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Documento BOE-A-2009-5718

Resolución de 5 de marzo de 2009, de la Secretaría General del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio marco de colaboración con la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Corporación Radiotelevisión Española, la Fundación Santa María y Servicios Tecnológicos Singulares S.A. para la colaboración en materia de difusión del idioma español.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2009, páginas 32474 a 32477 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-5718

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del convenio marco suscrito el 11 de febrero de 2009 entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y el Instituto Cervantes, la Corporación Radiotelevisión Española, Fundación Santa María titular de Ediciones SM, Servicios Tecnológicos Singulares S. A. para la colaboración en materia de difusión del idioma español.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 5 de marzo de 2009.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Pérez-Fragero Rodriguez de Tembleque.

ANEXO
Convenio marco entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y el Instituto Cervantes, la Corporación Radiotelevisión Española, Fundación Santa María titutar de Ediciones SM, Servicios Tecnológicos Singulares S. A. para la colaboración en materia de difusión del idioma español

En Logroño, a 11 de febrero de 2009.

D. Pedro Sanz Alonso, Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, facultado para la firma del presente Convenio Marco en virtud de Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de noviembre de 2008, aprobatorio de dicho Convenio.

D.ª Carmen Caffarel Serra, Directora del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 993/2007, de 13 de julio (BOE de 14 de julio de 2007), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, CIF Q-2812007 I.

D. Jesús María Santos López en nombre y representación de Corporación de Radio y Televisión Española, S. A. con domicilio en Prado del Rey, Pozuelo de Alarcón, Madrid, con C.I.F. A\84\818558, actuando en virtud del poder otorgado en escritura pública formalizada ante el Notario del Iltre. Colegio Notarial de Madrid D. José Luis Martínez-Gil Vich el 19 de julio de 2007 y número de protocolo 2.832.

D. Francisco Javier Palop Sancho en representación de Fundación Santa María, en cuanto persona jurídica titular de la empresa «Ediciones SM», con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid), en la calle Impresores nº 15 de la Urbanización Prado del Espino y C.I.F. G‑28534204 (en adelante, SM), actuando en calidad de Subdirector General España, en virtud de las atribuciones conferidas en escritura pública autorizada por el Notario del Iltre. Colegio Notarial de Madrid D. Gonzalo Sauca Polanco, con fecha 22 de abril de 2005 y número 1887 de orden de su protocolo.

Don Francisco José Iglesias del Campo, con Documento Nacional de Identidad nº 2507383S y Doña Cristina de Parias Halcón, con Documento Nacional de Identidad nº 28877044S, ambos como Apoderados de la empresa Servicios Tecnológicos Singulares, S.A., con domicilio en Avenida de Manoteras 20 – 28050 Madrid, Código de Identificación Fiscal A28653681, facultados en virtud de escritura de apoderamiento otorgado ante el Notario de Madrid, D. José María de Prada Guaita el día 13 de enero de 2009 bajo el número de protocolo 85/2009.

MANIFIESTAN

Primero.–Conforme al artículo 8. uno. Parágrafo 24 de su Estatuto de Autonomía, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia exclusiva en materia de «investigación científica y técnica, en coordinación con la general del Estado, prestando especial atención a la lengua castellana por ser originaria de La Rioja y constituir parte esencial de su cultura.»

Dentro de este marco estatutario habilitante, la Comunidad Autónoma de La Rioja viene desarrollando una política centrada en el impulso, fomento y promoción de eventos, programas y actividades relacionadas con el idioma español persiguiendo así el doble objetivo de estimular y proteger su uso.

En ejecución de esa competencia estatutaria, la Comunidad Autónoma ha desarrollado actuaciones de gran calado en torno del Monasterio de Yuso de San Millán de la Cogolla, origen escrito de la lengua española, que han confluido en la creación del Centro Internacional de Investigación de la Lengua (Cilengua).

Asimismo, la Comunidad de La Rioja ha manifestado siempre su voluntad de colaborar con todas aquellas iniciativas que tengan como objetivo prestar especial atención al conocimiento y difusión de la lengua castellana.

En este sentido, se hace patente que las características técnicas y didácticas puestas en marcha por el Curso, tal y como ha sido definido, suponen la realización de un proyecto de investigación e innovación tecnológica de primera magnitud en el ámbito de la difusión y enseñanza del español.

Segundo.–Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y cuyo título competencial para la firma del presente convenio se encuentra establecido en los artículos 2 y 5 de dicha Ley, así como en lo dispuesto en el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha de 16 de marzo de 1990, modificado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha de 3 de julio de 1998.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de su Ley de creación, el Instituto Cervantes tiene entre sus fines la promoción universal de la enseñanza, el estudio y el uso del español y la difusión de la cultura en el exterior y atender fundamentalmente el patrimonio lingüístico y cultural que es común a los países y pueblos de la comunidad hispanohablante.

Tercero.–En el cumplimiento de este cometido, el Instituto Cervantes, la Corporación Radiotelevisión Española y la Ediciones SM han puesto en marcha como titulares del mismo, el Proyecto «Curso de Español a Distancia» para la enseñanza del idioma español en la modalidad a distancia, en los términos y condiciones previstos en el Contrato celebrado entre las citadas entidades y Servicios Tecnológicos Singulares S.A. (Servitecsa) de fecha de 14 de junio de 2007.

Cuarto.–La Comunidad Autónoma de La Rioja insiste en la especial relevancia que, para el interés social de esta Comunidad reviste su participación en un proyecto de la solvencia del que constituye el objeto del presente Acuerdo, puesto que implica elevar a un primer rango la utilización de las nuevas tecnologías propias de la Sociedad del Conocimiento en la enseñanza del español con alcance universal, con lo que ello supone de potenciación del castellano como lengua llamada a mantener un lugar preeminente en la comunidad internacional.

Garantizar la presencia de la imagen de la Comunidad en el desarrollo del Curso, dar a conocer en un ámbito global su labor en el fomento y difusión del español es el más firme y seguro cumplimiento de la competencia estatutaria a la que se refiere la primera de las Manifestaciones de este Convenio. En este sentido, la Comunidad Autónoma de La Rioja ha consignado en el Proyecto de presupuestos para el año 2009 un crédito por importe de 600.000 euros para dichos fines.

Por todo lo expresado, las partes mencionadas acuerdan suscribir el presente Convenio Marco sujeto a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–El presente Convenio tiene por objeto y función establecer el marco general y transitorio de actuación que permita definir la metodología a través de la cual las partes articularán la colaboración a desarrollar en las tareas de difusión del idioma español y, en particular, en el proyecto denominado «Curso de Español a Distancia, «Hola, ¿qué tal?».

Segunda. Modalidades de actuación.–En un futuro Convenio específico o en el instrumento jurídico que derive de la metodología a que se refiere la cláusula anterior a firmar entre las partes, se determinarán las actividades a desarrollar en cada caso, la concreta participación que tendrá la Comunidad Autónoma de La Rioja, los compromisos asumidos por cada una de las partes, y cuantas otras cuestiones se consideren de interés dentro de las posibilidades de las partes y la materia amparada en el ámbito del presente Convenio.

Tercera. Declaración de intenciones de las partes.–El Instituto Cervantes, la Corporación Radiotelevisión Española y la Ediciones SM, en su condición de titulares del Curso de Español a Distancia, «Hola, ¿qué tal?», declaran su intención de incorporar la Identidad Gráfica Corporativa del Gobierno de La Rioja en cuantas publicaciones, folletos, páginas web, etc., tengan por objeto informar y divulgar el Proyecto. La Comunidad de La Rioja tendrá una participación activa en cuantas actividades se realicen para la presentación y difusión del Proyecto «Curso de Español a Distancia», que se traducirá en la presencia y participación en las mismas del representante que designe el Gobierno de La Rioja. De igual modo, la Comunidad de La Rioja podrá ser sede de aquellas actividades que se determinen y que se enmarquen en el ámbito del Proyecto «Curso de Español a Distancia»

Con el alcance derivado de la naturaleza jurídica del presente Convenio, el Gobierno de La Rioja declara su intención de subvenir al desarrollo de las actividades que puedan quedar establecidas en el instrumento jurídico a que se refiere la cláusula anterior, a través de unas aportaciones económicas cuyo montante global se ha estimado en cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000 ), sin que pueda exceder de esa cantidad, a lo largo de los seis primeros años de desarrollo del proyecto.

Cuarta. Régimen transitorio de actuación.–Hasta que se suscriba ese Convenio específico o el instrumento jurídico oportuno previsto en la cláusula segunda, y desde la firma del presente Convenio Marco:

a) Las partes intercambiarán información sobre sus respectivas capacidades y necesidades en el ámbito de este Convenio.

b) La Comunidad Autónoma de La Rioja estará presente en los actos y presentaciones que se originen derivados del Proyecto.

Quinta. Seguimiento.–El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente Convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de los informes de evaluación.

Sexta. Vigencia.–El presente Convenio Marco estará vigente desde su firma. Tendrá una vigencia anual prorrogable por periodos iguales si no mediara denuncia de alguna de las partes comunicada con al menos tres meses de antelación a la fecha de finalización del presente Convenio.

Séptima. Resolución.–El presente Convenio podrá resolverse por las siguientes causas:

a) Por mutuo acuerdo de las partes, expresado por escrito.

b) Por decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa su ejecución, siempre que sea comunicada por escrito a las otras partes con antelación suficiente.

Octava. Régimen jurídico y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las posibles cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar su aplicación, interpretación, modificación y efectos que no pudieran ser solventados entre las partes, serán resueltas por lo órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio-Marco por quintuplicado ejemplar en el lugar indicado en el encabezamiento.–Pedro Sanz Alonso, Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.–Carmen Caffarel Serra, Directora del Instituto Cervantes.–Jesús María Santos López, Corporación de Radio y Televisión Española.–Francisco Javier Palop Sancho, Fundación Santa María.–Francisco José Iglesias del Campo, Servicios Tecnológicos Singulares.–Cristina de Parias Halcón, Servicios Tecnológicos Singulares.

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