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Documento BOE-A-2009-8715

Resolución de 24 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2009, del crédito de 49.650.000 euros para el plan PROA, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 26 de mayo de 2009, páginas 43913 a 43914 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-8715

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 3 de abril de 2009, ha adoptado el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2009, del crédito de 49.650.000 euros para el plan PROA, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 24 de abril de 2009.–La Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, Eva Almunia Badía.

ANEXO
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2009, del crédito de 49.650.000 euros para el plan PROA, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el Anexo, los compromisos financieros resultantes del acuerdo adoptado en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, en la reunión celebrada el día 25 de febrero de 2009, en relación con los criterios de distribución territorial, así como a las distribuciones resultantes, del crédito de 49.650.000 euros destinado al Plan PROA, que corresponde a la aplicación presupuestaria 18.06.322G.450.

ANEXO

Las cantidades distribuidas por aplicación del presente Acuerdo se destinarán a la financiación del Plan PROA en las diferentes comunidades autónomas y deberán ser completadas con una aportación igual por parte de cada una de las comunidades autónomas receptoras. La ejecución de los créditos resultantes del presente Acuerdo se realizará tras la suscripción de los correspondientes convenios o de las adendas a los convenios ya suscritos.

La distribución resultante estará condicionada al acuerdo con cada una de las administraciones en relación con el número de centros que participen en cada uno de los programas del Pan PROA. En el caso de que el número de centros asumidos por alguna de ellas no alcanzara el que resulta de la distribución, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte asignará las cantidades sobrantes a otras comunidades autónomas que manifiesten su intención de asumir un aumento superior.

Criterios de distribución

La distribución del crédito se realiza de modo que en cada Comunidad Autónoma se puedan mantener los centros ya incorporados en años anteriores a alguno de los programas del Plan PROA.

El remanente se distribuye con los siguientes criterios:

a. Número de alumnos de Educación primaria y de Educación secundaria obligatoria escolarizados en centros públicos. Ponderación: 30%.

b. Número de alumnos que no obtienen la titulación en Educación secundaria obligatoria. Ponderación 50%.

c. Número de centros públicos de Educación primaria y de Educación secundaria. Ponderación 20%.

Distribución resultante

La aplicación de los criterios indicados da como resultado la distribución que se refleja en la siguiente tabla, que contiene las cantidades en euros.

 

Euros

Andalucía

14.146.973

Aragón

1.418.663

Asturias (Principado de)

869.816

Illes Balears

633.853

Canarias

2.992.372

Cantabria

621.205

Castilla-La Mancha

2.779.766

Castilla y León

2.948.703

Cataluña

6.738.069

Comunitat Valenciana

5.451.110

Extremadura

1.757.732

Galicia

3.131.995

Madrid (Comunidad de)

3.858.111

Murcia (Región de)

1.915.388

La Rioja

386.245

La financiación del Plan PROA correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra, se realizará de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional novena del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre, en la redacción modificada mediante la Ley 48/2007, de 19 de diciembre. Del mismo modo, la financiación correspondiente al País Vasco se lleva a cabo de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera de la Metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011, aprobada por la Ley 29/2007, de 25 de octubre.

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