Visto el expediente de indulto de don Ion Tanase, condenado por la Audiencia Provincial, sección primera, de Ciudad Real, en sentencia de 11 de abril de 2005, como autor de dos delitos de prostitución de persona en concurso ideal con un delito continuado relativo a la prostitución, a las penas, por cada delito, de cuatro años de prisión y multa de 24 meses con una cuota diaria de seis euros, con la accesoria de prohibición de aproximarse a menos de 1.000 metros y de comunicarse por cualquier medio con los testigos, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo de 2009,
Vengo en indultar a don Ion Tanase cuatro meses de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de marzo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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