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Documento BOE-A-2009-6115

Resolución de 30 de marzo de 2009, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueba la concesión de ayudas para el desarrollo de planes de formación continua en el ámbito de las Organizaciones Sindicales, convocadas mediante Resolución de 17 de diciembre de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 11 de abril de 2009, páginas 34377 a 34378 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2009-6115

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden APU/53/2008 de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 23), del Ministerio de Administraciones Públicas, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo de los planes de formación en el marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, de 21 de septiembre de 2005 (en adelante IV AFCAP), modificado por Resolución de 14 de noviembre de 2007 de la Secretaría General para la Administración Publica (BOE 23 de noviembre).

De conformidad con lo previsto en el artículo Segundo de la Orden citada, el Instituto Nacional de Administración Pública efectuó la convocatoria de ayudas en el marco del IV AFCAP para 2009, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2008 («Boletín Oficial del Estado» del 5de enero).

El procedimiento ha sido instruido de acuerdo con lo previsto en los artículos 5 a 11 de la Resolución de 17 de diciembre de 2008, del Instituto Nacional de Administración Pública. El artículo 16.6) del IV AFCAP atribuye a la Comisión General para la Formación Continua la función de aprobar definitivamente los Planes de Formación. El artículo 6.3 de la Orden de 10 de enero de 2008 otorga al Instituto Nacional de Administración Pública la competencia para resolver el procedimiento, y configura el informe de la Comisión General para la Formación Continua como preceptivo y vinculante. En la sesión del día 5 de marzo de 2009, la Comisión General para la Formación Continua, según propuesta de resolución formulada por el instructor del procedimiento, ha acordado aprobar definitivamente los Planes de Formación presentados por las Organizaciones Sindicales en el presente ejercicio según el estudio realizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 b) de la mencionada Resolución de convocatoria teniendo en cuenta las siguientes directrices y criterios de valoración: volumen de recursos presupuestarios propios dedicados a la formación en el ejercicio anterior a la convocatoria; respuesta de los planes a las necesidades de formación detectadas en la organización a través del empleo de técnicas de evaluación de necesidades formativas; incorporación de los resultados de la evaluación del plan de formación del año anterior en el plan presentado; inclusión de acciones formativas vinculadas a la promoción profesional y a la carrera administrativa, de acciones que sean instrumento de motivación y compromiso de los empleados públicos y de acciones tendentes a mejorar la cualificación y adquisición de competencias de los empleados públicos; previsiones acerca del seguimiento del desarrollo y final de las acciones formativas; aplicación de técnicas para la evaluación de los resultados y del impacto de la formación; porcentaje de representatividad sindical distinguiendo entre organizaciones sindicales mencionadas en el artículo 10.4 y 10.5 del IV AFCAP; grado de implantación sindical dentro del ámbito correspondiente al plan de formación y por último, experiencia organizativa y técnica en ejecución de planes de formación.

A la vista de lo anterior, resuelvo aprobar la relación de ayudas concedidas para el desarrollo de Planes de Formación Continua a los promotores que aparecen relacionados en el anexo, por las cuantías que se explicitan haciendo un total de 28.908.283,99 euros, para su posterior pago con cargo a la aplicación presupuestaria 22.101.921O.481, al existir crédito adecuado y suficiente en el vigente Presupuesto de Gastos de este Organismo.

Contra la Resolución de concesión de ayudas que, de conformidad con la Disposición Final de la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 17 de diciembre de 2008, pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; pudiendo también potestativamente y con carácter previo, interponerse recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, 30 de marzo de 2009.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Pilar Arranz Notario.

ANEXO
Entidades promotoras y cuantías de las ayudas concedidas

Promotores

Total


euros

CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS. CSI-CSIF

4.552.090,45

COALICIÓN SINDICAL INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES UNIÓN PROFESIONAL (CSIT-UP)

179.776,30

CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL GALEGA CIG

633.731,28

CONVERGENCIA ESTATAL DE MEDICOS Y AYUDANTES (CEMSATSE)

339.141,31

FEDERACIÓN COMUNICACION Y TRANSPORTE CC.OO

433.510,04

FEDERACIÓN DE EMPLEADOS PUBLICOS DE LA UNIÓN SINDICAL OBRERA (FEP-USO)

390.562,04

FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA CC OO

3.389.869,73

FEDERACIÓN DE SANIDAD Y SECTORES SOCIO SANITARIOS DE CC.OO

2.482.627,07

FEDERACIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS DE UGT. FSP-UGT

9.161.810,09

FEDERACIÓN DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE CC.OO

4.866.932,29

FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (SAP)

157.402,39

FEDERACIÓN TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA. FETE UGT

2.011.129,04

INTERSINDICAL VALENCIANA

72.224,54

SINDICATO DE ENFERMERÍA SATSE

188.019,31

SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA REGIÓN MURCIANA INTERSINDICAL (STERM)

13.345,84

SINDICATO INDEPENDIENTE. CONFERENCIA VALENCIANA DE TRABAJADORES (SI)

12.953,31

UNIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA)

23.158,96

TOTAL

28.908.283,99

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