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Documento BOE-A-2009-8367

Resolución de 17 de abril de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se modifica el Anexo de la de 18 de diciembre de 2008, por la que se convocan exámenes teóricos durante el año 2009, para la obtención de títulos, licencias y habilitaciones aeronáuticos civiles y se establecen las bases para su desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2009, páginas 42229 a 42230 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2009-8367

TEXTO ORIGINAL

La ejecución de las convocatorias teóricas en sus correspondientes fechas que se recogen en el anexo de la Resolución de 18 de diciembre de 2008, por la que se convocan exámenes teóricos durante el año 2009, para la obtención de títulos, licencias y habilitaciones aeronáuticos civiles y se establecen las bases para su desarrollo, se prevén en función de los medios con los que cuenta la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, entre los que se encuentran además de los propios, los previstos de forma indirecta mediante su contratación de conformidad con lo que se establece en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

En orden a la necesaria participación de dichos medios indirectos en la correcta ejecución de la convocatoria de junio de 2009 se hace preciso modificar el anexo de la citada Resolución de 18 de diciembre de 2008, en lo que se refiere exclusivamente a la realización de las pruebas teóricas correspondientes a las titulaciones de Piloto de Transporte de Línea Aérea y de Piloto Comercial/IR, lo que ocasiona asimismo la modificación de los plazos para la presentación de solicitudes para aquellos aspirantes que pretendan presentarse a dichas pruebas en la citada convocatoria de junio de 2009, dejando el resto de la Resolución de 18 de diciembre de 2009 y su anexo en idénticos términos.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero, por el que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles, con lo dispuesto en la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los aviones civiles, modificada parcialmente por las Ordenes FOM/8761/ 2003, de 31 de marzo, y FOM/7751/2006, de 7 de marzo, con lo dispuesto en la Orden FOM/38111/2004, de 4 de noviembre, por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL) relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los helicópteros civiles, y de lo establecido en el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,

Esta Dirección, en el uso de las facultades que tiene conferidas, resuelve:

Único.–Modificar el anexo de su Resolución de 18 de diciembre de 2009, por la que se convocan exámenes teóricos durante el año 2009, para la obtención de títulos, licencias y habilitaciones aeronáuticos civiles y se establecen las bases para su desarrollo, en lo que se refiere a la realización de las pruebas teóricas y los plazos de presentación de instancias correspondientes a las titulaciones de Piloto de Transporte de Línea Aérea y de Piloto Comercial/IR, de la convocatoria de junio de 2009, en el siguiente sentido:

Piloto de Transporte de Línea Aérea: Convocatoria de junio: Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de abril. Fecha pruebas teóricas: 30 de junio, 1, 2 y 3 de julio.

Piloto Comercial/IR: Convocatoria de junio: Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de abril. Fecha pruebas teóricas: del 22 al 26 de junio.

Frente a la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, bien con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 17 de abril de 2009.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Isabel Maestre Moreno.

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