La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2009 y el mes de enero de 2010 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2008.
En virtud de dicha autorización, la Resolución de 21 de enero de 2009 de esta Dirección General reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2009 y el mes de enero de 2010, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año.
Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el segundo trimestre de 2009, es necesario fijar las características de los Bonos del Estado a cinco años que se pondrán en circulación en el próximo mes de junio y convocar la correspondiente subasta. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia que se viene emitiendo y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.
Por otra parte, según se autoriza en el apartado 5.3.2. de la Orden EHA/3877/2008, se ha considerado oportuno, tras consulta a los Creadores de Mercado, no convocar la subasta ordinaria de Obligaciones del Estado prevista para el próximo 18 de junio, en el calendario del apartado 1. de la Resolución de 21 de enero de 2009.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/3877/2008, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de junio de 2009 la emisión de Bonos del Estado denominados en euros que se indica en el apartado 2. siguiente y convocar la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, en la Resolución de 21 de enero de 2009 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos del Estado en euros que se emiten.
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 22 de septiembre de 2008, de esta Dirección General, para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 4,25 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2014, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 31 de enero de 2010.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables.
3. La subasta tendrá lugar el próximo día 4 de junio, conforme al calendario hecho público en el apartado 1. de la Resolución de 21 de enero de 2009, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a la subasta se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/3877/2008, es el 1,50 por 100.
4. La segunda vuelta de la subasta, a la que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollará entre la resolución de la subasta y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en la subasta que se convoca se pondrán en circulación el día 9 de junio próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada en el apartado 1. de la Resolución de 21 de enero de 2009 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en la subasta, se incluye tabla de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos del Estado cuya emisión se dispone, calculada de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre.
7. De acuerdo con la autorización del apartado 5.3.2 de la Orden EHA/3877/2008, y tras consulta a los Creadores de Mercado, se ha considerado oportuno no convocar la subasta ordinaria de Obligaciones del Estado prevista para el día 18 de junio de 2009, en el calendario publicado en el apartado 1 de la Resolución de 21 de enero de 2009, de esta Dirección General.
Madrid, 22 de mayo de 2009.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
---|---|
104,50 |
3,190 |
104,55 |
3,178 |
104,60 |
3,167 |
104,65 |
3,155 |
104,70 |
3,144 |
104,75 |
3,133 |
104,80 |
3,121 |
104,85 |
3,110 |
104,90 |
3,099 |
104,95 |
3,087 |
105,00 |
3,076 |
105,05 |
3,064 |
105,10 |
3,053 |
105,15 |
3,042 |
105,20 |
3,031 |
105,25 |
3,019 |
105,30 |
3,008 |
105,35 |
2,997 |
105,40 |
2,985 |
105,45 |
2,974 |
105,50 |
2,963 |
105,55 |
2,951 |
105,60 |
2,940 |
105,65 |
2,929 |
105,70 |
2,918 |
105,75 |
2,906 |
105,80 |
2,895 |
105,85 |
2,884 |
105,90 |
2,873 |
105,95 |
2,862 |
106,00 |
2,850 |
106,05 |
2,839 |
106,10 |
2,828 |
106,15 |
2,817 |
106,20 |
2,806 |
106,25 |
2,794 |
106,30 |
2,783 |
106,35 |
2,772 |
106,40 |
2,761 |
106,45 |
2,750 |
106,50 |
2,739 |
106,55 |
2,727 |
106,60 |
2,716 |
106,65 |
2,705 |
106,70 |
2,694 |
106,75 |
2,683 |
106,80 |
2,672 |
106,85 |
2,661 |
106,90 |
2,650 |
106,95 |
2,639 |
107,00 |
2,628 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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