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Documento BOE-A-2009-5608

Orden JUS/830/2009, de 27 de marzo, por la que se dispone que no estarán abiertas al público las oficinas de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles el día siguiente a Viernes Santo, a todos los efectos.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2009, páginas 31918 a 31918 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2009-5608

TEXTO ORIGINAL

El artículo 360 del Reglamento Hipotecario establece el horario de apertura de los Registros de la Propiedad autorizando a este Ministerio a fijar un régimen especial los sábados, y en términos similares se regula el horario de apertura en el Reglamento del Registro Mercantil.

Vistas las Ordenes JUS/976/2006, de 17 de marzo (BOE de 4 de abril de 2006), JUS/689/2007, de 6 de marzo (BOE de 23 de marzo de 2007), y JUS/707/2008, de 21 de febrero (BOE de 15 de marzo de 2008) por las que se establece un régimen especial para el día siguiente a Viernes Santo.

Teniendo en cuenta que análogas razones exigen dar un tratamiento especial al día siguiente a viernes Santo.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado, dispongo:

Artículo único.

No estarán abiertas al público las oficinas de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles el día siguiente a Viernes Santo, a todos los efectos.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de marzo de 2009.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

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