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Documento BOE-A-2009-9433

Resolución de 4 de mayo de 2009, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre, como personal laboral, en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Ingeniero.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 6 de junio de 2009, páginas 47964 a 47977 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-9433

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008 y, con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, se procede a convocar el presente proceso selectivo.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleo Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 22 de noviembre 2001, y el resto de la normativa vigente en la materia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en el Instituto de Astrofísica de Canarias, con la categoría profesional de Ingeniero no sujetas al Convenio colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de personal laboral fijo no sujeto a Convenio por el sistema general de acceso libre, con el número de orden, grupo y categoría profesional, especialización y funciones que se especifican en el Anexo I.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición. Constará de dos fases: una primera fase eliminatoria de concurso de méritos, y una segunda de oposición.

A la fase de oposición sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de concurso.

La descripción de ambas fases, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

1.3 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos dos meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de dos meses, a contar desde la fecha de celebración del primer ejercicio.

1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida por éstos en las distintas fases de que consta el proceso selectivo.

Conforme a lo previsto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2008, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el órgano de selección propondrá la adjudicación de igual número de contratos que de las plazas convocadas, uno, y con el fin de asegurar la cobertura del contrato, si se produjera la renuncia del aspirante seleccionado, antes de su contratación, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, que sigan al propuesto y que hayan superado la puntuación mínima del proceso selectivo para su posible contratación.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el último día del plazo de presentación de instancias, el título que se señala en el Anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

3.2 Presentación de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (Avda. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna, S/C Tenerife) (Anexo VI) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Director del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de proceder a su envío certificado.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el ingreso de los derechos de examen, a que se refiere la base 3.3.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante con independencia de que se hayan abonado los derechos de examen dentro de plazo.

3.3 Abono de los derechos de examen. Conforme a la actualización prevista en el artículo 74 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, las tasas por derechos de examen para 2009 es de veintiocho euros con dieciséis céntimos (28,16 €) correspondiente al grupo profesional de laborales no acogidos a convenio.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, presentando la solicitud a efectos de abono de derechos de examen, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. La constancia del abono se efectuará mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en la base anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, las cuales las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

En ningún caso, la presentación y el pago de los derechos de examen en las entidades de depósito supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano recogido en la base 3.2.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.4 Junto a las solicitudes, dirigidas al Sr. Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, se deberán acompañar la siguiente documentación:

3.4.1 Nacionalidad.–Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.4.2 Documentación general:

a) Fotocopia de la titulación académica a que se refiere la base 2.1.3 en relación con el Anexo II, de esta convocatoria o certificación académica que acredite su posesión. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se adjuntará fotocopia de la credencial de homologación o reconocimiento.

b) Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se le valoren en el concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo I.

c) Currículum vitae. Es recomendable el uso del modelo europeo de currículo vitae (http://europass.cedefop.eu.int).

d) La Memoria prevista para el segundo ejercicio de la fase de oposición, Anexo I, en sobre cerrado y cuyo contenido se ajustará a lo previsto en el anexo Vb.

3.4.3 Aspirantes con discapacidad. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.5 La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato.

3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos a que se refiere la ley 30/92, que pudieran advertirse en el desarrollo del procedimiento podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con relación nominal de estos últimos y de las respectivas causas de exclusión, e indicando los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y excluidos. En esta lista deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Además, se determinará la fecha de publicación de la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, conforme a lo previsto en la base 6.1, así como el lugar y fecha de comienzo de la fase de oposición.

En todo caso, la lista de admitidos deberá ser expuesta en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión.

Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se lleve a efecto el proceso selectivo por causas imputables a la administración, no siendo procedente devolución de los derechos de examen cuando el interesado sea excluido del proceso por causa que le sea imputable.

5 Tribunal

5.1 El desarrollo de este concurso-oposición y la calificación de los aspirantes en el mismo corresponderá al Tribunal.

5.2 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará constituido en la forma que se determina en el Anexo III de la presente convocatoria. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la Autoridad convocante, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante hará público el nombramiento de los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.3.

5.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal. Para la válida constitución y actuaciones del Tribunal deberán estar presentes al menos la mitad de sus miembros, incluyendo en todo caso a quienes desempeñen las funciones de presidente y secretario.

5.6 En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El tribunal podrá designar un asesor especialista.

5.7 Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos en las mismas.

Asimismo corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de las condiciones adecuadas para la realización de los ejercicios. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.9 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrán la «Categoría primera» de las recogidas en el Artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Avda. Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna (Tenerife); teléfono 922.605.200; fax 922. 605.210; dirección de correo electrónico cgs@iac.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y sus diferentes apartados y la total.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes contra posibles errores en la baremación, sin que en ningún caso pueda utilizarse dicho trámite para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.

Transcurrido dicho plazo el Tribunal elevará a definitiva la relación que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso. En el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, y publicará en el lugar o lugares en donde se expusieron las listas de admitidos y en la sede del Tribunal, la relación de los candidatos, indicando lugar, día y hora en la que tendrá lugar el primer ejercicio de la fase de oposición.

6.2 Los aspirantes que hubieren superado la fase del concurso serán convocados a los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

6.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra W según lo establecido en la Resolución de 27 de enero de 2009, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (Boletín Oficial del Estado de 5 de febrero).

6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, poniendo en su conocimiento las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.5 Concluido cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), las relaciones de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio incluyendo en la relativa al primer ejercicio la plantilla correctora, disponiendo los aspirantes de un plazo de tres días desde la publicación para presentar reclamaciones dirigidas al presidente del Tribunal. La publicación correspondiente al primer ejercicio determinará también el lugar, día y hora en la que tendrá lugar el siguiente ejercicio de la fase de oposición

Finalizado el plazo de reclamaciones tras la publicación de la relación de aspirantes, el Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superar la fase de oposición.

7 Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), y en aquellos otros que estime oportuno, la propuesta de adjudicación del contrato al aspirante de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida en las distintas fases del procesos selectivo, así como la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de número de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. En todo caso, no se podrá adjudicar a un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

7.2 El Presidente del Tribunal elevará una copia certificada de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo al Director del Instituto de Astrofísica de Canarias. Dicha lista se publicará en el Boletín Oficial del Estado, así como en cuantos lugares se considere oportuno.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a aquel en que se publicaron las listas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes seleccionados deberán presentar en el registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (calle Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna, S/C de Tenerife) (Anexo VI) o en la forma establecida en el artículo 8.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo común la documentación de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8.3 Los aspirantes contratados tendrán que superar un período de prueba de tres meses durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

8.4 Con el fin de asegurar la cobertura del contrato, si se produjera la renuncia del aspirante seleccionado, antes de su contratación, conforme a lo previsto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2008, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, que sigan al propuesto y que hayan superado la puntuación mínima del proceso selectivo para su posible

9. Norma final

9.1 Al proceso selectivo regulado en esta convocatoria le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, los preceptos subsistentes y de aplicación contenidos en la ley 30/1984, de 2 de agosto y demás normativa de selección de personal aplicable.

9.2 Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La Laguna, 4 de mayo de 2009.–La Subsecretaria del Ministerio de Ciencia e Innovación, P.D. (Orden CIN/3022/2008, de 20 de octubre), el Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Francisco Sánchez Martínez.

ANEXO I
Relación de plazas convocadas

N.º plazas: 1.

Categoría profesional: Ingeniero.

Titulación: Titulado superior: Licenciado, arquitecto, ingeniero o equivalente.

Área Funcional: Servicios Informáticos Comunes (SIC).

Especialidad: Sistemas de supercomputación.

Centro de Trabajo: Centro Astrofísico La Palma, Breña Baja, La Palma.

Grupo profesional: Fuera convenio.

Funciones.

Reparación y administración hardware del equipamiento de supercomputación.

Administración de cluster de supercomputación: administración sistema operativo, software de cluster.

Instalación y administración de equipamiento de comunicaciones.

Instalación y administración de equipamiento de almacenamiento masivo.

Atención y resolución de incidencias para usuarios de computación paralela.

Administración de sistemas operativos windows, linux y mac osx.

ANEXO II
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una primera fase de concurso y una segunda de oposición. A la fase de oposición sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de concurso. Para superar la fase de concurso habrá que obtener un mínimo de 20 puntos.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Primero. Fase de concurso.

Se valorarán con un máximo de 30 puntos los méritos siguientes:

1. Méritos profesionales. Máximo 15 puntos.

1.1 Se valorarán, hasta un máximo de 15 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Conocimientos en administración de sistemas y supercomputación: Máximo 15 puntos.

Se valorará los conocimientos en:

A: Administración de sistemas operativos linux (principalmente), windows y Mac OSX. Máximo 5 puntos.

B: Administración hardware en sistemas de cluster redundantes, administración de redes y sistemas de almacenamiento masivo. Máximo 5 puntos.

C: Administración de sistemas de colas para procesamiento paralelo y programación paralela. Máximo 5 puntos.

Forma de acreditación: Certificados de las empresas describiendo los conocimientos probados del aspirante en los puntos exigidos en el apartado 1.1 de los méritos profesionales.

2. Méritos formativos: Máximo 15 puntos.

2.1 Cursos, seminarios o congresos cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta, siempre que su duración mínima sea de 15 horas. Puntuación máxima: 10 puntos.

Forma de puntuación: 0,4 puntos por cada crédito (un crédito equivale a 10 horas lectivas) en cursos de 15 o más horas.

Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificados. Para ser valorados los títulos o certificados deberá constar el número de horas lectivas de cada acción formativa.

2.2 Conocimiento de idiomas: 5 puntos.

Se valorará el conocimiento de idiomas, principalmente Inglés.

Forma de acreditación: Fotocopia de los títulos o certificados.

Segundo. Fase de oposición.

Se valorarán, hasta un máximo de 70 puntos. Constará de tres ejercicios. No obstante, los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo Internacional correspondiente.

Primer ejercicio (puntuación máxima 10 puntos).–La realización de un cuestionario de 20 preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre un programa general que figura en el Anexo Va de esta convocatoria. Estas preguntas serán iguales para todos los aspirantes. Cada respuesta correcta vale 2 puntos y no penalizarán las respuestas erróneas.

Los aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta minutos y el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 10 puntos.

Segundo ejercicio (puntuación máxima 25 puntos).–La realización de un cuestionario de 40 preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre un programa específico que figura en el Anexo Va de esta convocatoria. Estas preguntas serán iguales para todos los aspirantes. Cada respuesta correcta vale 0,25 puntos y no penalizarán las respuestas erróneas.

Los aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta minutos y el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 10 puntos.

Tercer ejercicio (puntuación máxima 35 puntos).–En presencia del candidato se abrirá el sobre que contiene la Memoria técnica cuyo contenido se ceñirá a lo previsto en el anexo Vb a que se refiere la base 3.4.2.d, siendo entregada al interesado para su presentación y defensa pública durante un tiempo máximo de 30 minutos.

Seguidamente, el Tribunal podrá preguntar al aspirante durante un tiempo máximo de 30 minutos, acerca de los contenidos técnicos de la memoria expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes.

En este ejercicio el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 35 puntos, de los cuales:

Hasta 25 puntos, que corresponderán a los criterios de valoración previsto para la memoria técnica.

Hasta 10 puntos, corresponderán a la defensa de la Memoria Técnica y cumplimiento de los requisitos exigidos.

Calificación final fase oposición: Una vez superado los tres ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios. Para superar la fase de oposición será necesario alcanzar los 35 puntos

Los ejercicios de oposición se celebrarán en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Avda Vía Láctea s/n. La Laguna.

Tercero. Superación del proceso selectivo.

La calificación final del concurso oposición, vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Conforme a lo previsto en la base 1.4, no se podrá adjudicar un número superior de contratos al de plazas convocadas.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de empate en esta fase, puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

2. Puntuación obtenida en la fase de concurso.

3. Puntuación obtenida en el punto los méritos profesionales de la fase de concurso.

4. Puntuación obtenida en los méritos formativos. En caso de empate en estos méritos, puntuación obtenida en el apartado de Cursos, seminarios o congresos

ANEXO III
Tribunal calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

El Tribunal respeta el principio de paridad de mujeres y hombres.

Presidente: Antonio Jiménez Mancebo.

Categoría Profesional: Investigador Principal.

Presidente Suplente: Susana Delgado Marante.

Categoría Profesional: Ingeniero.

Secretario: Carlos Martín Galán.

Categoría Profesional: Ingeniero Senior.

Secretario Suplente: Marta Aguiar González.

Categoría Profesional: Ingeniero Senior.

Vocal: Estrella Zatón Martín.

Categoría Profesional: Ingeniero.

Vocal Suplente: Antonio Díaz Chinea.

Categoría Profesional: Ingeniero.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ciencia e Innovación ». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Instituto de Astrofísica de Canarias».

En el recuadro número 15 se señalará la categoría profesional a la que se opta (Anexo I), consignándose en Código el número de orden correspondiente a la especialidad en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se consignará «L» (acceso libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro 24 se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria y Anexo II.

En el recuadro 25 A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la Convocatoria», del modelo de solicitud, se hará constar expresamente el área funcional y especialización a la que concurre (anexo I).

En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 28,16 €.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V.A
Temario del primer ejercicio de oposición
Temario general

Tema 1.–La Constitución Española.–Derechos fundamentales y libertades públicas. Principios rectores de la política social y económica. Suspensión de derechos y libertades. Los poderes constitucionales: La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. Organización territorial del Estado. Entes locales. Comunidades Autónomas.

Tema 2.–La Administración General del Estado.–Órganos Centrales. Órganos territoriales. Los organismos públicos. Organismos Autónomos. Entidades Públicas Empresariales. Los organismos públicos de investigación.–(Ley 13/1986, de 14 de abril).–Regulación, funciones y órganos de gobierno.

Tema 3.–El Instituto de Astrofísica de Canarias.–Normativa aplicable, personalidad jurídica y fines. Estructura orgánica. El Consejo Rector. El Director. Otros órganos de dirección y gestión. Funcionamiento del Instituto.–Las Áreas y su ordenación.

Tema 4.–Las Fuentes del Derecho. Concepto, clases y jerarquía. La Constitución. Valor normativo. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional. La ley. Concepto y clases. Los tratados internacionales y el derecho comunitario. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Disposiciones normativas con fuerza de ley. Decreto Ley y Decreto legislativo.

Tema 5.–El procedimiento administrativo. Concepto y clases. La Ley 30/92 de RJAP y PAC. Contenido y ámbito de aplicación. Los sujetos del procedimiento. Legitimación activa y pasiva. La representación. Criterios de ordenación del procedimiento. Principios básicos. Derechos del administrado en la ley 30/92. Términos y plazos. Criterios de cómputo. Fases del procedimiento administrativo. Iniciación, instrucción y terminación del procedimiento. El silencio administrativo. Concepto. Efectos. El Registro General y los Registros Auxiliares. Los Registros Internos.

Tema 6.–Publicidad y protección de datos. La publicidad de los procedimientos. Principios constitucionales y régimen de la ley 30/92. La protección de datos personales. Cesión de datos. Principio general de previo consentimiento. La doctrina del Tribunal Constitucional. Medidas coercitivas.

Tema 7.–Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Fundamentos de la responsabilidad. Criterios de imputación. Principios en la ley 30/92. Procedimiento de responsabilidad. Normas básicas. Efectos. Daños indemnizables y cuantía indemnizatoria.

Tema 8.–Estatuto básico del empleado público. Tipología del personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta. Estructura del empleo público. Ordenación del personal funcionario. Libertad sindical. Negociación colectiva. El derecho de representación y participación de los funcionarios públicos. Derecho de reunión. La condición de empleado público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. La cobertura de plazas. Sistemas de provisión y movilidad del personal. Las situaciones administrativas

Tema 9.–Las incompatibilidades de los empleados públicos. Principios generales. Incompatibilidad entre dos puestos públicos y con un segundo puesto privado. Actividades no sujetas. Régimen disciplinario. Disposiciones de la ley 7/2007. Convenio Colectivo del IAC: Faltas, sanciones. Procedimiento disciplinario.

Tema 10.–Igualdad de género- Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Tema 11.–Prevención de riesgos laborales. Ley 31/ 1995 de prevención de riesgos laborales; Objetivo, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de Prevención. EL Instituto nacional del Seguridad e Higiene en el Trabajo (http://www.mtas.es/insht/index.htm). Misión y funciones; Guías técnicas orientativas. RD 39/1997. Reglamento de los servicios de prevención. Integración de la actividad preventiva en la empresa Artículo 2. Acción de la empresa en materia de prevención de riesgos. Plan de prevención de riesgos laborales.

Temario específico

Bloque 1. Administración de sistemas y redes de datos.

Tema 12.–Administración de sistemas Unix/Linux. Administración de cuentas de usuario. Sistema de archivos. Sistema de arranque en sistemas Unix. Administración de procesos. Shells estándar. Programación Bourne Shell. Programación Perl.

Tema 13.–Administración de sistemas Windows. Administración software Windows. Seguridad sistemas Windows, administración de software. Cuentas de usuarios. Sistema de archivos NTFS. Integración de sistemas Windows – Linux.

Tema 14.–Sistemas de almacenamiento en red. Sistemas de almacenamiento NAS. Redes de almacenamiento SAN. Sistemas de Copias de Respaldo.

Tema 15.–Seguridad Informática. Conceptos de seguridad informática: permisos de acceso, cifrado. Seguridad en sistemas Unix/Linux. Seguridad en sistemas Windows. Sistemas de cortafuegos. Sistemas de detección de Intrusiones.

Tema 16.–Administración de Servicios en red. Sistemas de correo, servicio de correo Postfix. Sistemas de directorio, Active Directory, LDAP y DNS. Servicio Web, administración Apache y Windows IIS. Transferencia de archivos FTP.

Tema 17.–Diseño y puesta en marcha de Centros de Procesos de Datos (CPD). Diseño y configuración de CPD. Gestión de servicios de un CPD. Políticas de mantenimiento. Seguridad en CPD.

Tema 18.–Protocolos y arquitectura. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Arquitectura protocolos TCP/IP, Interfaces y servicios.

Tema 19.–Redes de Área Local LAN: aplicaciones de redes LAN. Arquitectura LAN. Topologías. Cableado estructurado. Tecnología Ethernet. Administración switches Cisco. Conceptos y administración de redes inalámbricas.

Tema 20.–Redes de área amplia WAN. Interconexión de sitios remotos. Interconexión de redes WAN basadas en tecnología Ethernet. Configuración de routers Cisco. Redes ópticas para la interconexión de sitios remotos.

Tema 21.–Seguridad de Red. Diseño de redes seguras. Cortafuegos de red, administración de cortafuegos Cisco. Redes privadas virtuales (VPN). Seguridad en redes inalámbricas. Protocolos de red seguros.

Bloque 2. Sistemas de computación paralela.

Tema 22.–Rendimiento de sistemas de computación. Métricas: rendimiento, latencia, tiempo de ejecución. Productividad. Tiempo de ejecución. Medidas del rendimiento. Programas de evaluación (Benchmarks).

Tema 23.–Conceptos generales de arquitecturas de arquitecturas paralelas. Procesamiento secuencias. Segmentación. Sistemas superescalares. Sistemas de computación paralelo.

Tema 24.–Organización de la memoria. Organización de la memoria y jerarquías. Tecnologías de memoria. Métricas de rendimiento de la memoria.

Tema 25.–Programación paralela. Modelos de computación paralela. Modelo de pasos de mensaje. Modelo de memoria compartida. Operaciones de comunicación entre procesadores. Métricas de rendimiento de algoritmos paralelos. Herramientas para la programación en paralelo. Librería MPI. Librería OpenMP.

Tema 26.–Instalación configuración y mantenimiento de clusters de computación. Adaptación de CPD a clusters de computación paralela. Redes de alta velocidad para sistemas multiprocesadores. Sistemas de almacenamiento para clusters de supercomputación. Administración de blades IBM con arquitectura PowerPC.

Tema 27.–Sistemas de colas en clusters de supercomputación. Gestor de recursos parar cluster de linux SLURM. Planificador de trabajos MOAB.

Tema 28.–Sistemas de supercomputación del IAC y la Red Española de supercomputación. Nodos de supercomputación españoles. Organización y capacidad de la Red Española de supercomputación. Asignación de trabajos a los nodos de supercomputación. Supercomputación en el Instituto de Astrofísica de Canarias.

ANEXO V.B
Memoria técnica del segundo ejercicio de la fase de oposición

La Memoria técnica tendrá una extensión máxima de 10 folios escritos por una sólo cara, escrita en tipo de fuente «ARIAL», tamaño 11.

Memoria técnica: Instalación y gestión de un sistema de supercomputación.

Descripción: El candidato redactará una memoria técnica que deberá incluir los siguientes apartados:

Adaptación de su perfil profesional a la especialidad de la plaza convocada.

Posibles líneas de evolución en relación con ella.

Instalación y puesta en marcha de un sistema de computación pararela. Acondicionamiento del CPD, configuración del hardware, instalación de los sistemas empleados. Administración y monitorización del rendimiento.

El candidato expondrá ante el tribunal los apartados de dicha memoria técnica, mediante una presentación, durante un máximo de 30 minutos.

Criterios de valoración:

Adaptación de su perfil profesional a la especialidad de la plaza convocada:

Experiencia profesional en puestos de trabajo con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a la que se opta.

Conocimiento y uso de los estándares del IAC.

Líneas de evolución propuestas en relación a la plaza convocada.

Línea de actuación propuesta:

Adecuación del sistema de supercomputación a las necesidades del IAC.

Adecuación y compatibilidad de la propuesta con sistemas utilizados en centros de investigación.

Impacto en el desarrollo de futuros proyectos.

1. Centros de trabajo: Centro de Astrofísica (La Palma), Observatorio del Teide (Tenerife) y Observatorio del Roque de los Muchachos (La Palma).

2. Referencias y fuentes en donde se podrá acceder a la actividad, estructura, personal, medios informáticos, redes etc del IAC.

Memoria 2007 del IAC http://www.iac.es/memoria/2007/html/iac2b.htm.

Más información http://www.iac.es.

ANEXO VI
Direcciones y teléfonos

Instituto de Astrofísica de Canarias:

Avenida Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna, Tenerife (S/C de Tenerife- España).

Teléfono: 22 605 200 (Centralita).

Fax: 922 605 210.

Correo electrónico: cgs@iac.es.

Horario del Registro General: Ver http://www.iac.es/info.php?op1=20.

 

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