Visto el expediente de indulto de don Jacob Borja Salazar, condenado por el Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid, en sentencia de 21 de noviembre de 2007, como autor de un delito de robo con fuerza, a la pena de dos años y un día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el periodo de condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo de 2009,
Vengo en conmutar a don Jacob Borja Salazar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de marzo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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