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Documento BOE-A-2009-8771

Orden TIN/1319/2009, de 13 de mayo, por la que se publica la relación definitiva de aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, convocado por Orden TIN/2177/2008, de 17 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2009, páginas 44035 a 44037 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-8771

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TIN/2177/2008, de 17 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio), se convocan pruebas selectivas para ingreso por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Finalizada la fase de oposición, al objeto de dar cumplimiento en lo previsto en los apartados Uno.2 y Dos.2 del Anexo I de la convocatoria, y de conformidad con el artículo 22.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como de conformidad con el apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» de 27 de noviembre), se hace pública como Anexo I a esta Orden la relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición, por orden de puntuación total, haciendo constar igualmente las calificaciones parciales obtenidas.

Primero. Presentación de documentos.–Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, para presentar en el Registro del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, n.º 73, 28027 de Madrid, o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria, o, en su caso, certificación académica de haber realizado a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, todos los estudios necesarios para su obtención.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme modelo que se adjunta como Anexo II.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el acceso o el ejercicio de la función pública, según modelo que se adjunta como Anexo III.

c) Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación en las pruebas convocadas.

d) Los aspirantes que se hayan presentado por el turno libre deberán presentar certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad de la solicitud inicial.

Segundo.–Funcionarios en prácticas.

A) Por orden de la autoridad convocante se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En dicha Orden se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, así como la fecha de inicio del Curso Selectivo.

B) Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, salvo que opten por las del Cuerpo de que proceden. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino.

C) Concluido el proceso selectivo para quienes lo hubiesen superado y durante el desarrollo del Curso Selectivo, la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración, ofertará los puestos de trabajo cuya cobertura se considere conveniente en atención a las necesidades de los servicios.

D) Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la Subsecretaria de Trabajo e Inmigración.

Quienes no pudieran realizar el Curso Selectivo por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, asignándosele el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar asimismo, desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 regla segunda de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Madrid, 13 de mayo de 2009.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden TIN/1540/2008, de 30 de mayo), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.

 
ANEXO I
Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
(Orden TIN/2177/2008, de 17 de julio, «BOE» del 24)

Forma de Acceso: Turno libre.

 

D.N.I.

Nombre y apellidos

Forma
de acceso

Primer
ejercicio

Segundo
ejercicio

Tercer
ejercicio

Cuarto
ejercicio

Total

33.532.584

Antonio Merayo Sánchez.

Libre

8,32

9,12

7,12

6,00

30,56

51.422.794

Luis Rey-Stolle Prado.

Libre

5,56

10,34

7,35

4,00

27,25

52.973.965

Diana Torremocha García.

Libre

6,82

6,15

8,08

5,00

26,05

71.926.612

María Luz Galiana Blanco.

Libre

5,01

7,18

6,00

7,08

25,27

Forma de acceso: Promoción interna.

D.N.I.

Nombre y apellidos

Forma
de acceso

Primer
ejercicio

Segundo
ejercicio

Tercer
ejercicio

Cuarto
ejercicio

Concurso

Total

30.578.706

Ibón Unzueta Estébenez.

Promoción
interna.

Exento

7,60

6,50

6,50

8,70

29,30

12.396.274

Isaac Abril Muñoz.

Promoción
interna.

Exento

7,60

6,75

6,75

6,95

27,51

ANEXO II

Don ..............................................................., con domicilio en ............................................................, y documento nacional de identidad número .....................................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ......................................., a .......... de ........................... de 200.........

 

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