Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a la entidad Centaurus Capital LP, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra p), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el último párrafo del artículo 102 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Orden ministerial de fecha 9 de febrero de 2009 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«Imponer a la entidad Centaurus Capital LP una multa, por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 99, letra p), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con lo establecido en el artículo 53 del mismo texto legal, por la comunicación con demora respecto al plazo establecido de la participación significativa en el capital de la sociedad cotizada Compañía de Distribución Integral Logista, S.A., correspondiente al momento de superar el umbral del 5% de su capital social por parte del fondo Centaurus Alfa Master Fund Limited, por un importe de 15.000 euros (quince mil euros).»
Madrid, 23 de abril de 2009.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.
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