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Documento BOE-A-2009-9023

Resolución de 8 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Construcción de la adecuación del embalse de Arenos, Castellón.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2009, páginas 45689 a 45701 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-9023

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado k, grupo 9, del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

a) Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación.–El objeto del presente proyecto es adecuar el embalse de Arenós para recuperar un nivel de explotación adecuado y adaptarse a las exigencias del Reglamento Técnico de Seguridad de Presas. Para ello será necesario realizar una serie de obras de reparación y/o modificación de los dispositivos de regulación y control del vertido aguas abajo, de modo que permitan tener una disponibilidad adicional de 15 hm3/año. Este proyecto ha sido promovido por ACUAMED (Aguas de las Cuencas Mediterráneas). El órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Júcar.

b) Localización.–La presa de Arenós se encuentra en el río Mijares, en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar. El río Mijares nace en la sierra de Gúdar, en la provincia de Teruel y es la principal aportación al embalse de Arenós. El embalse se sitúa al oeste de la provincia de Castellón, entre las poblaciones de Montanejos y Puebla de Arenoso.

c) Descripción sintética.–Las actuaciones pretenden optimizar la capacidad de la presa para luchar frente a avenidas de periodos de retorno (T) de 1.000 y 10.000 años, además de permitir, en condiciones de seguridad, el restablecimiento de la capacidad para la que fue diseñada, permitiéndola tener un disponibilidad adicional de unos 15 hm3 anuales.

La presa es de materiales sueltos y su impermeabilidad se consigue mediante un núcleo de arcilla inclinado aguas arriba. El núcleo queda protegido por un manto de escollera.

La planta de la presa es ligeramente curva, con la concavidad hacia aguas abajo y un radio de 750 m. Tiene una longitud de 428 m en planta y una altura máxima sobre cimientos de 107,0 m.

Respecto a las características del embalse, se destaca:

Nivel máximo normal (N.M.N.) 600,00 m.s.n.m.

Nivel para la avenida de proyecto (N.A.P.) 601,50 m.s.n.m.

Nivel para la avenida de extrema (N.A.E.) 603,00 m.s.n.m.

Nivel mínimo de explotación 525,50 m.s.n.m.

Volumen de embalse (N.M.N.) 137,26 hm³.

Las actuaciones se centran fundamentalmente en las obras de reparación y/o modificación de los dispositivos de regulación y control del vertido aguas abajo:

1. Actuaciones en los aliviaderos existentes para mejorar la capacidad de desagüe en momentos de avenida y asegurar la capacidad de almacenamiento.

Modificación y mejora del aliviadero primitivo mediante la modificación de la embocadura y la construcción de un marco en el canal de descarga.

Cierre del aliviadero existente en el collado de margen izquierda.

2. Instalación de un sistema de auscultación de las laderas de la margen izquierda, frente a Puebla de Arenoso.

Los elementos de auscultación existente en las zonas indicadas consisten en sondeos con tubos inclinométricos y piezométricos. Se implantará un sistema automático de auscultación de movimientos de superficie. Este sistema se fundamenta en la implantación de GPS con lecturas automáticas, capaz de medir desplazamientos con una precisión centimétrica. Los puntos de auscultación propuestos se han distribuido de manera que se complementen con la auscultación ya existente.

3. Ejecución de un dispositivo nuevo que permita evacuar el caudal de avenida en condiciones de seguridad.

Para que sea posible aliviar la avenida de periodo de retorno (T) de 10.000 años sería necesaria la construcción de un nuevo dispositivo con capacidad de desaguar aproximadamente 2.700 m3/s.

4. Adecuación y mejora de elementos de la presa: accesos, barandillas, escaleras, tomas de agua, electricidad, etc.

5. Impermeabilización en galería de margen derecha.

d) Alternativas.

d.1 Alternativas estudiadas para el aliviadero primitivo.–Este aliviadero fue diseñado para evacuar un caudal de 1300 m3/s pero tiene problemas tanto desde el punto de vista hidráulico, como desde el punto de vista estructural. Actualmente los riesgos son inaceptables, incluso para caudales muy por debajo de su caudal de diseño.

Se contemplan las siguientes alternativas:

Alternativa 1: Reducción de la capacidad de desagüe hasta valores del orden de 400 m3/s.

Alternativa 2: Aumento de la capacidad de desagüe hasta valores del orden de 1.400 m3/s. En este sentido se plantea la modificación de la zona de aproximación a la embocadura, de la embocadura y del canal de descarga. Las únicas modificaciones que contemplan alternativas son las relativas a las del canal de descarga:

Alternativa 2.1: Rebaje de la cota de los labios laterales del aliviadero hasta la cota del central y reconstrucción de solera y cajeros respetando la anchura actual.

Alternativa 2.2: Rebaje de la cota de los labios laterales del aliviadero hasta la cota del central y ejecución completa de solera y cajeros con aumento de anchura.

Alternativa 2.3: Rebaje de la cota de los labios laterales del aliviadero y construcción de un marco en el canal de descarga actual.

La alternativa de reducción de la sección, aunque favorece la seguridad estructural del canal disminuye la capacidad de desagüe, uno de los objetivos planteados para la mejora de la infraestructura.

La alternativa que más interesa es aquella que menos actúe sobre la ladera de la margen izquierda. Las alternativas 2.1 y 2.2 supondrán intervención en la ladera ya sea mediante la ejecución de anclajes o mediante el ensanchamiento del canal. Por tanto, se selecciona la opción de construir un marco en el canal (alternativa 2.3). De este modo, se conseguirá la mayor capacidad posible del aliviadero primitivo, a la vez que se asegurará la estabilidad de la ladera y la suya propia sin el empleo de anclajes. Además, para evitar que el caudal desaguado afecte a la estabilidad de la ladera en la margen derecha se construirá un elemento deflector para la reorientación de caudal.

d.2 Alternativas estudiadas para el aliviadero de collado.–Este aliviadero se construyó en su día porque se consideró útil para aumentar la capacidad de evacuación de la presa. No obstante, las condiciones morfológicas y topográficas existentes, hacen posible que parte de los caudales, que en teoría deberían ser canalizados por este órgano de desagüe, lo superen, pudiéndose llegar a producir un proceso erosivo que, favorecido por las características de los materiales (muy erosionables), podría dar lugar, en última instancia a la inutilización como órgano de desagüe, al menos parcialmente, al propio aliviadero.

La posible entrada en funcionamiento del aliviadero (o en caso de cierre del collado, de desbordamiento de la estructura allí levantada) ha planteado ciertas dudas sobre los efectos que tendría sobre el barranco al que desagua, en especial en lo referido a la estabilidad de las laderas de su cauce y al volumen de materiales arrastrados.

Ante esta situación se plantean las siguientes alternativas de actuación:

Alternativa 1: Dique aliviadero fusible.

Alternativa 2: Construcción presa de cierre del collado.

Alternativa 3: Acondicionamiento de aliviadero.

Emplear el collado como aliviadero supone un riesgo añadido, no sólo por la seguridad de la propia infraestructura, sino porque no se sabe como respondería el barranco aguas abajo ante un vertido por avenida.

Tanto la alternativa 1 como la 3 contemplan el mantenimiento del uso del aliviadero, mientras que la alternativa 2 plantea su cierre mediante la construcción de un dique. A raíz del estudio de alternativas del aliviadero de Collado elaborado en septiembre de 2005 y considerando factores funcionales, ambientales y económicos se seleccionó la alternativa 2 (construcción de presa de cierre del collado), que contempla la ejecución de una presa de materiales sueltos con núcleo impermeable, formado por una pantalla de cemento-bentonita.

La ejecución de una presa de materiales sueltos impedirá el vertido de caudales en situación extrema de avenida por el área de desagüe del barranco de Jau evitando así posibles problemas geotécnicos y ambientales. Sobre la coronación del dique de cierre se habilitará un camino para permitir el acceso y mantener la permeabilidad con una pista forestal próxima.

d.3 Alternativas estudiadas para el dispositivo adicional de evacuación de caudal de avenida.–Para que sea posible aliviar la avenida de periodo de retorno (T) de 10.000 años sería necesaria la construcción de un nuevo dispositivo con capacidad de desaguar aproximadamente 2.700 m3/s.

Alternativa 1. Construir un aliviadero adicional, con las mismas características del aliviadero principal. El caudal máximo desaguado es de 1.740 m3/s para la avenida de 10.000 años.

Se contemplan dos posibilidades de ubicación, siendo en ambos caso su trazado sensiblemente paralelo al aliviadero principal.

Alternativa 1.1 Aliviadero adicional norte ubicación en planta: Entre la toma intermedia de riego y el desagüe de fondo. La restitución del río se produce después del estrechamiento que presenta el cauce del río Mijares.

Alternativa 1.2 Aliviadero adicional sur ubicación en planta: Entre la toma de riego inferior y la galería de aireación. La restitución del río se produce antes del estrechamiento que presenta el cauce del río Mijares.

Alternativa 2. Construcción de un desagüe intermedio.–Se propone la ejecución de un desagüe intermedio que recoja el agua en el vaso y la dirija a través de un túnel al punto de vertido, en el mismo paredón en el que se encuentra la salida del aliviadero principal y aguas arriba de él. La capacidad máxima de desagüe estaría entorno a 1.200 m3/s.

 

Se contemplan dos alternativas:

Alternativa 2.1 Desagüe intermedio norte.

Alternativa 2.2 Desagüe intermedio sur.

La afección al río Mijares se presenta como uno de los principales factores de rechazo de construcción del aliviadero adicional porque, mientras que el vertido del desagüe intermedio tendrá lugar en la plataforma de la antigua cantera, el aliviadero verterá en el recodo del río Mijares con afección directa sobre el cauce. Además, los trabajos de construcción para el aliviadero adicional supondrán una mayor eliminación de vegetación que para el caso de construcción del desagüe ya que en la cantera no existe apenas cobertura vegetal.

Por tanto, la solución aceptada es la construcción de un desagüe intermedio, en concreto por motivos técnicos y funcionales, se selecciona el desagüe intermedio sur (alternativa 2.2). Una vez finalizados los trabajos se repondrá el terreno a su situación original.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

El área de la actuación coincide con la Red Natura 2000 (LIC curs alt del riu Millars, ES5222004). Aguas abajo de la presa existen diversos hábitats de interés comunitario, ninguno de ellos considerados como prioritario. En las proximidades de Montanejos y en una zona de barrancos es relevante señalar la microrreserva barranco de Maimona y, fuera del término municipal y en dirección sureste, se encuentran los límites del parque natural Sierra de Espadaña.

Por otro lado, el embalse de Arenós se localiza en la zona de amortiguación de impactos del PORN parque natural de la Sierra de Espadán (zonificada como área natural).

Respecto a especies, destacan por su relevancia, además de una notable variedad de rapaces, las asociadas al río. Las especies más relevantes en la zona de estudio son: «Cinclus cinclus» (mirlo acuático), «Hieraaetus fasciatus» (águila perdicera), «Streptopelia turtur» (tórtola común), «Lutra lutra» (nutria), «Rhinolophus ferrumequinum» (murciélago grande de herradura), «Felis silvestres» (gato montés).

Las especies limitantes para las obras, que se han podido observar directamente en la zona son: «Aquila chrysaetos» (águila real), «Gysp fulvus» (buitre leonado), «Hieraaetus Fasciatus» (águila perdicera) y «Capra Pyrenaica» (cabra montés). A excepción del águila real, el esto de especies comienzan su periodo reproductivo a través de la fase del celo en noviembre o en diciembre y dura hasta junio o finales de julio con la fase de cría.

La mayor parte de las orillas del embalse y del municipio de Puebla de Arenoso están ocupadas por masas de Pinus halepensis mezclado en algunas casos con Pinus pinaster y de repoblación.

3. Resumen del proceso de evaluación

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial.–Con fecha 7 de diciembre de 2005, tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental del proyecto con las principales característas de la solución prevista.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.–Con fecha 25 de enero de 2006 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental comienza la fase de consultas previas, solicitando opinión a un total de dieciocho entidades pertenecientes a la Administración General del Estado, a la Autonómica y a la Local, así como a distintas asociaciones y centros especializados. El siguiente cuadro muestra los organismos consultados, señalando aquellos de los que se ha recibido respuesta:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente.

X

Subdelegación del Gobierno en Castellón.

X

Confederación Hidrográfica del Júcar.

X

Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería del Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería del Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Diputación Provincial de Castellón.

Ayuntamiento de Montanejos.

Ayuntamiento de Puebla de Arenoso.

X

Instituto de Ingeniería del Agua y Medio Ambiente. Universidad Politécnica de Valencia.

Cátedra de Geología Aplicada a las Obras Públicas. Universidad Politécnica de Valencia.

Departamento de Biología Animal. Universidad de Valencia.

ADENA

Ecologistas en Acción

Greenpeace

Accio Ecologista Agro. La Casa Verde

Asociación Protectora de la Naturaleza Levantina (APNAL)

Colla Ecologista de Castelló

SEO

A continuación se reflejan los principales aspectos de los informes recibidos de los organismos consultados en esta fase:

Desde la Dirección General de Biodiversidad se ponen de manifiesto las cuestiones:

Existe un potencial impacto sobre la fauna durante la fase de obras ya que esta puede dar lugar a desplazamientos de la misma, no estando asegurado su retorno.

Existe un potencial impacto sobre el LIC estrecho del río Mijares, receptor de afecciones indirectas, principalmente sobre la avifauna e ictiofauna.

Existe un potencial impacto sobre especies arbóreas como consecuencia de la obra del puente de acceso a la galería de aireación y en el cierre definitivo del aliviadero del collado.

Desde la Dirección General de Gestión del Medio Natural se considera necesario que se lleve a cabo un proyecto de restauración de las zonas afectadas, con el asesoramiento de los servicios técnicos de la Dirección Territorial de Castellón de la Consejería del Territorio y Vivienda.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado.–El proyecto y el estudio de impacto ambiental fueron sometidos por la Confederación Hidrográfica del Júcar a información pública por un período de 30 días, con inserción del anuncio correspondiente en el boletín Oficial del Estado (del 1 de noviembre de 2007) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón (del 3 de noviembre de 2007). No se ha recibido ninguna alegación durante este periodo.

La nota anuncio fue remitida, para su publicación, a los ayuntamientos cuyos términos municipales pueden verse afectados.

b) Consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado.–Con fecha 22 de abril de 2008, la Confederación Hidrográfica del Júcar, como órgano sustantivo, consulta a las Administraciones públicas afectadas, en aplicación de los artículos 9.3 y 9.5 del Real Decreto 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, sin que se reciba respuesta alguna.

El expediente de información pública junto con el estudio de impacto ambiental se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 16 de julio de 2008.

Dado que el vaso y presa de Arenós están incluidos en el LIC curs alt del riu Millars, se considera que es necesario el pronunciamiento, como mínimo, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, por ser el organismo gestor de tal espacio. Por otro lado, las actuaciones afectan al Plan de Ordenación de Recursos Naturales del parque natural de la Sierra del Espadán, circunstancia ésta que debe ser evaluada convenientemente, y que no se había contemplado en el estudio de impacto ambiental.

En este sentido, se comunica al órgano sustantivo la necesidad de contar con el pronunciamiento de dicho organismo.

Con fecha 16 de febrero de 2009 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental un informe en el que se incluyen los siguientes informes:

Informe del servicio de residuos Urbanos de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

Informe del área de evaluación ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

Informe del área de espacios naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

Los principales aspectos de los informes recibidos son:

Se deberá tener en cuenta el PORN del Parque Natural de la Sierra de Espadán. Las extracciones y préstamos se deberán adaptar a lo establecido en dicho Plan.

Se deberá efectuar una inspección previa con suficiente antelación de las zonas de actuación y su entorno para adoptar, con la supervisión de los servicios técnicos de la Dirección Territorial de Castellón de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, caso de ser necesario, medidas preventivas y correctoras respecto a la fauna y vegetación.

Se incluirá un calendario de previsión de obra que contemple las limitaciones relativas a la reproducción y cría de fauna.

El proyecto de restauración se deberá realizar con el asesoramiento y supervisión de los servicios técnicos Dirección Territorial de Castellón de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

Se deberá evaluar la afección a vegetación y fauna en la zona de la cola del embalse como consecuencia del aumento del período de inundación.

Se deberá de solicitar informe tanto a la Consejería de Cultura como la Dirección General del Paisaje.

Respecto a la integración paisajista y la solitud de informe a la Dirección General de Paisaje de la Generalitat Valenciana prevista por el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana (Decreto 120/2006, de 11 de agosto, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana) hay que indicar que el traslado de contestaciones al promotor para la elaboración del estudio de impacto ambiental se realizó con anterioridad a la entrada en vigor del citado Reglamento. No obstante el impacto sobre el paisaje del proyecto será convenientemente corregido con las medidas propuestas por el promotor y las establecidas en la presente Declaración de Impacto Ambiental.

c) Modificaciones introducidas por el promotor en proyecto y estudio tras su consideración.–El promotor ha estudiado los reparos y propuestas reflejados en los informes de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat:

Tras estudiar el PORN de la Sierra de Espadán, se concluye que las actuaciones proyectadas son compatibles con lo establecido en dicho Plan. Además, se emite informe favorable desde el Área de Espacios Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

En el estudio de impacto ambiental se señala la procedencia de todos los préstamos y vertederos.

Los trabajos previos de inspección previa se coordinarán con los técnicos de la Dirección Territorial de Castellón.

Se establece un calendario de previsión de obra.

Previo al inicio de las obras se realizarán itinerarios faunísticos para detectar la presencia de fauna.

Considerando únicamente las limitaciones de la fauna, el periodo óptimo para realizar la voladuras es durante los meses de agosto, septiembre y octubre y, considerando únicamante el peligro de incendio, el momento óptimo para realizar la voladuras es en los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero. Teniendo en cuenta que las voladuras se llevarán a cabo en áreas con escaso combustible forestal, se entiende que no existe un riesgo de incendio significativo, aunque estas voladuras se realicen durante los meses de agosto, septiembre y octubre. En el caso de que las voladuras se lleven a cabo durante los meses de noviembre y diciembre, se deberá contar con la supervición de la Consejería de Medio Ambinete, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Velenciana.

En el caso de identificar nidos de aguila, se seguirá el protocolo de actuación descrito en el estudio de impacto ambiental.

Respecto al resto de actividades de obra (desbroces, movientos de tierras…) se controlarán para que no ocasionen molestias durante la época de reproducción (desde el 15 de enero al 31 de julio), sobre todo en la apertura de pistas próximas a paredes rocosas.

El promotor ha elaborado un proyecto de restauración. La restauración tendrá lugar, principalmente, en las zonas de ocupación temporal de obra, aunque, en ocasiones también se realiza sobre infraestructuras permanentes por motivos de integración.

El proyecto no plantea la modificación de los niveles iniciales de explotación.

El promotor ha consultado a la Consejería de Cultura y Deporte sobre la afección de índole paleontológica, indicando la misma que no se han detectado afecciones de esta naturaleza y no es necesario abordar ningún tipo de actuación previa. Desde este organismo también se indica que no existe ningún elemento arquitectónico que pueda verse afectado por la actuación y que realizada la prospección arqueológica no se documentaron yacimientos arqueológicos. Por otro lado, se indica que cualquier hallazgo de índole arqueológica deberá ser comunicado inmediatamente a la administración competente de acuerdo a la legislación vigente. Desde la consideración del patrimonio etnológico el impacto se ha revelado como carente de trascendencia.

4. Integración de la evaluación

a. Impactos significativos de la alternativa elegida.

Impactos sobre la calidad del aire.–La calidad del aire podrá disminuir debido al movimiento de tierras, a las voladuras (necesarias para la excavación del túnel para la construcción del desagüe intermedio y para la construcción del camino de acceso a su maquinaria) y a los gases contaminantes producidos por la maquinaria. La valoración del impacto sobre la calidad del aire se considera compatible.

Impacto sobre la geomorfología.–Se alterará la estructura espacial del entorno debido al movimiento de tierras (ejecución del dique de collado y camino de acceso al desagüe intermedio) no viéndose afectado ningún elemento geomorfológico de manera notable.

Se generarán excedentes de tierras. El primer paso para gestionar estos excedentes será reutilizarlos en la propia obra, fundamentalmente en la construcción del dique de collado. Las obras que supondrán excedentes de tierras son:

Acondicionamiento embocadura.

Acondicionamiento aliviadero primitivo.

Adecuación salida del aliviadero y del valle.

Demoliciones.

Apertura de caminos y accesos.

Excavación desagüe intermedio.

La valoración del impacto sobre la geomorfología se considera moderado.

Impactos sobre el suelo.–Se producirá una compactación del suelo por el movimiento de la maquinaria. Es necesario tener presente que la zona ya presenta un grado de compactación importante. La circulación se producirá, sobre caminos ya existentes o pistas forestales.

Respecto a la contaminación de los suelos, esta se podría producir por el funcionamiento de la maquinaria, así como por una mala gestión de uso de los parques de maquinaria y de los residuos generados en los procesos de excavación y hormigonado.

La eliminación de la cubierta vegetal supondrá un aumento de la erosión. Esta eliminación tendrá lugar en la excavación del túnel para el desagüe intermedio y en la construcción del dique de collado, así como en la ladera del aliviadero primitivo.

La valoración del impacto sobre el suelo se considera moderado.

Impactos sobre la hidrología superficial.–No se va a producir modificación del régimen de explotación existente. Durante las obras no se contempla la modificación del caudal que vierte de manera constante: 4m3/s, salvo en el descenso de la lámina de agua para permitir los trabajos en el vaso. Por otro lado, la recuperación de la capacidad del embalse va a suponer la inundación de zonas que hasta ahora no lo habían hecho. La valoración del impacto sobre el régimen de caudales y el aumento de la lámina de agua se considera moderado.

La calidad de las aguas podría verse afectada por: remoción y compactación del suelo, generación de basuras, lixiviación y derrames de gasolinas y aceites, destrucción de la vegetación, aumento del riesgo de incendios forestales, alteración del régimen de agua y aumento de la presión humana. La hidrología subterránea también podría verse afectada en este sentido. La valoración del impacto sobre la calidad de las aguas se considera severo.

Impactos sobre la vegetación.–Bajo condiciones favorables, el desbroce de la vegetación, soldaduras, voladuras…, podría aumentar el riesgo de un incendio forestal, con la consiguiente destrucción de vegetación. Es necesario tener en cuenta que el riesgo de incendio es una probabilidad que está en función de las características del territorio y de la obra.

Las acciones que inciden en la vegetación son las derivadas del desbroce de la vegetación y apeo de árboles ya sea para la apertura de accesos o para la construcción o para habilitar zonas temporales. La principal especie eliminada será el pino carrasco, abundante en el entorno del proyecto y la superficie eliminada no llegará a la hectárea:

Tipo de vegetación a eliminar

Desagüe intermedio

m2

Aliviadero primitivo

m2

Dique de collado

m2

Total

m2

Arbolado

690

1.228

4.671

6.589

Matorral

 

1.655

 

1.655

Vegetación de ribera

 

1.243

 

1.243

Por otro lado, al recuperarse la cota inicial del embalse, se van a inundar, en la cola del embalse, una zona que actualmente está compuesta por chopos y sauces. La superficie que quedaría inundada en el caso de llegar hasta dicha cota es de 1880 m2.

La valoración del impacto sobre la vegetación se considera moderado.

Impactos sobre la fauna. Se producirá una pérdida de hábitats por el desbroce de la vegetación y la ocupación permanente. La ocupación de los terrenos de obra se centrará en espacios degradados en su día por la construcción de la presa, como el vaso y la antigua cantera. En relación a la presencia de hábitats de interés comunitario en la plataforma de la antigua cantera de la presa, se indica en el estudio de impacto ambiental que no se observó «Potametum» y la comunidad formada por «Coriaria myrtifolia» (emborrachacabras) y «Rubus ulmifolius» (zarzamora) no está donde se indica sino en la ladera de umbría de la antigua cantera. La valoración del impacto sobre la pérdida de hábitats es moderado.

Respecto a los hábitats acuáticos, hay que remarcar que no se va a modificar el régimen de caudales y se seguirán liberando 4 m3/s. Las obras no tendrán lugar junto al cauce.

Al recuperarse los niveles de inundación previsto cuando se construyó la presa, se van a inundarán zonas que hasta ahora no se habían inundado, modificando previsiblemente las condiciones de vida de la ictiofauna. La valoración de este impacto se considera severo.

Las voladuras y el movimiento de maquinaria podrían causar la huida de animales del territorio. En la zona se ha detectado la presencia de cabra montés, de águila real y de buitres leonado. La valoración del impacto de las voladuras y movimientos de tierra respecto a la posibilidad de huida de animales se considera en el estudio de impacto ambienta como compatible.

Impactos sobre el paisaje.–Los principales agentes que van a influir en la modificación del paisaje son el desbroce de la vegetación y apeo de árboles, el movimiento de tierras y la construcción de nuevas infraestructuras. La valoración de este impacto es moderado.

Impactos sobre la economía y la sociedad. Las principales molestias vendrán dadas por el movimiento de maquinaria (accidentes, ruido…). Las voladuras tendrán lugar en la antigua cantera de explotación de la presa, a unos 4 km de Montanejos y a unos 5 km de Puebla de Arenoso. La valoración de este impacto es moderado.

Impactos sobre el patrimonio cultural.–El mayor causante de afecciones al patrimonio cultural es el movimiento de tierras. También se inundarán terrenos que hasta la fecha permanecían emergidos. Respecto a la vía pecuaria que transcurre por el antiguo Puente Colgante de Puebla de Arenoso, se indica en el estudio de impacto ambiental que no se considera su ocupación, ni temporal ni permanente.

De todos los impactos descritos, aquellos que se consideran más relevantes son:

Disminución de la calidad de las aguas por vertidos.–El material procedente de la excavación, acopiado en la plataforma de la antigua cantera de presa podría ser arrastrado hacia el cauce del río Mijares.

Destrucción de la vegetación por accidente (incendio forestal).–Sus consecuencias podrían suponer pérdida de cobertura vegetal. También aumentarían los fenómenos erosión y la pérdida de hábitats. Se perdería superficie de LIC.

El aumento del nivel de explotación al recuperar la cota prevista cuando se construyó la presa supondrá un cambio de localización de la cola del embalse, y en consecuencia la inundación de la vegetación allí presente.

b. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán.–Se pueden destacar los siguientes impactos y sus medidas preventivas y correctoras identificadas por el promotor en el estudio de impacto ambiental y la posterior documentación aportada:

Impactos

Medidas preventivas y correctoras

Impactos sobre los suelos y la vegetación natural.

Delimitación previa de la zona de obras, y prohibición de cualquier tipo de actuación fuera de esta delimitación. Las instalaciones provisionales se situarán exclusivamente dentro del área delimitada, preferentemente en la zona a inundar por el embalse.
Durante la fase de desbroce se atenderá a las medidas recogidas en el Plan de prevención de incendios forestales.
Recuperación de las zonas afectadas por depósito de materiales y otras instalaciones, y limpieza de basuras y escombros. Se recuperará la capa superior de suelo que vaya a ser alterada para su posterior uso en las operaciones de restauración.
Se descompactarán todas las superficies empleadas para acceder a las obras, así como los terrenos empleados como instalaciones auxiliares.
Para evitar la contaminación de los suelos se atenderá a las prescripciones recogidas por el promotor en la Gestión de residuos.

Impactos sobre la calidad del aire.

Riego periódico de caminos (dos riegos diarios mínimos en época seca, y uno en época más húmeda). Se exigirá el certificado del lugar de procedencia de las aguas empleadas para el riego.
Los materiales susceptibles de emitir polvo a la atmósfera se transportarán y acopiarán tapados.
Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos de acceso y zonas sin asfaltar a 20 km/h.

Impactos sobre la geomorfología.

En la adecuación de los caminos de acceso se ejecutarán obras de drenaje para regular los fenómenos de escorrentía.
El excedente de material generado en la ejecución del túnel de desagüe intermedio dará lugar a un volumen importante de material inerte que se reutilizará, prioritariamente, en la construcción del dique de collado.
Prevalecerá el vaso como zona de acopio de los materiales sobrantes. Como zona de vertedero quedará habilitada siempre y cuando se certifique la idoneidad del material y lo autorice la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. En caso de no idoneidad se utilizarán en canteras con planes de restauración que necesiten materiales para su adecuación morfológica.

Impactos sobre el sistema hidrológico.

Se establecerá una línea de barreras de sedimentos entre la zona de obras y el cauce, a 2,5 m del borde del cauce. Se utilizarán balas de paja que se fijarán al terreno.
Si en el proceso de perforación del túnel para el desagüe intermedio se produjera un volumen excesivo de aguas, el contratista instalará un sistema de desbaste y decantación. Se determinará la calidad de esta agua, según directrices de la Confederación Hidrográfica del Júcar, para poder verterlas al río Mijares. Si no cumplen, será necesario un tratamiento adicional (coagulación, floculación…).
Se garantizará el drenaje superficial de las agua hacia los cauces, manteniendo las márgenes limpias.
Se llevarán a cabo las prescripciones descritas sobre Gestión de residuos descritas por el promotor en el estudio de impacto ambiental.

Impactos sobre la fauna.

Se establecerá un calendario de voladuras y se coordinará el plan de obras con los periodos de cría y reproducción de las especies relevantes. Se deberán tener en cuenta no causar molestias en los periodos reproductivos y se deberán contar con el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
Si se tuvieran que realizar voladuras en épocas de cría: se realizará entre los meses de noviembre y diciembre; se realizarán en las horas centrales del día; se realizaran pruebas para determinar el umbral de tolerancia de las aves; se atenderá en todo momento a las prescripciones que imponga la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Todos los datos acerca del seguimiento se remitirán a dicha Consejería.

Impactos sobre el paisaje.

Recuperación de la zona de obras acorde al Proyecto de Restauración: revegetación, reforestación, adecuación accesos… Para ello se preparará el terreno, se llevarán a cabo siembras e hidrosiembras, se realizarán las plantaciones, se acondicionará el espacio para la instalación del mirador y se construirá la cuneta para el control de la escorrentía.

Impacto sobre la población.

Señalización y ordenación de los accesos. Limitación velocidad. Los fines de semana se reducirá el paso de vehículos, así como los periodos de fiestas de los municipios.

Impacto sobre el patrimonio cultural.

Seguimiento arqueológico de las obras. Los resultados se remitirán a la Consejería de Cultura y Deporte.

5. Condiciones al proyecto.–El promotor ha contemplado una serie de medidas preventivas y correctoras con el fin de minimizar la afección del proyecto sobre los factores del medio y evitar impactos significativos. Como complemento a los ya propuestos en el EsIA, desde esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se establecen los siguientes condicionantes ambientales:

El periodo más crítico para las obras corresponde a los meses que van de diciembre-enero a junio. En este sentido, se deberá de realizar, por personal cualificado, un trabajo de campo previo y a lo largo del periodo de duración de las obras, basado en la identificación y localización de la presencia y zonas de nidificación activas de las especies amenazadas que potencialmente pueden estar presentes en la zona de influencia de las obras. Una vez localizadas las zonas de presencia y nidificación, y comprobadas su utilización activa, se realizará la correspondiente propuesta de medidas preventivas y correctoras, de tal manera que se garantice la no afección a las especies amenazadas. La eficacia de la adopción de estas medidas preventivas y correctoras propuestas, será supervisada por la aplicación de un plan de vigilancia exclusivo para cada una de las especies amenazadas potencialmente afectadas y deberá contar con el informe favorable de la Consejería de Medio Ambiente Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

Será preceptivo para el inicio de los trabajos remitir a la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana un plan de actuaciones que incluya cronograma detallado, descripción de las diversas actuaciones, ubicación de cada una de ellas, etc. No se iniciarán las actuaciones sin contar con el informe favorable de dicho Organismo respecto a dicho Plan y cronograma.

Tras el replanteo de la obra, se determinará con precisión la superficie de bosque afectada por las obras y la longitud de vegetación de ribera afectada por el aumento del nivel máximo de explotación que aumenta de 577,5 a 585 (el nivel máximo normal actual es de 595) en la cola del embalse con el objeto de elaborar un proyecto de restauración vegetal y de forestaciones compensatorias por la pérdida ocasionada. Las forestaciones se realizarán con las mismas especies autóctonas a escala biogeográfica local que conformaban los hábitats destruidos. El ratio de compensación para cada tipo de hábitat afectado será acorde con la incertidumbre en el éxito de la operación y con el tiempo necesario para que la vegetación se restablezca completamente. El proyecto de forestación, deberá ser informado, previamente a su aprobación por la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana incorporándose al proyecto constructivo, del que formará parte a todos los efectos.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.–El promotor presenta en el estudio de impacto ambiental el programa de vigilancia ambiental. El programa de vigilancia ambiental incluye el control permanente de todos los trabajos desde el inicio de las obras, evitando alteraciones innecesarias, la verificación de los estándares de calidad de los materiales y medios empleados para la ejecución de las medidas, la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, la detección de impactos no previstos proponiendo medidas adecuadas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos y la emisión de informes periódicos.

Se contará en todo momento con un técnico especialista de seguimiento ambiental.

Se realizarán controles antes de las obras, durante las obras y después:

Antes de las obras.

Verificación de los elementos auxiliares temporales fuera de las zonas excluidas y restringidas.
Verificación jalonamiento. Minimización de la ocupación del suelo.
Verificación prospección botánica. Itinerarios realizados por especialistas.
Verificación coordinación con equipos de extinción de incendios.
Verificación presencia fauna detectada. Inventario faunístico con detección de animales o huellas. Se contará para ello con personal experto.
Verificación protección patrimonio arqueológico. Se contará para ello con personal experto.
Verificación cumplimiento normativa ambiental por apertura caminos.

Durante la ejecución de las obras.

Verificación de los elementos auxiliares temporales fuera de las zonas excluidas y restringidas.
Verificación uso zonas de préstamos y vertedero conforme a la legislación y con las autorizaciones pertinentes. Minimizar ocupación suelos por las obras y elementos auxiliares.
Verificación protección vegetación. Inspección en zonas colindantes con las obras, en aquellos lugares con presencia de zarzamora (Rubus ulmifolius) y emborrachacabras (Coriaria myrtifolia).
Verificación de la no alteración suelos. Comprobación impermeabilización.
Control circulación vehículos fuera de las zonas señalizadas.
Retirada de suelos vegetales para su conservación.
Control de la tierra vegetal para el cumplimiento de las características adecuadas.
Verificación de las dimensiones de los caballones de tierra vegetal.
Verificación de la ejecución de cuneta de control de la escorrentía.
Control de emisiones polvo y emisiones gaseosas de la maquinaria.
Aplicación, si es necesario, de medidas complementarias que eviten los vertidos a cauces.
Verificación de la colocación de barreras de retención de sedimentos.
Verificación de balsas de decantación u otros sistemas de desbaste y decantación de sólidos. Seguimiento de la calidad de las aguas contenidas en las balsas.
Si fuera preciso se aplicarían medidas complementarias a las contempladas en al Plan de prevención y extinción de incendios. Se verificará que las voladuras se realicen fuera del periodo de peligro alto de incendios.
Se evaluará el momento para realizar las voladuras y su afección a la fauna. Se consultará al organismo competente de la Generalitat Valenciana y se paralizarán las voladuras hasta que finalice el periodo reproductivo o se realizarán voladuras de prueba para determinar el umbral de ruido admisible por la fauna.
Se realizará seguimiento para verificar el éxito de las plantaciones e hidrosiembras según lo establecido en el Plan de restauración. Se contará para ello con personal experto. Se evaluarán los trabajos de descompactación.
Se evaluará el tratamiento y gestión de residuos. Se llevarán a cabo buenas prácticas ambientales. La Confederación Hidrográfica del Júcar dará la necesaria autorización para verter las aguas residuales que puedan ser vertidas a los cursos de agua presentes.
Se coordinará con la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda la gestión de materiales inertes producidos en la obra, así como la reutilización de éstos en el vaso del embalse.
Se verificará el seguimiento arqueológico.

Durante la fase de explotación y periodo de garantía.

Retirada de barrera de retención de sedimentos de las balsas de decantación.
Se evaluará la incidencia del aumento de la lámina de agua en la cola del embalse al recuperarse la cota prevista inicialmente.
Se verificarán todos los tratamientos de restauración según lo indicado en el Proyecto de restauración y, si fuera necesario, se aplicarán medidas complementarias. Se evaluará el grado de desarrollo y cobertura del estrato herbáceo en los taludes, así como la necesidad de aplicar nuevos tratamientos de hidrosiembra. Se verificará la capacidad de las hidrosiembra de proteger los taludes de los fenómenos de lluvia intensa y, si fuera necesario, se aplicarían nuevos tratamientos de control de erosión.
Se realizará un seguimiento de las plantaciones.

Conclusión.–En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Construcción de la adecuación del embalse de Arenos (Castellón) concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa 2.3 para el aliviadero primitivo, la alternativa 2 para el aliviadero de collado y la alternativa 2.2 para el dispositivo adicional de evacuación de caudal de avenida y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Júcar para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 8 de mayo de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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