Visto el expediente de indulto de doña María Consuelo Suárez, condenada por la Audiencia Provincial de Murcia, sección segunda, en sentencia de 13 de junio de 2008, como autora de un delito consumado contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 47.061,58 euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de abril de 2009,
Vengo en conmutar a doña María Consuelo Suárez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de abril de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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