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Documento BOE-A-2009-9182

Resolución de 19 de mayo de 2009, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se resuelve el concurso de méritos para la cobertura de plazas de funcionario de los Subgrupos A1 o A2 al servicio del Tribunal Constitucional, convocado por Resolución de 30 de diciembre de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2009, páginas 46529 a 46529 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2009-9182

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, y 21, 52, 92 y concordantes de su Reglamento de Organización y Personal, con arreglo a las previsiones contenidas en la base cuarta de la Resolución de 30 de diciembre de 2008 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 22 de enero de 2009), por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de dos plazas de funcionario de los Subgrupos A1 o A2 al servicio del Tribunal Constitucional (Técnico de sistemas), y previas la valoración y selección efectuadas por la Junta de Gobierno,

Esta Presidencia ha resuelto nombrar para las referidas plazas, con la consiguiente adscripción al Tribunal Constitucional, a los funcionarios que se relacionan a continuación:

Don Juan Salvador Cano Carrillo, DNI 52561801Q, funcionario de la Escala Facultativa Técnica de la Guardia Civil, y

Don Miguel Ángel Izquierdo Martín, NRP 0657083702A1177, funcionario del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

El plazo de toma de posesión de la plaza será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de los funcionarios, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». El Subsecretario del departamento donde preste servicio el funcionario podrá, no obstante, acordar una prórroga de su cese, por necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta al Tribunal Constitucional.

Frente a esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la posible interposición, con carácter potestativo, de recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, o de cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes.

Madrid, 19 de mayo de 2009.–La Presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas Baamonde.

 

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