En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web www.060.es.
Se convoca proceso selectivo para cubrir 7 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, Código 5913, por el sistema general de acceso libre.
La distribución por especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:
Cinco de Control e Inspección de Vertidos.
Dos de Conservación del Medio Natural.
Los aspirantes sólo podrán participar por una de las especialidades previstas en esta base. Si en alguna de las especialidades no se cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en otra u otras de las especialidades convocadas, según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790, que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es.
5.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Igualmente, podrán presentarse en los Registros Generales del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (Paseo Infanta Isabel, 1-Madrid y Plaza de San Juan de la Cruz, s/n - Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
5.3 Pago de la tasa de derechos de examen.–El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, plaza de San Juan de la Cruz, s/n., 28071 Madrid, teléfonos (91) 5976978 o (91) 5976402, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.
7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 27 de enero de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero).
7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es.
De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009 en relación con el artículo 10 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, y con la Instrucción Conjunta de la Secretaría General para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos de 15 de noviembre de 2007, se elaborará una lista de candidatos integrada por aquellos aspirantes que, habiendo participado en este proceso selectivo y no habiéndolo superado, cumplan los requisitos que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino establezca al efecto.
Esta lista tendrá validez hasta la publicación de una nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Para poder formar parte de esta lista, los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se exigen en esta convocatoria.
La lista de candidatos se publicará en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino www.marm.es.
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril; del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 5 de mayo de 2009.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P.D. (Orden ARM/499/2009, de 24 de febrero), el Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
Oposición.
Curso selectivo.
1. Fase de oposición.–La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio.–Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con el temario que corresponda, tanto a la especialidad concreta elegida por el mismo como al Grupo de Temas Comunes, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 80 preguntas de las que el 50%, como mínimo corresponderán al temario de la especialidad y el resto al Grupo de Temas Comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal calificador.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal.
Segundo ejercicio.–Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los opositores de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario que corresponda a la especialidad concreta elegida por el aspirante y que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal.
Tercer ejercicio.–Constará de dos partes:
A) En la primera parte los opositores desarrollarán por escrito dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al Grupo de Temas Comunes y el otro a la Especialidad concreta elegida. Cada uno de estos temas será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de cuatro horas.
B) La segunda parte consistirá en la presentación oral, durante un tiempo máximo de quince minutos, por parte de los aspirantes, en sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y profesional en relación con las materias propias de las funciones de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la especialidad elegida.
A tal efecto, los opositores deberán entregar al Tribunal, el mismo día en que hayan sido convocados para la realización de este tercer ejercicio e inmediatamente antes de iniciar la primera parte, una memoria con su historial formativo y profesional, adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos en ella. La no presentación de dicha memoria implicará la valoración de esta segunda parte con cero puntos.
El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno podrá formular a los aspirantes preguntas sobre los temas desarrollados en la primera parte de este ejercicio o sobre otros que tengan relación con ellos; asimismo, podrá dialogar sobre el contenido de la memoria presentada y de manera especial sobre su experiencia profesional, así como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las actividades y funciones propias de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, siendo calificada la primera parte con un máximo de 30 puntos y la segunda parte con un máximo de 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal.
Ejercicio voluntario de idiomas.–Versará sobre uno o los dos siguientes idiomas:
Francés.
Inglés.
Para la realización de este ejercicio el Tribunal podrá estar asistido por especialistas en los idiomas a examinar.
Consistirá en acreditar oralmente ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de 30 minutos por cada uno de los idiomas, los conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del idioma que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.
Se calificará otorgando hasta 10 puntos por idioma, con un máximo de 20 puntos.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Curso selectivo.–Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y cuya duración máxima será de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría.
La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 20 puntos.
Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije la Comisión de Valoración.
En el curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Los aspirantes que ya fueran funcionarios antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del tercer ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de organismos Internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos.
Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
1. La administración pública del agua en España. El Consejo Nacional del Agua. Demarcaciones Hidrográficas. Comités de Autoridades Competentes.
2. Organismos de cuenca. Configuración y funciones. Órganos de gobierno, administración y cooperación.
3. La planificación hidrológica en España. El Reglamento de la Planificación Hidrológica. Los planes hidrológicos de cuenca y Plan Hidrológico Nacional. Contenido, elaboración, aprobación, seguimiento y revisión.
4. Definición y utilización de dominio público hidráulico. Usos Comunes y privativos. Comunidades de usuarios. Autorizaciones y concesiones de uso del dominio público hidráulico. Registro de aguas. Limitaciones medioambientales a las autorizaciones y concesiones.
5. Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público hidráulico. Canon de utilización, de control de vertidos, de regulación y tarifa de utilización del agua.
6. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico y sus modificaciones: protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas.
7. La autorización de vertido. Procedimiento administrativo de otorgamiento, renovación, revisión y revocación de la autorización de vertido. Supuestos de suspensión de actividades que originan vertidos no autorizados. Supuestos especiales de intervención del organismo de cuenca.
8. Declaración de vertidos. Modelos oficiales. Condicionado de la autorización de vertido. Censos de vertidos.
9. Autorización de vertidos de las entidades locales y de las Comunidades autónomas. Vertidos de núcleos aislados de población, de polígonos industriales, urbanizaciones y otras agrupaciones sin personalidad jurídica. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento. Ordenanzas municipales.
10. Procedimiento de control y vigilancia de los vertidos. Inspección de vertidos. Policía de aguas. Funciones de los agentes medioambientales, la guardería fluvial y del Seprona en la inspección y vigilancia de los vertidos.
11. Entidades colaboradoras de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de la calidad de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público hidráulico. Título y Registro especial. Actuación de las entidades colaboradoras. Régimen jurídico.
12. Procedimientos de actuación de las entidades colaboradoras. Acreditaciones exigidas para poder obtener el título de entidad colaboradora de la administración hidráulica. Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 y 17020. Instrucción técnica complementaria sobre determinaciones químicas y microbiológicas.
13. Infracciones y sanciones por vertidos de aguas residuales. Intervención de la administración hidráulica ante vertidos no autorizados o que incumplen el condicionado de la autorización. Valoración de daños al dominio público hidráulico. Infracciones constitutivas de delito o falta.
14. Procedimientos de actuación ante casos de vertidos accidentales. Coordinación en el Organismo de cuenca y con otras administraciones. Medidas correctoras y de seguimiento.
15. Régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.
16. Gestión de la calidad de las aguas de baño. Legislación europea y española. Funciones de las autoridades competentes.
17. Normativa europea y española sobre demarcaciones hidrográficas. Descripción, usos, presiones e incidencias antrópicas significativas. Los objetivos medioambientales de las aguas y el programa de medidas.
18. Directiva 2006/118/CE relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. Evaluación del estado químico de las aguas subterráneas. Determinación e inversión de tendencias significativas. Medidas para prevenir o limitar las entradas de contaminantes.
19. Contaminación de las aguas. Contaminantes, sustancias peligrosas, preferentes y prioritarias. Propiedades de las sustancias orgánicas: la persistencia, toxicidad y bioacumulación. Contaminantes emergentes.
20. Contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas en aguas continentales. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista l y de Lista II. Sustancias preferentes. Directiva 2008/105/CE relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas.
21. La gestión de los vertidos mediante el enfoque combinado en la normativa europea y nacional. Gestión de vertidos en función de los límites de emisión. Desarrollo de la mejor tecnología disponible. Zona de mezcla del vertido. Impacto de aguas residuales procedentes de escorrentía de lluvia.
22. Normativa relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Autorización ambiental integrada. Funciones de la administración hidráulica.
23. Normativa relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Zonas sensibles. Declaración de las zonas sensibles. Diagnóstico de conformidad según la Directiva 91/271/CEE.
24. La eutrofización de las aguas superficiales. Concepto, características, diagnóstico y seguimiento.
25. Parámetros físicos-químicos, químicos y microbiológicos relacionados con la calidad de las aguas. Influencia en la calidad de las aguas.
26. Indicadores y elementos de calidad para la evaluación del estado de las aguas. Definición, propiedades y regulación a través de la legislación europea y nacional.
27. Diseño del muestreo para el control del condicionado de la autorización. Mediciones in situ de calidad de aguas. Equipos y material de campo. Condiciones de seguridad del muestreador. Instrumentación, manejo y mantenimiento. Documento de referencia de principios generales de monitorización de vertidos.
28. Toma de muestras de aguas naturales y residuales. Tipo de muestreadores. Sistemas de medición de caudal. Tipos de muestras. Cadena de custodia. Conservación y transporte de las muestras en función de los parámetros a medir.
29. Protocolos de muestreo y análisis para fitoplancton, fitobentos, macrófitos, invertebrados bentónicos e ictiofauna. Toma de muestras de sedimento. Conservación y transporte de muestras.
30. Protección de las aguas frente a la contaminación agraria. Legislación europea e incorporación a la legislación española. Aguas afectadas. Zonas vulnerables. Programas de acción. Código de buenas practicas agrarias.
31. Normativa europea y española de aguas relativa a las Zonas protegidas. Requerimientos de calidad.
32. Evaluación del estado de las aguas. Programas de seguimiento del estado de las masas de agua superficial, subterránea y zonas protegidas. Redes de control existentes.
33. Sistemas de información geográfica aplicados a la gestión de vertidos y la gestión de los recursos hídricos. El Sistema de Información del Agua para Europa (WISE).
34. Pre-tratamientos y tratamientos físico-químicos y biológicos de las aguas residuales.
35. Tratamientos terciarios de efluentes urbanos.
36. Tecnologías de bajo coste en la depuración de aguas residuales en pequeñas poblaciones.
37. Gestión de fangos y lodos generados en una estación depuradora de aguas residuales. Naturaleza. Tratamiento. Deshidratación, secado e incineración. Destino final.
38. Reutilización de fangos procedentes de una estación depuradora de aguas residuales urbanas. Normativa Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales.
39. Reutilización de efluentes depurados. Beneficios y riesgos. Normas para el uso seguro de las aguas regeneradas. Tecnologías específicas para la regeneración de efluentes.
40. Aguas residuales procedentes de la industria papelera. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
41. Aguas residuales procedentes de la industria siderúrgica, metales ferrosos y no ferrosos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
42. Aguas residuales procedentes de la industria de tratamientos de superficie. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
43. Aguas residuales procedentes de la industria textil y curtidos. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
44. Contaminación causada por la ganadería y las granjas de producción ganadera en las aguas continentales. Aguas residuales procedentes de la industria agroalimentaria y de mataderos. Legislación, origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
45. Vertidos de piscifactorías y de aguas de refrigeración de centrales de producción de energía. Origen, características, tratamiento de depuración y técnicas para la minimización de residuos y emisiones.
1. Convenios internacionales surgidos de la Cumbre de Río: Convenio Marco de Cambio Climático, Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convenio de lucha contra la Desertificación. Principales características, evolución y su aplicación en España.
2. Convenios internacionales de conservación de la naturaleza: Convenios de Bonn, Berna y Ramsar. Principales características, evolución y su aplicación en España. Convenio de Washington (CITES), su aplicación en la UE.
3. El Convenio de Barcelona y Plan de Acción para el Mediterráneo. Convenio OSPAR para la protección del medio marino del Atlántico nordeste. Su aplicación a la conservación de los hábitat y especies marinas. Principales características, evolución y su aplicación en España.
4. Organismos y Programas internacionales relacionados con la conservación de la naturaleza. PNUMA, FAO, Foro Forestal de Naciones Unidas (UNFF). La UICN.
5. Normativa comunitaria en materia de Conservación de la Naturaleza. Las Directivas de aves y de hábitats. La Red Natura 2000.
6. Aplicación de la Directiva Marco del Agua a la conservación del medio natural. Registro de zonas protegidas.
7. La Agencia Europea de Medio Ambiente. La red EIONET. El Centro Temático de la Naturaleza.
8. Cooperación entre las administraciones para la conservación del medio natural: La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus Comités especializados. Órganos de participación pública: Consejo de la Red de Parques y el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad
9. La Red de Parques Nacionales. Características principales de los Parques Nacionales españoles. Representatividad de los sistemas naturales españoles.
10. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Modelos de gestión de los Parques Nacionales
11. La ordenación de los recursos naturales y la delimitación de espacios naturales protegidos. Planes de ordenación de los recursos naturales (PORN). Características principales. Potencialidad de los PORN en la ordenación y conservación del medio natural.
12. La planificación de los usos y gestión en los espacios naturales protegidos. Planes rectores de uso y gestión (PRUG). Características principales. El uso público en los espacios naturales protegidos. Técnicas de interpretación y sensibilización. Instrumentos de gestión en desarrollo de los PRUG.
13. Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en los espacios naturales protegidos. Planes de Voluntariado. Educación ambiental
14. Espacios naturales protegidos (ENP). Desarrollo legislativo. Principales figuras de protección. Situación y principales características del conjunto de los ENP en España.
15. Espacios naturales españoles integrados en redes internacionales. Reservas de la Biosfera, ZEPIM, humedales de importancia internacional (Ramsar). Espacios naturales designados como Patrimonio de la Humanidad.
16. La Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica.
17. La Estrategia Forestal Española y la Estrategia Forestal de la Unión Europea. El Plan Forestal Español y los planes forestales de las Comunidades Autónomas.
18. Multifuncionalidad de los sistemas forestales. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible de los bosques. Los sistemas de certificación forestal
19. La propiedad forestal: Clasificación y régimen jurídico de los montes españoles. Ordenación de los montes y tratamientos culturales de las masas arboladas.
20. El aprovechamiento de los recursos naturales. Las actividades cinegéticas y piscícolas. Normativas y regulación.
21. Vías Pecuarias: creación, determinación y administración. Red Nacional de Vías Pecuarias. Recuperación de las vías pecuarias, su adecuación a los usos compatibles y complementarios.
22. Mejora y conservación de los recursos genéticos forestales. Criterios para la elaboración de programas específicos. Producción y comercialización de material forestal de reproducción. Legislación vigente. Comercio interior e internacional.
23. La sanidad forestal: Principales plagas y enfermedades de los ecosistemas forestales españoles. El impacto de los eventos climáticos extremos, la contaminación atmosférica y el cambio climático. Redes europeas de seguimiento del estado sanitario de las masas forestales.
24. La erosión del suelo y la desertificación. La restauración hidrológico-forestal: Principios generales y objetivos. Sistema corrector de cuencas. Trabajos de restauración de la cubierta vegetal. Trabajos de corrección de cauces.
25. La lucha contra los incendios forestales. Técnicas de prevención y extinción. Instrumentos jurídicos y administrativos para la coordinación en la lucha contra incendios forestales.
26. El medio físico en España. Las regiones biogeográficas y los pisos bioclimáticos españoles.
27. Los ecosistemas españoles de bosques caducifolios y de coníferas. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes.
28. Los ecosistemas españoles de bosques esclerófilos. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes.
29. Los ecosistemas españoles de alta montaña. Los ecosistemas esteparios y de cultivos. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes.
30. Los ecosistemas de la región macaronésica. Distribución. Características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes.
31. Los humedales españoles. Tipología, distribución, características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. El Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales.
32. Los ecosistemas fluviales españoles. Definición, tipología y características. Estado de conservación y factores condicionantes.
33. Los ecosistemas marinos españoles. Tipología y características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes.
34. Las formaciones costeras de playas y dunas. La dinámica litoral. Perfil de equilibrio de las playas. La erosión costera: Causas y correcciones.
35. Las aguas subterráneas. Principales características de los acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en relación con la diversidad biológica.
36. Dominio público hidráulico y marítimo terrestre. Elementos que los determinan, su naturaleza jurídica. Importancia para la conservación del medio natural.
37. Principales impactos ambientales de los proyectos relativos a gestión de aguas, desalación de agua del mar y proyectos portuarios y costeros. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
38. Principales impactos ambientales de los proyectos de infraestructuras de transporte: Carreteras, ferrocarriles y aeropuertos. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
39. Principales impactos ambientales de los proyectos energéticos y de transporte de gas y electricidad. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
40. Los Sistemas de Información Geográfica (GIS).Concepto, tipos, potencialidades. Fuentes de información. Aplicación a la gestión del medio natural y la ordenación territorial.
41. Conservación de especies silvestres. Catálogos nacionales y autonómicos de especies amenazadas. Planes y técnicas de recuperación.
42. Especies introducidas: principales taxones e interés para su conservación. Las especies exóticas invasoras: El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, principales taxones, causas de la invasión, problemas ambientales y lucha contra ellas.
43. La conservación ex situ de la diversidad biológica. Parques Zoológicos y Jardines Botánicos. Cría en cautividad. Bancos de germoplasma y de células somáticas. La clonación.
44. Acceso a los recursos genéticos y distribución de beneficios. Los conocimientos tradicionales aplicables a la conservación de la biodiversidad.
45. El Banco de Datos de la Biodiversidad. Inventario Forestal Nacional, Inventario Nacional de Biodiversidad, Inventario Nacional de Erosión de Suelos.
1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.
2. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
3. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. El refrendo.
4. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
5. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
6. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: los Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. Órganos Territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno.
7. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: regulación constitucional. Provincias, Municipios y otras Entidades de la Administración Local.
8. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
9. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. Principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Los recursos administrativos. Naturaleza, extensión y límites de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
10. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución.
11. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades
12. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
13. La organización central y periférica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La administración en el exterior del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Los Organismos públicos: Organismos autónomos, entidades públicas empresariales, Agencias y sociedades del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. Fundaciones participadas por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o por sus organismos y sociedades.
14. Protección y gestión de la costa de España. Principios y objetivos de la Ley de Costas de 1988. Líneas maestras de la política de costas del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
15. La Administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo..
16. Legislación reguladora del Medio Natural: La Ley 42/2007, 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. La Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones.
17. Normativa sobre calidad y evaluación ambiental: Tipos, orígenes y características de la contaminación. La contaminación atmosférica: Normativa reguladora. La contaminación acústica: fuentes, tipos y medidas de prevención. La Evaluación Ambiental: Normativa Reguladora. La planificación en materia de residuos
18. El cambio climático. Respuesta internacional ante el cambio climático: La Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y el Protocolo de Kioto. Los mecanismos de flexibilidad. Respuesta europea: La estrategia europea de cambio climático. El régimen de comercio de derechos de emisión. Respuesta española ante el cambio climático
19. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
20. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Régimen jurídico de la Dependencia: objeto, principios, titulares y procedimiento de reconocimiento de derechos, prestaciones y catálogo de servicios.
Tribunal titular:
Presidente: D. Juan Carlos Merida Fimia, Cuerpo de Ingenieros de Montes.
Secretario: D. José Jiménez Quintas, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales: D.ª Alejandra Puig Infante, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA; D.ª M.ª Concepción Sanz Martín, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA; D. Isaac Sánchez Navarro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA; D.ª Carmen Coleto Fiaño, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA; D. Aurelio Centellas Bodas, Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales; D. David Poderoso Godoy, Cuerpo de Ingenieros de Montes; D.ª Lucía Campos Zambrano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Tribunal suplente:
Presidenta: D.ª Ana Rodríguez Cruz, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretaria: D.ª Marta Coll de la Vega, Cuerpo de Gestión de la AGE.
Vocales: D Manuel Toran Busutil, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado; D.ª Clara Isabel Blanco Collado, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA; D.ª M.ª José Valverde López, Cuerpo Ingenieros Técnicos de Obras Públicas; D. José Juan Porras Luque, Cuerpo de Ingenieros de Montes; D. Jesús Serrada Hierro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA; D. Tomás Nebot Domínguez, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado; D.ª Isabel Lombardero Lasarte, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente», Código 5913.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad por la que se opte de entre las previstas en la base 1 de esta convocatoria.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino», Código 47851.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4.
En el recuadro 25, apartado B, se consignará el idioma o idiomas elegidos por el aspirante (idiomas a que se refiere el apartado 1 del anexo I).
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 21,12 € y para las familias numerosas de categoría general 10,56 €.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0049/6645/56/2010000790 (código IBAN: ES47, código BIC:BSCHESMMXXX) del Banco Santander Central Hispano, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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