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Documento BOE-A-2009-7101

Resolución de 18 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publica el cese de actividad como organismo de control de Asistencia, Inspección y Control, S.A., en los campos de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 28 de abril de 2009, páginas 37634 a 37635 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2009-7101

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.–Mediante Resolución de 1 de marzo de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se autoriza a la empresa «Asistencia, inspección y control, Sociedad Anónima» para su actuación como organismo de control en el campo de instalaciones eléctricas.

Segundo.–Mediante Resolución de 13 de agosto de 2003 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se amplía la autorización a la empresa «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima» para su actuación como organismo de control en el campo de elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención, área de ascensores.

Tercero.–Mediante Resolución de 24 de octubre de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se amplía la autorización a la empresa «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima» para su actuación como organismo de control en los campos de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas.

Cuarto.–Con fecha 05 de septiembre de 2008, la Comisión de Acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación acuerda la suspensión temporal voluntaria de las acreditaciones n.º 60/EI080 y n.º OC-I/081 para los campos de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas, que fueron otorgadas a la empresa «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima».

Quinto.–Con fecha 12 de septiembre de 2008, D. José Manuel Benítez Murillo, en nombre y representación de «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima», con domicilio social en la Avda. de Betanzos, 64, en el término municipal de Madrid solicita la suspensión temporal de la autorización como organismo de control en los campos de instalaciones y aparatos a presión, e instalaciones petrolíferas.

Sexto.–Con fecha 24 de septiembre de 2008, mediante Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se suspende la autorización de actuación como organismo de control a la empresa «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima,» en los campos de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas.

Séptimo.–Con fecha 20 de febrero de 2009, D. José Manuel Benítez Murillo, en nombre y representación de «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima», con domicilio social en la Avda. de Betanzos, 64, en el término municipal de Madrid informa que han solicitado a la Entidad Nacional de Acreditación la retirada de la acreditación en los campos de instalaciones y aparatos a presión, e instalaciones petrolíferas, y aportan acuerdos de la Comisión de acreditación de fecha 13 de febrero de 2009, en las que se indica que se ha excluido de la acreditación n.º 60/EI080 el campo de instalaciones petrolíferas y de la acreditación n.º OC-I/081 el campo de aparatos a presión.

Fundamentos de derecho

Primero.–Es competente para la adopción de esta Resolución, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, de estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo, actualmente denominada Consejería de Economía y Hacienda por Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 115/2008, de 24 de julio, por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de esta Consejería.

Segundo.–Es de aplicación el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Tercero.–El artículo 43.6 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial establece que en los casos de revocación o cese de la actividad de un Organismo de Control, el titular de éste deberá entregar la documentación ligada a su actuación como tal al órgano que designe la Administración que lo autorizó, la cual publicará en el Boletín Oficial del Estado la revocación o cese.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.–Publicar el cese de la autorización de actuación como organismo de control a la entidad «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima», en los ámbitos reglamentarios de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas, otorgada por Resolución de 24 de octubre de 2005 por de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Segundo.–Designar a «Asistencia, Inspección y Control, Sociedad Anónima», como órgano custodio de toda la documentación ligada a su actuación como organismo de control autorizado en los campos de instalaciones y aparatos a presión e instalaciones petrolíferas, para todas las actuaciones realizadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en todo el ámbito del Estado.

Tercero.–El cese de la actividad del organismo de control autorizado supone el cese de la vigencia de la autorización otorgada por esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con fecha 24 de octubre de 2005. En el caso de que la entidad desee reanudar su actividad en estos campos deberá solicitar una nueva autorización a esta Dirección General, acreditando para ello el cumplimiento de los requisitos establecidos por la reglamentación vigente en el momento de formular dicha solicitud.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 18 de marzo de 2009.–El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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