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Documento BOE-A-2009-9037

Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, el Lavadero de la Fuente Blanca, de Aldeanueva de Barbarroya (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2009, páginas 45746 a 45748 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2009-9037

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica que obra en esta Dirección General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9º, 1 y 2, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley (en la redacción dada al mismo tras la promulgación del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero).

Visto el artículo 7.c del Decreto regional 144/2008, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias correspondientes a la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, conforme al cual se atribuye a la Dirección General de Patrimonio Cultural la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, resuelvo:

Primero.–Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del «Lavadero de la Fuente Blanca», localizado en Aldeanueva de Barbarroya (Toledo), con los efectos previstos en la Ley y el Real Decreto citados, cuyas características figuran en el anexo de la presente resolución.

Segundo.–Proceder a realizar la comunicación del presente acto incoatorio al Registro General de Bienes de Interés Cultural, a los efectos de su anotación preventiva, de conformidad con lo prevenido en el artículo 12.2 del Real Decreto precitado.

Tercero.–Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo); y todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.–Continuar la tramitación del expediente administrativo cuya incoación se determina, de acuerdo con la legislación en vigor.

Quinto.–Promover la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, así como en el Boletín Oficial del Estado, a efectos de lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución.

Toledo, 31 de marzo de 2009.–El Director General de Patrimonio Cultural, Luis Martínez García.

ANEXO
Descripción

El complejo del lavadero público de Aldeanueva de Barbarroya, se sitúa a unos 500 m. al suroeste del núcleo urbano, en el paraje conocido por La Fuente Blanca o El Cercón.

Las primeras referencias documentales datan de finales del siglo XIX, cuando comienzan a adoptarse medidas destinadas a mejorar la salubridad de las fuentes y manantiales de la localidad. Posteriormente, y como fruto de estas disposiciones, se realizaría en 1923, una gran reforma de la Fuente Blanca para canalizar las aguas a través de una cañería y dotarla de varios pilones.

El complejo del lavadero se compone de diferentes elementos:

En primer lugar, sesenta y cuatro pilas (de un total de ochenta y tres que tuvo en origen), que se disponen en once filas alineadas formando calles paralelas en torno a una fuente-depósito de doble pilón.

Las pilas presentan una forma volumétrica paralelepípeda con cajeado interior profundo, orificio de evacuación de aguas en uno de los laterales o en el frente y se adaptan al terreno mediante una o varias piedras que sirven de poyetes. En destacable una mayor presencia de pilas de doble lavadero en comparación con las de lavadero único. En ambos grupos se aprecian inscripciones que hacen referencia a las iniciales de los nombres o apellidos de los dueños, ya que muchas de ellas son de propiedad privada. Dichas inscripciones son más habituales en las pilas de doble lavadero.

El doble pilón se sitúa en el sector noreste del conjunto. Consta de un primer elemento de planta rectangular compuesto por doce bloques de granito a los que se suma una pieza dispuesta verticalmente en el centro del lateral sur en la que se embute un caño de hierro. Esta pieza presenta en su cara anterior la siguiente inscripción: 1923/ALCALDE/VICENTE/R. G. El segundo pilón es de planta cuadrangular y ambos elementos se comunican por medio de un pequeño canalillo.

En segundo lugar, las infraestructuras que conforman la traída de aguas desde el Pozo de la Fuente Blanca hasta el actual lavadero, consistentes en una canalización realizada con alcabijas, piezas cilíndricas de cerámica cuyos extremos se acoplan en el extremo más ancho de la siguiente y dos registros de planta cuadrada con cubierta de piedra granítica.

En definitiva, el lavadero de la Fuente Blanca es un claro exponente de la arquitectura popular tradicional, siendo uno de los mejores complejos de lavaderos existentes en el occidente toledano y el más significativo de la comarca de la Jara; asimismo, por tratarse de un conjunto etnográfrico representativo de una sociedad rural de economía doméstica, merece ser salvaguardado para conocimiento de futuras generaciones.

Objeto de la declaración

Lavadero de la Fuente Blanca, definido por el polígono 18, parcela 151, en Aldeanueva de Barbarroya (Toledo),

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el entorno de protección señalado, en razón de que cualquier intervención en el se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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