos a disposición de las administraciones e instituciones del resto de las Comunidades Autónomas.

Cuarta. Aportaciones económicas.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará en el año 2008 a la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad total de 3.082.109 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322B.451 del vigente presupuesto del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

La Comunidad Autónoma de Extremadura aportará la cantidad total de 4.548.164 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, distribuida entre los ejercicios presupuestarios de 2008 y 2009 con cargo a las aplicaciones presupuestarias que, para cada Programa, se detallan en el Anexo del presente Convenio.

Quinta. Destino y distribución de los fondos económicos.–La Comunidad Autónoma de Extremadura destinará los fondos económicos de este Plan desglosados según los siguientes Programas:

587.867 euros para programas de formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, de los cuales el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará 235.147 euros.

1.490.835 euros para programas de apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), de los cuales el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará 596.334 euros.

2.941.958 euros para programas de mejora del éxito escolar, de los cuales el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará 1.176.783 euros.

1.762.510 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, de los cuales el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará 705.004 euros.

797.103 euros para programas dirigidos para la extensión y modificación del tiempo escolar, de los cuales el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará 318.841 euros.

50.000 euros aportados por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para la campaña de fomento de la lectura «Leer en familia». Esta campaña forma parte de los programas diseñados para el conjunto de las comunidades autónomas.

Sexta. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Extremadura la aportación económica señalada en la cláusula cuarta, a la firma del presente Convenio.

A los efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de Extremadura acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este Convenio y a la justificación del gasto. En todo caso, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en la regla sexta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, finalizado cada ejercicio económico, y no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, la Comunidad Autónoma de Extremadura remitirá al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año detallado por cada una de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito. La información será puesta en conocimiento de la Conferencia Sectorial de Educación.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en la regla séptima del mismo apartado, la Comunidad Autónoma de Extremadura deberá proceder a un adecuado control de la ayuda que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los fondos percibidos por el beneficiario.

Séptima. Financiación por el Fondo Social Europeo.–Dado que los programas de mejora del éxito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, dirigidos al alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte desarrolla, la Consejería de Educación de Extremadura deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el Convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

De acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, y el Reglamento n.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria objeto de este Convenio (relación de actuaciones, listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.), con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

Octava. Información y difusión.–La Comunidad Autónoma de Extremadura hará constar la aportación del Estado en todas las manifestaciones públicas relacionadas con estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte».

Novena. Comisión mixta de Seguimiento.–A fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados del Programa de apoyo a la implantación de la LOE derivados de las aportaciones del Estado en el año 2008, así como la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta por seis miembros, dos de los cuales serán designados por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura y tres por la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma de Extremadura informará de la puesta en marcha de las actuaciones recogidas en el presente Convenio en dicha Comunidad y proporcionará al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones económicas señaladas en la cláusula cuarta de este Convenio, los indicadores señalados en cada uno de los Programas que se describen en el Anexo y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las cláusulas de este Convenio.

Décima. Vigencia y resolución.–El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2009, pudiendo ser renovado o modificado, con carácter expreso, mediante documento al efecto.

No obstante, a los efectos de las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura previstas para el ejercicio 2008 en la cláusula cuarta, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el Anexo al Convenio, la vigencia del presente Convenio será con carácter retroactivo desde el día 1 de julio de 2008.

Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del Convenio:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia del Convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

Undécima. Naturaleza y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio, que no queden solventadas por la Comisión mixta de Seguimiento prevista en la cláusula novena, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejera de Educación, Eva María Pérez López.

Anexo

Fichas de cada programa:

1. Programa de formación del profesorado.

2. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE).

3. Programa de mejora del éxito escolar.

4. Programas dirigidos a reducir el abandono temprano de la escolarización.

5. Programas para la extensión o modificación del tiempo escolar.

6. Programas para el conjunto de las Comunidades Autónomas.

Formación del profesorado

Descripción de las actuaciones:

1. Plan de asesoramiento y formación de profesores, asesores de formación, miembros de los EOEP y de los EAT, e inspectores de educación, en la identificación y desarrollo en el alumnado de las competencias básicas recogidas en los currículos de las diferentes áreas y materias de los distintos niveles.

2. Formación del profesorado, de asesores de formación, miembros de los EOEP e inspectores de educación, en la evaluación de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado, en particular, formación asociada a la evaluación de diagnóstico.

3. Formación en áreas o materias específicas que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones significativas:

Educación para la Ciudadanía.

Informática de la ESO.

Programas de cualificación profesional inicial.

Ciencias para el mundo contemporáneo.

Materias de la vía musical del bachillerato de artes.

Primer ciclo de Educación Infantil.

Autonomía e iniciativa personal en Primaria y en Secundaria.

Iniciativa emprendedora.

4. Formación en la incorporación en todas las áreas y materias del currículo de Primaria y ESO de las competencias básicas relacionadas con la comprensión lectora.

5. Impulso de la mejora de la convivencia y resolución pacífica de conflictos desde el enfoque de las competencias básicas.

6. Formación para educadores y maestros del primer ciclo de Educación Infantil que trabajen en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de las diferentes administraciones. Se incluyen en este apartado actividades de formación continua para los diferentes profesionales de escuelas infantiles o centros de atención a niños de 0 a 3 años que vayan a transformarse en escuelas infantiles.

7. Formación de tutores de prácticas, en colaboración con las universidades, para garantizar que en aquellos procesos de formación que requieren prácticas tuteladas, éstas se lleven a cabo con las mayores garantías. Es el caso especialmente de los títulos oficiales de Grado de Maestro y de Postgrado de Profesor de Enseñanza Secundaria, pero también de la tutoría que corresponde a los procesos ordinarios de acceso a la función pública docente.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Asesorar y formar al profesorado, asesores, miembros de EOEP y de EAT e inspectores, de los diferentes niveles educativos y de las distintas áreas y materias, para hacer frente a las novedades curriculares recogidas en la LOE y en las normas de desarrollo.

Fomentar y promover el concepto de «competencia básica» como el referente para todo el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Formar a los profesionales docentes del primer ciclo de Educación Infantil.

Preparar a los futuros tutores de prácticas tanto de las nuevas titulaciones de Grado de Maestro y Postgrado de Profesor de Enseñanza Secundaria como de los procesos de acceso a la función pública docente.

Actividades que se han de desarrollar:

Jornadas regionales de formación, dirigidas a asesores, miembros de EOEP y de los EAT, e inspectores de educación:

Cursos de formación inter-CPR dirigidos a equipos directivos y profesorado de centros seleccionados. Con estas acciones se pretende formar a unos 500 docentes, que serán los referentes en sus centros.

Grupos de trabajo y seminarios para la reflexión sobre la práctica docente y el estudio, concreción y contextualización a la realidad de los centros educativos extremeños de las novedades curriculares recogidas en la LOE y sobre las evaluaciones de diagnóstico. Se estima el desarrollo de al menos 20 grupos de trabajo o seminarios.

Formación en Centros educativos, para la adaptación del Proyecto Educativo y programaciones curriculares a las novedades incluidas en la LOE.

Acciones formativas dirigidas al profesorado del primer ciclo de Educación Infantil de centros sostenidos con fondos públicos.

Formación de futuros tutores de prácticas.

Población a la que se dirige:

Asesores, Inspectores, miembros de EOEP y de EAT y profesorado de todos los niveles implicados.

Distribución territorial:

En los comienzos de su desarrollo, las actividades planteadas se organizarán con carácter regional, con el fin de formar a los asesores de formación, miembros de EOEP e inspectores de educación.

Asimismo, serán seleccionados un número determinado de centros educativos de diferentes niveles, en los que se desarrollarán acciones formativas en centros destinadas a la incardinación de las competencias básicas en sus Programaciones y Proyectos Educativos, que sirvan de ejemplo u orientación para la elaboración de los Proyectos Educativos del resto de centros de la Comunidad Autónoma.

A lo largo del curso escolar, el asesoramiento y la formación se dirigirá a todo el profesorado a través de la red de formación de la Comunidad Autónoma.

Horizonte temporal de ejecución:

Curso 2008/2009 y año 2009.

Financiación: 587.867 euros.

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: 235.147 euros.

Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

Consejería de Educación de la Junta de Extremadura: 352.720 euros.

Aplicación presupuestaria: 13.02.421B.229.

Entidad ejecutora:

Dirección General de Política Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Centros de Profesores y de Recursos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Innovación y Formación del Profesorado. Dirección General de Política Educativa. Consejería de Educación.

Indicadores cuantitativos:

N.º de actividades de formación planificadas: en torno a 50 acciones formativas.

N.º de solicitudes de formación de cada uno de los ámbitos o materias propuestas: se prevé la recepción de un total de 4.000 solicitudes de formación para el conjunto de acciones formativas que se pretenden realizar.

N.º de horas de formación ofrecidas para cada uno de los ámbitos o materias propuestas: cada acción formativa tendrá una media de 25 horas.

N.º de Profesores de Educación Infantil formados en cada una de las materias propuestas: se prevé la formación de 2.000 docentes.

N.º de Profesores de Educación Primaria formados en cada una de las materias propuestas: se prevé la formación de 2.000 maestros

N.º de Profesores de Educación Secundaria formados en cada una de las materias propuestas: se prevé la formación de unos 1.000 Profesores de Secundaria.

N.º de Tutores de prácticas formados: en torno a 300.

N.º de profesionales formados: Al finalizar el año 2008, se pretende alcanzar la cifra de unos 3.000 docentes formados, y de la práctica totalidad del personal de los Servicios Educativos: asesores de formación, miembros de los EOEP e Inspectores de Educación.

PALE. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras

Descripción de las actuaciones:

1. Formación del profesorado con las mismas características del año 2006, dirigido principalmente a los docentes de Educación Infantil y Primaria que imparten o van a impartir idioma extranjero.

2. Perfeccionamiento en lengua extranjera del profesorado que trabaja en secciones bilingües o está en condiciones de hacerlo, de cualquier especialidad, preferentemente con nivel alto de lengua extranjera (nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas) y orientados a garantizar la calidad de su enseñanza, tanto para el uso adecuado de la lengua como por su utilización al impartir la materia.

3. Incremento de los auxiliares de conversación a disposición de los centros.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Reforzar las competencias idiomáticas del profesorado para la correcta comunicación en la lengua extranjera.

Usar diferentes estrategias para lograr un aprendizaje autónomo de la lengua extranjera.

Desarrollar la competencia comunicativa oral y escrita, de manera general o aplicada a algún campo, área o materia concreta.

Aprender estrategias didácticas y técnicas metodológicas que faciliten innovaciones y mejoras de la enseñanza de la lengua extranjera, o de la enseñanza de un área o materia no lingüística en lengua extranjera, especialmente asociadas a la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación, la autoevaluación y el fomento del autoaprendizaje de los idiomas.

Intercambiar experiencias, metodología y recursos entre los docentes que participan en el Programa.

Todas estas iniciativas, junto con la dotación de auxiliares de conversación en los centros educativos, tiene como fin último la mejora de las competencias idiomáticas del alumnado.

Actividades que se han de desarrollar:

Como continuación de la propuesta iniciada en el año 2006, se plantea un itinerario formativo de 200 horas divididas en tres fases:

a) Formación en los centros de profesores y de recursos.

b) Formación en un país extranjero cuya lengua oficial sea la que se pretende perfeccionar, con una duración de, al menos, dos semanas.

c) Formación en grupos de trabajo, organizada por los Centros de Profesores y de Recursos.

Se proponen unas 150 plazas para el desarrollo del itinerario formativo anteriormente descrito, permitiendo la formación en el extranjero en calendario escolar.

Por otra parte, la Consejería de Educación aumentará gradualmente el número de auxiliares de conversación destinado a nuestros centros con el fin de alcanzar la tasa de un auxiliar por cada dos Institutos de Educación Secundaria.

La Consejería de Educación fomentará la formación idiomática en el extranjero de docentes con mayor nivel de competencia lingüística, a través de una convocatoria de ayudas para la realización de cursos de capacitación idiomática en el extranjero. Se prevé la asignación de unas 150 ayudas económicas para la realización de cursos de actualización idiomática en el extranjero, organizados por instituciones de reconocido prestigio.

Asimismo, se prevé la celebración de cursos de capacitación idiomática y de inmersión lingüística organizados por los Centros de Profesores y de Recursos de la Comunidad Autónoma, dirigidos principalmente al profesorado con mayores limitaciones personales y familiares para formarse en el extranjero. Se estima que esta medida se podrá ofrecer a 300 docentes.

Con el convencimiento de que se ha de formar no sólo con el fin de capacitar idiomáticamente, sino también metodológicamente en la enseñanza de lenguas extranjeras o de una materia o área no lingüística en idioma extranjero, se fomentará la constitución y desarrollo de cursos y grupos de trabajo o seminarios en los Centros de Profesores y de Recursos. Se pretende la implicación en los mismos de al menos 300 profesores y profesoras.

Población a la que se dirige:

Profesorado de Educación Infantil o Educación Primaria que imparte o va a impartir idioma extranjero.

Profesorado que trabaja en secciones bilingües o está en condiciones de hacerlo.

Distribución territorial:

Todas las medidas tienen carácter regional.

Horizonte temporal de ejecución:

Año 2009.

Coste:

Fuente de financiación

Aplicación presupuestaria

Cuantía


Euros

Ministerio de Educación Política Social y Deporte

18.11.322B.451

596.334

Consejería de Educación

13.02.421B.229

13.02.421B.481

13.03.423A.481

13.004.422C.126.00

13.004.422C.126.01

13.004.422C.126.06

13.004.422C.126.07

13.004.422C.126.13

894.501

Total

1.490.835

Entidad ejecutora:

Dirección General de Política Educativa, Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Centros de Profesores y de Recursos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Innovación y Formación del Profesorado. Dirección General de Política Educativa.

Servicio de Ordenación Académica. Dirección General de Calidad y Equidad Educativa.

Servicio de Nóminas de Personal Docente. Dirección General de Personal Docente.

Indicadores cuantitativos:

N.º de actividades de formación planificadas: Alrededor de 70 actividades.

N.º de horas de formación ofrecidas: Se prevé en torno a las 1500 horas de formación.

N.º de profesores de Educación Infantil y Primaria formados: Aproximadamente serán formados unos 500 docentes de ambas etapas.

N.º de profesores de Educación Secundaria formados: Se estima en torno a unos 300.

N.º de profesionales formados: El número total aproximado de profesionales formados será en torno a los 800.

Programa para la mejora del éxito escolar.

Descripción de las actuaciones:

Las actuaciones que se describen a continuación han sido diseñadas por la Comunidad Autónoma de Extremadura con la finalidad de poner en marcha las medidas recogidas en la LOE y que están orientadas a incrementar el número de alumnos y alumnas que progresan adecuadamente a lo largo de su escolarización:

La Consejería de Educación llevará a cabo, de manera específica, las siguientes actuaciones para las medidas que establece la LOE en sus artículos:

24.8: Actuaciones para el refuerzo de las capacidades básicas para los alumnos que, en virtud del informe de final de Primaria así lo requieran para poder seguir con aprovechamiento la Educación Secundaria.

20.3 y 28.5: Programas de refuerzo dirigidos a los alumnos y alumnas que promocionen en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria sin haber superado todas las áreas o materias.

19.1 y 20.3: Acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en la Educación Primaria.

Actuación número 1: Programa de Refuerzo Educativo en Áreas Instrumentales.

Programa específico para el desarrollo de las competencias básicas en las áreas instrumentales en horario extraescolar. Estos programas estarán dirigidos a:

a) Alumnos y alumnas de Educación Secundaria Obligatoria, especialmente de los tres primeros cursos, que presenten dificultades educativas en la adquisición de competencias básicas y estrategias de aprendizaje.

b) Alumnos y alumnas de Educación Primaria del tercer ciclo (5.º y 6.º).

c) Alumnos y alumnas de Educación Primaria del segundo ciclo (3.º y 4.º).

d) Familias de los alumnos y alumnas participantes en el programa.

Se seleccionarán, mediante convocatoria, centros de Educación Primaria y Educación Secundaria, a los que se concederá un grupo de refuerzo extraescolar por cada línea que posea el centro. Excepcionalmente y previa solicitud justificada, podrá concederse ampliación de los grupos otorgados inicialmente.

En horario extraescolar los centros participantes organizarán talleres específicos de contenidos instrumentales para el desarrollo de aspectos relacionados con la lectura, escritura, cálculo y resolución de problemas (talleres de composición escrita, de poesía, de lectura comentadas, de comprensión lectora, escritura creativa, de expresión oral, matemáticas creativas, resolución de problemas, matemáticas aplicadas a la vida…).

Podrán organizarse, dentro de estos talleres, grupos de refuerzo educativo en estos aspectos.

Se dedicarán 4 horas semanales a la realización de los talleres o refuerzo educativo a lo largo de la semana. Una de estas sesiones podrá dedicarse al desarrollo de talleres específicos destinados a las familias del alumnado participante en el programa: taller de informática, lecturas dialógicas, lecturas compartidas, aplicación de contenidos matemáticos en el hogar, orientación en las condiciones de estudio…).

A estas sesiones de taller podrán asistir sólo padres y madres o diseñarse para la asistencia conjunta de las familias con sus hijos.

El programa de refuerzo educativo será desarrollado por profesores del centro. En el taller específico, destinado a las familias, podrán participar y/o ser desarrollado por los profesionales del EOEP que atiende al centro (Piscopedagogo/a y/o Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad).

Para garantizar la integración del programa en la actividad ordinaria del centro, se nombrará un profesor coordinador que se responsabilizará directamente del funcionamiento del programa.

Actuación número 2: Programa de refuerzo educativo en horario escolar.

Este programa estará destinado a incrementar los desdobles u otras modalidades de agrupamiento, posibilitando una atención más individualizada al alumnado de Educación Primaria que presente dificultades de aprendizaje.

Para este fin, 24 Maestros adicionales darán refuerzo educativo en horario escolar a un total de 48 centros Educativos de Primaria. Estos docentes estarán ubicados en los 24 sectores de los EOEP en los que se encuentra dividida la región, de modo que cada maestro/a atienda a dos centros de cada sector.

Atenderán dos días a la semana a cada centro educativo y un día permanecerán en la Sede del EOEP para la coordinación con los orientadores que desarrollan su labor en estos centros.

Actuación número 3: Desarrollo de proyectos de innovación educativa.

Los proyectos de innovación educativa en centros educativos tendrán como objetivo mejorar el resultado académico del alumnado, haciendo especial hincapié en el desarrollo de acciones que provoquen la mejora del rendimiento escolar en las áreas o materias con menores índices de éxito.

Se fomentará el desarrollo de programaciones de las áreas del currículo orientadas a la consecución de las competencias básicas, la atención individualizada, la participación activa de las familias, la mejora de la convivencia en los centros, la innovación en el modelo organizativo del centro, etc, con el objeto de mejorar significativamente las tasas de alumnado con a lo sumo dos materias pendientes, principalmente en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.

Actuación número 4: Programa de sensibilización, información y formación.

Se fomentará la participación directa de las familias en la vida de los centros y su formación específica en aspectos directa o indirectamente relacionados con el currículo de sus hijos, por entender que es una manera sumamente eficaz para aumentar el éxito escolar del alumnado.

Asimismo se desarrollarán acciones formativas dirigidas al profesorado implicado en los programas y proyectos mencionados en las tres actuaciones anteriores.

En paralelo, se celebrarán actuaciones informativas y de formación para la actualización profesional de los miembros de equipos específicos, equipos de orientación educativa y psicopedagógica, equipos de atención temprana y orientadores de secundaria.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Mejorar los índices de éxito escolar (rendimientos escolares) del alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Incidir específicamente en la adquisición de las competencias básicas y facilitar la asunción de hábitos de organización y constancia en el trabajo y el aprendizaje de técnicas de estudio.

Posibilitar la adopción de medidas organizativas que permitan atender de manera más personalizada al alumnado que presenta dificultades en la adquisición de las competencias básicas de las áreas instrumentales.

Potenciar la corresponsabilidad y la cooperación entre el profesorado y las familias, comprometiendo a éstas directamente con la educación de los hijos como elemento clave para elevar sus niveles de éxito escolar y la calidad de la educación.

Favorecer e incentivar al profesorado que realice innovaciones educativas en pro de una mejora del éxito escolar de su alumnado, con el fin de conseguir mayores índices de alumnos que obtienen el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Actualizar profesionalmente al profesorado y miembros de EOEP, EAT y Departamentos de Orientación de Secundaria, para reforzar y reorientar los Planes de acción tutorial, con el fin de la mejora del éxito escolar del alumnado.

Actividades que se han de desarrollar:

Para llevar a cabo las actuaciones señaladas se programarán las siguientes actividades:

Elaboración de normativa específica para la convocatoria y para la organización y funcionamiento de los programas enumerados en las actuaciones 1 y 2.

Selección de centros que desarrollarán los programas educativos y proyectos de innovación anteriormente citados.

Selección del profesorado que se implicará en los mismos.

Jornadas de formación dirigidas a los profesionales seleccionados e implicados en el desarrollo de los programas y proyectos.

Acciones formativas dirigidas a profesionales de EAT, EOEP, EE y Orientadores de Secundaria.

Actuaciones formativas dirigidas a familias, con el fin de mejorar la implicación de éstas en la educación de sus hijos.

Población a la que se dirige:

La actuación número 1 se dirige a:

Centros de Educación Primaria y centros de Educación Secundaria Obligatoria: Un total de 107 centros. Inicialmente se prevé 87 centros de Educación Primaria y 20 de Educación Secundaria.

Alumnado de tercer ciclo de Educación Primaria y alumnado de los tres primeros cursos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que presenten dificultades en la adquisición de los contenidos instrumentales básicos relacionados con la lectura, escritura, idiomas y cálculo y resolución de problemas, con especial atención al que se encuentra en desventaja desde el punto de vista educativo. Se formará un grupo de hasta 10 alumnos por cada línea que posea el centro. Excepcionalmente podrán solicitar más grupos, especialmente los Centros Rurales Agrupados (CRA) que podrán tener un grupo en cada localidad. Al cargo de cada grupo estará un profesor del centro.

Alumnado de segundo ciclo de Educación Primaria al que, tempranamente, se le detecten dificultades en la adquisición de los contenidos instrumentales básicos relacionados con la lectura, escritura, idiomas y cálculo y resolución de problemas.

La cantidad destinada a cada centro dependerá del número de grupos de refuerzo concedidos.

La actuación número 2 se dirige a:

48 centros de Educación Primaria.

Alumnado de tercer ciclo de centros de Educación Primaria.

Cada centro recibirá la atención de un Maestro adicional durante dos días a la semana.

Los materiales elaborados se dirigirán al alumnado, profesorado y familias de la población escolar extremeña. Podrán acceder, mediante web, otras comunidades españolas.

La actuación número 3 se dirige a:

Todo el profesorado implicado en los proyectos de innovación y en los programas educativos. Se prevé la selección de al menos 50 centros educativos.

Personal no docente (educadores sociales y familias) implicado en los proyectos de innovación y en los programas educativos.

La actuación número 4 se dirige a:

Familias del alumnado participante en estos programas con el fin de orientarlas y comprometerlas en las diferentes formas de contribuir al éxito escolar de sus hijos.

Profesorado implicado en las actuaciones 1, 2 y 3.

Miembros de EOEP, EAT, EE y Departamentos de orientación de Secundaria.

Distribución territorial:

Toda la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Horizonte temporal de ejecución.

Año 2009.

Financiación: 2.941.958 euros.

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: 1.176.783 euros.

Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

Consejería de Educación de la Junta de Extremadura: 1.765.175 euros.

Aplicaciones presupuestarias:

Actuación 1:

1304421A 15100

1303423B 229 00 50

Actuación 2:

1303422G 229 00

1303422G 230

1303422G 231

1304422G 124 01

1304422G 124 06

1304422G 124 07

1304422G 124 08

1304422G 124 99

1304422G 160

1303423A 227 06

Actuación 3:

1302423A 481 00

Actuación 4:

13.02.421B 229

Entidad ejecutora:

Dirección General de Política Educativa, Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Centros de Profesores y de Recursos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad. Dirección General de Calidad y Equidad Educativa.

Servicio de Innovación y Formación del Profesorado. Dirección General de Política Educativa.

Servicio de Nóminas de Personal Docente. Dirección General de Personal Docente.

Indicadores cuantitativos:

N.º de centros de Educación Primaria y Secundaria en los que se desarrollan las actuaciones 1 y 2: en torno a 150 centros educativos.

N.º de centros de Educación Primaria y Secundaria en los que se desarrollan los proyectos de innovación educativa: se estima unos 50 centros educativos.

N.º totales de alumnos beneficiarios de Educación Primaria y de Secundaria: 3300.

N.º totales de familias destinatarias: 1400.

N.º de materiales elaborados y/o editados relacionados con el desarrollo de los programas de refuerzo educativo destinado a profesores, alumnos y familias: en torno a 20 documentos.

N.º de actividades formativas realizadas para la formación de los profesionales que desarrollan el programa, o miembros de los equipos o departamentos de orientación: 15 acciones.

N.º de acciones formativas dirigidas a las familias: se estiman 150 actividades.

Tras el desarrollo de las actuaciones programadas se aplicarán los siguientes indicadores para la evaluación:

Ajuste entre el n.º de alumnos previstos como beneficiarios y el número real participante.

N.º de acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en la Educación Primaria.

N.º de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las áreas y materias de primaria y secundaria con menores índices de éxito.

N.º de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en Educación Primaria o Secundaria sin haber superado todas las áreas o materias (art. 20.3 y 28.5).

Incidencia en los resultados escolares de los alumnos/as participantes, respecto al punto de partida:

Materias no superadas en la primera evaluación.

Materias no superadas y superadas en cada evaluación.

Materias superadas y materias no superadas a final de curso.

Incidencia en la mejora de los resultados del centro.

Porcentaje de alumnado que promociona.

Porcentaje de alumnado que obtiene el título al final de la etapa.

Porcentaje de familias participantes.

Programa dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones:

Oferta de nuevas modalidades de programas que proporcionen alternativas educativas enfocadas a la reincorporación al Sistema Educativo, bien a los Ciclos Formativos o al Bachillerato, destinados a jóvenes que se encuentren en situación de «no escolarización», o que se pueda entender que tiene previsto abandonar la misma, de entre 16 y 24 años, que no hayan obtenido titulación alguna, y que tengan un fuerte rechazo a la institución escolar tradicional o que por su situación laboral y/o personal no puedan acudir a un centro educativo en régimen ordinario.

Tales actuaciones irán encaminadas a:

a) Desarrollo de acciones necesarias durante el curso 2008/2009 para la extensión en los centros de educación de personas adultas autorizados para impartir la Educación Secundaria Obligatoria de personas adultas, de la modalidad semipresencial de estas enseñanzas.

b) Implantación de ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional del Sistema Educativo a partir del curso 2009/2010, así como ampliar las modalidades a implantar de Bachillerato, todos en la modalidad de teleformación. Esta oferta se organizará de manera modular a través del Proyecto @vanza, proyecto basado en metodología E-learning.

c) Implantación en el curso 2008/2009 de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales del Bachillerato por materias a través del Proyecto @vanza, proyecto basado en metodología E-learning.

d) Oferta, a partir del curso 2008/2009, de programas educativos de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y/o superior y para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria.

e) Puesta en marcha de medidas de análisis, sensibilización y difusión para prevenir y solventar el abandono escolar.

f) Desarrollo de medidas preventivas dirigidas a reducir el número de alumnos/as con riesgo de exclusión en el contexto inclusivo de la ESO.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Disminuir el impacto de los factores que inciden en el abandono del sistema educativo del alumnado sin la titulación correspondiente.

Procurar alternativas eficaces para lograr reinsertarse en el sistema educativo.

Ampliar nuevas modalidades de ofertas de enseñanzas postobligatorias y de programas para la obtención directa de titulaciones que permitan el acceso al mercado laboral o a otros niveles del sistema educativo.

Aumentar el número de personas con titulación básica y postobligatoria en Extremadura.

Favorecer la implicación educativa de las familias en el proceso educativo de sus hijos.

Actividades que se han de desarrollar:

Oferta de nuevos ciclos de grado medio de Formación Profesional del Sistema Educativo así como de las modalidades de Bachillerato en la modalidad de teleformación a través del proyecto @vanza.

Oferta específica de programas educativos dirigidos a jóvenes que se encuentren en situación de «no-escolarización», o que se pueda entender que tiene previsto abandonar la misma, de entre 16 y 24 años, que no hayan obtenido titulación alguna, y que tengan un fuerte rechazo a la institución escolar tradicional:

a) Preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior.

b) Para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Desarrollo de iniciativas de sensibilización para favorecer la implicación de las familias en la corresponsabilidad del éxito escolar de sus hijos e hijas, junto con el profesorado, los centros docentes y la Administración educativa.

Refuerzo de las actuaciones de los Departamentos de Orientación para evitar el abandono del alumnado de Enseñanzas Obligatorias a través del seguimiento y acompañamiento del alumno con riesgo de abandono.

Desarrollo de medidas que favorezcan el control y seguimiento del absentismo escolar en nuestra comunidad autónoma: estudios sobre situación y evolución en la comunidad, localización y cuantificación, convenios de colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Población a la que se dirige:

Jóvenes que se encuentren en situación de «no-escolarización», o que se pueda entender que tiene previsto abandonar la misma, de entre 16 y 24 años, que no hayan obtenido titulación alguna, y que tengan un fuerte rechazo a la institución escolar tradicional.

Componentes de la comunidad educativa, fundamentalmente las familias.

Distribución territorial: Toda la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Horizonte temporal de ejecución:

Para las propuestas contempladas en el apartado a), actuaciones preparatorias y de diseño durante los años 2008 y 2009.

Para las propuestas contempladas en el apartado b), a partir de septiembre de 2009.

Para las propuestas contempladas en el apartado c) y d) comienzan en septiembre de 2008 y continúan en 2009.

Para las propuestas contempladas en el apartado e) y f) a partir de septiembre de 2008 y continuación durante el 2009.

Coste: 1.762.510 euros

Financiación:

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: 705.004 euros.

Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

Consejería de Educación de la Junta de Extremadura: 1.057.506 euros.

Aplicaciones presupuestarias:

Profesorado Educación Secundaria:

13.04.422F.124.00

13.04.422F.124.06

13.04.422F.124.07

13.04.422F.124.08

13.04.422F.124.13

13.04.422F.160.00

13.04.422C.124.00

13.04.422C.124.06

13.04.422C.124.07

13.04.422C.124.08

13.04.422C.124.13

13.04.422C.124.01

13.04.422C.160.00

Gastos de funcionamiento:

13.03.422C.229.

Reuniones, conferencias y cursos:

13.05.422C.226.06

Estudios y trabajos técnicos:

13.05.422C.227.06

Ayuntamientos:

13.05.422F.460

Instituciones sin fines de lucro:

13.05.422F.489.00

Sensibilización a familias:

13.02.423A.642

Entidad ejecutora:

Centros de Educación de personas adultas de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Centros de Educación secundaria dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Entidades Locales (Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios) de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, Dirección General de Personal Docente, Dirección General de Política Educativa y Dirección General de Calidad y Equidad Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Indicadores cuantitativos:

a) Implantación de la modalidad semipresencial de la educación secundaria obligatoria para personas adultas: al menos el 50% de los centros de educación de personas adultas de la red pública.

b) Ciclos Formativos y Bachillerato implantados durante el curso 2008/09 y 2009/2010: Al menos un ciclo y una modalidad de Bachillerato.

c) N.º de centros que oferten programas de preparación para el acceso a otros niveles del sistema educativo como para la obtención directa de titulaciones durante el curso 2008/09 y 2009/2010: Al menos el 50% de los centros de educación de personas adultas y el 25 % de los IES con FP de la red pública, así como al menos 25 entidades locales o asociaciones sin ánimo de lucro.

d) N.º de alumnos matriculados en los diferentes programas comprendidos entre los 16 y 24 años: se prevé para el curso 2008/09 contar con al menos 1000 alumnos/as.

e) Porcentaje de participación de las familias en el «Compromiso de las familias Extremeñas con la Educación»: al menos el 30 %.

Programa: extensión o modificación del tiempo escolar

Descripción de las actuaciones:

El Plan Específico de Refuerzo para Extremadura (PEREX) ha sido diseñado por la Comunidad Autónoma de Extremadura con el fin de mejorar los resultados académicos de aquel alumnado que está cursando la enseñanza secundaria obligatoria y que se encuentra en fundado riesgo de ser calificado negativamente a final de curso. Para ello, al concluir la segunda evaluación y a lo largo del tercer trimestre, se arbitrarán medidas especiales de recuperación en aquellas materias en las que el índice de alumnado con dificultades de promoción es mayor, como Lengua castellana y Literatura, Matemáticas, Inglés, o para 3.º y 4.º Física y Química, y Biología y Geología.

Las clases de refuerzo se impartirán en el propio centro en horario de tarde, comprendido entre las 16:00 y las 20:00 horas.

El número máximo de grupos de refuerzo por curso que puede establecerse en un centro dependerá del número de unidades que éstos tengan; así aquellos centros que tengan entre 8 y 10 unidades podrán contar con un número máximo de tres grupos para primero y segundo de la ESO y cinco grupos para tercero y cuarto; los centros que tengan entre 11 y 18 unidades podrán contar con hasta seis grupos para primero y segundo y hasta diez grupos para tercero y cuarto y por último, los centros que tengan más de 18 unidades pueden establecer hasta nueve grupos para los dos primeros cursos y hasta quince para tercero y cuarto.

Cada grupo de refuerzo contará con un mínimo recomendable de cinco y un máximo de quince alumnos por grupo.

Será desarrollado por profesores del centro.

Para el buen desarrollo del Plan y la correcta atención al alumnado de zonas rurales, la Administración garantizará los servicios gratuitos de transporte y comedor escolar para el alumnado que resida fuera de la localidad del centro.

La participación en el Plan por parte del alumnado será voluntaria, pero, caso de aceptar su inclusión, los padres o representantes legales deberán firmar un documento de Compromiso, donde se refleje su conformidad con la incorporación y asistencia regular del alumno al Plan.

Se trata, por tanto, de un Plan orientado a la recuperación de los aspectos básicos pendientes que figuran en las correspondientes programaciones de las materias objeto de refuerzo y a la adquisición de los previstos para el tercer trimestre.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Mejorar los resultados académicos de aquellos alumnos que se encuentran en fundado riesgo de ser calificados negativamente a final de curso.

Elevar el índice de éxito escolar en aquellas materias donde existe un mayor porcentaje de alumnos con dificultades de promoción (Lengua castellana y Literatura, Matemáticas, Inglés, Física y Química y Biología y Geología).

Aumentar las tasas de promoción o, en su caso, de titulación en la Enseñanza Secundaria Obligatoria.

Actividades que se han de desarrollar:

Para poder desarrollar el mencionado Plan se llevarán a cabo las siguientes actividades:

Elaboración de normativa específica.

Determinación de centros que desarrollarán el Plan a partir de las solicitudes presentadas.

Selección del alumnado participante en cada uno de los centros.

Adquisición del Compromiso de la Familia.

Organización de los servicios de transporte y comedor escolar, en los casos necesarios.

Impartición del refuerzo educativo por el profesorado seleccionado.

Pago de las cantidades económicas en concepto de retribuciones al profesorado, personal de administración y servicios, transporte y comedor.

Elaboración de informe final sobre la valoración del programa así como el establecimiento de posibles mejoras.

Población a la que se dirige:

Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria que se encuentre en fundado riesgo de ser calificado negativamente a final de curso en las siguientes materias (bien en todas ellas, bien en alguna/s de ellas): Lengua castellana y Literatura, Matemáticas, Inglés, Física y Química y Biología y Geología (3.º y 4.º para estas últimas materias).

Distribución territorial:

Toda la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Horizonte temporal de ejecución:

El Plan se desarrollará en el curso 2008/2009 y concretamente abarcará desde los meses de abril a junio de 2009.

Financiación: 797.103 euros

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: 318.841 euros.

Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451

Consejería de Educación de la Junta de Extremadura: 478.262 euros.

Aplicaciones presupuestarias:

13 03 423A 23300

13 03 423B 22900

13 03 423B 22300

13 04 421A 15100

Entidad ejecutora:

Dirección General de Calidad y Equidad Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Ordenación Académica. Dirección General de Calidad y Equidad Educativa.

Servicio de Nóminas de Personal Docente. Dirección General de Personal Docente.

Servicio de Inspección de Educación. Delegaciones Provinciales de Educación.

Indicadores cuantitativos:

N.º de centros de Educación Secundaria en los que se desarrolla el Plan: se estima unos 105 centros.

N.º total de profesores implicados en la impartición del refuerzo educativo: se prevé la implicación de unos 700 docentes.

Porcentaje de alumnos beneficiarios del Plan, respecto al n.º total de alumnos por curso matriculados en los centros donde se aplica el Plan: se aplicará sobre un 27% del alumnado del centro.

Porcentaje de alumnos que promocionaron o titularon por curso respecto del alumnado total en el curso anterior a la aplicación del Plan:

1.º E.S.O. 77,73%.

2.º E.S.O. 73,48%.

3.º E.S.O. 72,33%.

4.º E.S.O. 70,99%.

3.º de E.S.O. (diversificación) 91,96%.

4.º de E.S.O. (diversificación) 82,35%.

Porcentaje de alumnos que promocionan o titulan por curso respecto del alumnado total en el curso en el que se aplica el Plan: Se prevé aumentar los porcentajes entre cinco y 10 puntos.

Programa conjunto de comunidades autónomas

Actuación: Campaña de fomento de la lectura «Leer en familia».

Justificación:

La implicación de las familias en la educación de sus hijos es un factor fundamental para conseguir una educación de calidad y prevenir el bajo rendimiento escolar. La ayuda de padres y madres debe enfocarse hacia algunos aspectos que hasta ahora no se han abordado de forma global: el fomento del hábito lector de los alumnos como paso para mejorar, entre otros aspectos, la comprensión lectora, que está en la base del éxito educativo.

Objetivos:

Potenciar las relaciones dentro de la familia fomentando el hábito lector en casa y en especial, el de los más pequeños.

Comprometer a las familias a un tiempo mínimo de media hora de lectura al día, durante veinte días al mes a lo largo del curso escolar.

Descripción:

Los padres y madres que participen en la campaña se comprometerán a compartir un tiempo de lectura diaria de al menos media hora durante veinte días al mes con sus hijos, acompañándoles y comentando con ellos lo que leen.

Las familias dispondrán de un calendario donde se marcarán los días que se ha leído. Al finalizar el mes, los alumnos recortarán el mes del calendario y los padres firmarán en el reverso para asegurar que la actividad se ha realizado. Seguidamente se lo entregarán al tutor o profesor encargado de la campaña en su colegio, que lo pegará en la hoja de control de lecturas.

La campaña se desarrollará durante el curso escolar. Aquellas familias que completen el compromiso recibirán el diploma de familia lectora.

Para ayudar a los padres y madres se les facilitará un tríptico informativo del desarrollo de la campaña, junto con el calendario de lecturas. Además se les facilitará un díptico con orientaciones para fomentar el hábito lector en casa y una guía de lectura recomendadas, que no obligatorias, que faciliten la labor de los padres.

Debe contarse con la ayuda o asesoramiento del responsable de la biblioteca escolar, con objeto de poder aprovechar el material que pudiera ofrecer en préstamo o para que el centro compre los que estime oportuno. También debe contarse con los fondos de las bibliotecas públicas, lo que puede provocar un acercamientos de los niños y niñas a las bibliotecas.

Población a la que se dirige:

La campaña está dirigida a las familias con hijos/as en los centros públicos de Educación Infantil o en los dos primeros ciclos de Educación Primaria. Los que quieran adscribirse tendrán que solicitarlo, mediante petición del equipo directivo y previo acuerdo con la AMPA.

Horizonte temporal de ejecución:

Años 2008 y 2009.

Financiación:

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: 50.000 euros.

Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

Entidad ejecutora:

Dirección General de Política Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Coordinación Educativa. Dirección General de Política Educativa. Consejería de Educación.

Indicadores cuantitativos:

N.º de familias a las que se ofrecerá la campaña: en torno a 43.000 familias.

N.º de familias que seguirá la campaña: se prevé un participación de 25.000 familias.

N.º de familias que terminará el compromiso: se prevé un porcentaje de cumplimiento del 80% sobre las participantes, aproximadamente 20.000 familias.

N.º de centros participantes: se estima que aproximadamente 340 centros.

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