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Documento BOE-A-2009-9669

Resolución de 25 de mayo de 2009, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, por la que se anuncia concurso para la provisión de notarías vacantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 10 de junio de 2009, páginas 49110 a 49116 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-9669

TEXTO ORIGINAL

En virtud de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, en su artículo 147.1.a) esta Comunidad autónoma asumió la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías existentes vacantes en el referido ámbito territorial.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96, y otros concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), dentro de los grupos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes al día de la fecha según se relacionan en el anexo 1 de la presente Resolución.

El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944, reformado por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, es la norma que rige la convocatoria y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes (artículos 93 y siguientes). Atendida la asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos y en virtud de lo establecido en el artículo 22 del Reglamento notarial en el que se establece que todos los notarios aprobados en la última oposición se deberán presentar al primer concurso que tenga lugar, se hace preciso que para este concurso se adopten medidas específicas de coordinación entre las Administración Públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña en relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, si bien se da un especial tratamiento a los opositores de ingreso al objeto de facilitar el acceso al cuerpo único estatal en las mismas condiciones en las que se establecen para los el resto del Estado.

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justícia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006), resuelvo:

1. Plazas

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio de Cataluña que se han producido hasta la fecha.

2. Condiciones de participación

Pueden participar en la convocatoria todos aquellos notarios que, con independencia del lugar donde radique la notaría que venga sirviendo el solicitante, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del citado texto legal, de acuerdo con la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 12 de mayo de 2008, relativa al artículo 22 del Reglamento notarial.

3. Acreditación de la lengua catalana

Con el fin de dar cumplimiento a lo que disponen los artículos 33 y 147 del Estatuto de autonomía de Cataluña y el artículo 14.5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, los participantes en el concurso deberán acreditar que el despacho de la notaría vacante a la que aspiren radicada en Cataluña estará en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales, así como contar con personal que tenga conocimiento adecuado y suficiente para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.

A tal efecto, la acreditación de conocimiento de catalán se debe efectuar en el momento de presentación de la solicitud de participación en el concurso, y se puede llevar a cabo por cualquiera de los medios siguientes:

Disponer la persona participante del nivel de lengua catalana correspondiente al certificado B o C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación en el concurso con testimonio notarial o fotocopia compulsada de la certificación acreditativa.

Declaración jurada o promesa formal de que la persona participante se compromete a disponer de personal contratado con la categoría profesional de oficial jurídico que disponga del certificado de nivel C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación con la declaración jurada o la promesa formal.

A las personas incluidas en la lista de opositores aprobados, publicada en el BOE de 13.4.2009, que concursen y sin perjuicio de las obligaciones legales establecidas con carácter general, no se les exige la acreditación de conocimientos de catalán.

Los participantes pueden consultar la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, a través de la web de Internet: http://www6.gencat.cat/llengcat/certific/equiv.htm.

4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, que tendrá que reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial, será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el resto del Estado y que, por tanto, figuren en la convocatoria que simultáneamente a ésta se realice por la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

La solicitud puede presentarse tanto en el Registro General del Ministerio de Justícia, como en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, como en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando en la instancia el orden de preferencia, si solicitaren más de una notaría, aunque correspondan a turnos distintos o a grupos diferentes.

En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las restantes solicitudes.

Los titulares de notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegramas que habrán de contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada ésta, ningún concursante podrá ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

Las solicitudes se deben ajustar al modelo publicado como anexo 2 y 2/1 en la presente Resolución, que estarán disponibles en la web http://www20.gencat.cat/portal/site/Justicia y www.justicia.es, y deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5. Resolución

La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.

Una vez efectuado este análisis, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas dictará resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña.

Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña y en el Boletín Oficial del Estado.

Barcelona, 25 de mayo de 2009.–La Directora General de Derecho y de Entidades Jurídicas, Elena Lauroba Lacasa.

ANEXO 1

Notaria

Motivo de la vacante

Distrito

Notarías de primera clase
Antigüedad en la carrera

1. Barcelona

Desierta en concurso precedente (jubilación del Sr. Javier Martínez Monche)

Barcelona.

2. Barcelona

Desierta en concurso precedente (Sr. Ricardo Vicente Monllor González)

Barcelona.

3. Barcelona

Desierta en concurso precedente (Sr. Sexto Presas)

Barcelona.

4. Girona

Desierta en concurso precedente (Sr. Carbonell Aguilar)

Girona.

5. L’Hospitalet de Llobregat

Desierta en concurso precedente (Sr. Aldaz Riera)

L’Hospitalet de Llobregat.

6. L’Hospitalet de Llobregat

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

L’Hospitalet de Llobregat.

7. Lleida

Desierta en concurso precedente (traslado del Sr. Sedano Mazario)

Lleida.

8. Mataró

Desierta en concurso precedente (Sra. Berral Casas)

Mataró.

9. Reus

Desierta en concurso precedente (Sr. Huidobro Arreba)

Reus.

10. Reus

Desierta en concurso precedente (traslado del Sr. Diego Zozaya Irujo)

Reus.

11. Sabadell

Desierta en concurso precedente (Sr. Navarro Navarro de Palencia)

Barcelona.

12. Sant Boi de Llobregat

Desierta en concurso precedente (jubilación del Sr. Fernández Cadenas)

Sant Boi de Llobregat.

13. Barcelona

Por defunción del Sr. Jesús Jiménez Pérez

Barcelona.

14. Sant Boi de Llobregat

Por traslado de la Sra. M.ª Jesús Lacruz

Sant Boi de Llobregat.

15. Badalona

Creada por Real Decreto 173/2007

Badalona.

16. Sabadell

Creada por Real Decreto 173/2007

Sabadell.

17. Barcelona-Horta

Por traslado del Sr. Francisco Javier Nogales Castillo

Barcelona.

Antigüedad en la clase

18. Barcelona

Desierta en concurso precedente (Sr. Alvarez Angel)

Barcelona.

19. Barcelona

Desierta en concurso precedente (Sr. Calvo Martínez)

Barcelona.

20. Barcelona

Desierta en concurso precedente (jubilación Sr. Suárez Losada)

Barcelona.

21. Girona

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Girona.

22. Sant Boi de Llobregat

Desierta en concurso precedente (Sra. Bevia Gomis)

Barcelona.

23. Barcelona-Horta

Por traslado de la Sra. M.ª de la Paz Sánchez-Osorio Rivas

Barcelona.

Notarías de segunda clase
Antigüedad en la carrera

24. Amposta

Desierta en concurso precedente (Sr. Sos Ansuategui)

Tortosa.

25. Blanes

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Santa Coloma de Farners.

26. Cambrils

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Reus.

27. Cambrils

Desierta en concurso precedente (Sra. Corbal San Adrian)

Reus.

28. Castellar del Vallès

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Sabadell.

29. Esparreguera

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Sant Feliu de Llobregat.

30. Esplugues de Llobregat

Desierta en concurso precedente (Sr. Masía Martí)

Sant Feliu de Llobregat.

31. Granollers

Desierta en concurso precedente (Sra. M.ª Blanca Pascual Sequeros)

Granollers.

32. Rubí

Desierta en concurso precedente (jubilación del Sr. Santos Samporayo)

Rubí.

33. Salou

Desierta en concurso precedente (Sr. Luis Fernández Reyes)

Tarragona.

34. Santa Perpètua de Mogoda

Desierta en concurso precedente (Sr. Querol Martin)

Sabadell.

35. Vic

Desierta en concurso precedente (Sr. Jesus Beneyto Feliu)

Vic.

36. Blanes

Por traslado del Sr. Rafael Luque Doncel

Santa Coloma de Farners.

37. El Prat de Llobregat

Por traslado de la Sra. Maria Rosa Igay Merino

L’ Hospitalet de Llobregat.

38. Sant Pere de Ribes

Por excedencia de la Sra. Floran Cañadell

Vilanova i la Geltrú.

39. Figueres

Creada por Real Decreto 173/2007

Figueres.

40. Gavà

Creada por Real Decreto 173/2007

Gavà.

41. El Vendrell

Creada por Real Decreto 173/2007

El Vendrell.

42. Salt

Por traslado del Sr. José Manuel Rodrigo Paradells

Girona.

Antigüedad en la clase

43. Cerdanyola del Vallès

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Sabadell.

44. Manlleu

Desierta en concurso precedente (Sr. Pérez Mencio)

Vic.

45. Manresa

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Manresa.

46. Mollet del Vallès

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

47. Blanes

Desierta en concurso precedente (Sr. Carlos Manuel Parejo)

Santa Coloma de Farners.

48. Sitges

Desierta en concurso precedente (Sr. Sanz Izquierdo)

Vilanova i la Geltrú.

49. El Vendrell

Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Portabella)

El Vendrell.

50. Granollers

Por traslado del Sr. Juan José Veciana García

Granollers.

51. Igualada

Por traslado del Sr. César Martín

Igualada.

52. Figueres

Por traslado de la Sra. María Heredero Caballería

Figueres.

Notarías de tercera clase
Antigüedad en la carrera

53. Almacelles

Desierta en concurso precedente (Sr. Calvo Saavedra)

Lleida.

54. Arenys de Munt

Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Gómez)

Arenys de Mar.

55. Artesa de Segre

Desierta en concurso precedente (Sr. Alonso Buch)

Balaguer.

56. Badia del Vallès

Desierta en concurso precedente (Sr. Indurain Tornos)

Sabadell.

57. Berga

Desierta en concurso precedente (Sr. Gil Pérez Carro)

Berga.

58. La Bisbal d’Empordà

Desierta en concurso precedente (Sr. Toquero Cariello)

La Bisbal d’Empordà.

59. Cabrils

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Mataró.

60. Cadaqués

Desierta en concurso precedente (Sr. Soler Martin Javato)

Figueres.

61. Calaf

Desierta en concurso precedente (Sr. Jiménez Fueyo)

Igualada.

62. Caldes d’Estrac

Desierta en concurso precedente (Sr. Blasco Arnandis)

Mataró.

63. Flix

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Tortosa.

64. La Garriga

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

65. Guissona

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Cervera.

66. Montgat

Desierta en concurso precedente (Sr. Robles Caramazana)

Mataró.

67. Montornès del Vallès

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

68. Pallejà

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Sant Feliu de Llobregat.

69. Parets del Vallès

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

70. Ponts

Desierta en concurso precedente (Sr. Gash Cabot)

Balaguer.

71. Prats de Lluçanès

Desierta en concurso precedente (Sr. Sanz Pérez)

Berga.

72. Roquetes

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Tortosa.

73. Santa Coloma de Queralt

Desierta en concurso precedente (Sr. Viela Castranado)

Valls.

74. La Selva del Camp

Desierta en concurso precedente (Sra. Linage Hernanz)

Reus.

75. Vallirana

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Sant Feliu de Llobregat.

76. Amer

Por traslado de la Sra. Silvia Martínez Carnicero

Girona.

77. L’Escala

Por traslado del Sr. Miguel Amengual Vilallonga

Girona.

Antigüedad en la clase

78. L’Arboç

Desierta en concurso precedente (Sr. Arco Ramos)

El Vendrell.

79. Bellpuig

Desierta en concurso precedente (Sra. Gloria Miñana Galdon)

Cervera.

80. Besalú

Desierta en concurso precedente (Sra. Mota Papaseit)

Olot.

81. Caldes de Montbui

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

82. Camprodon

Desierta en concurso precedente (Sr. Miguel Sanz)

Puigcerdà.

83. Cardedeu

Desierta en concurso precedente (creada por Real Decreto 173/2007)

Granollers.

84. Cardona

Desierta en concurso precedente (Sra. Molinos Gil)

Berga.

85. Constantí

Desierta en concurso precedente (Sra. Pérez Tenedor)

Tarragona.

86. L’Espluga de Francolí

Desierta en concurso precedente (Sr. Vidal Fernández)

Valls.

87. La Pobla de Segur

Desierta en concurso precedente (Sr. Palasi Roig)

Tremp.

88. El Pont de Suert

Desierta en concurso precedente (Sr Garriga Gamarra)

Tremp.

89. Santa Coloma de Farners

Desierta en concurso precedente (Sr. Chiner Vives)

Santa Coloma de Farners.

90. Sta. Margarida de Montbui

Desierta en concurso precedente (Sr. Jiménez Fueyo)

Igualada.

91. Santpedor

Desierta en concurso precedente (Sr. Doblado Romo)

Manresa.

92. La Seu d’Urgell

Desierta en concurso precedente (Sr. Galindo Llangort)

La Seu d’Urgell.

93. Torroella de Montgrí-L’Estartit .

Desierta en concurso precedente (Sra. Almansa Losada)

La Bisbal d’Empordà.

94. Vilanova del Camí

Desierta en concurso precedente (Sr. Martínez Torregrosa)

Igualada.

95. Xerta

Desierta en concurso precedente (Sra. Rodríguez Jato)

Tortosa.

96. Tordera

Creada por Real Decreto 173/2007

Tordera.

97. Vila-seca

Por traslado del Sr. Joaquín Vicente Calvo Saavedra

Tarragona.

98. Sant Sadurní d’Anoia

Por traslado de la Sra. M.ª Dolores Escarpizo-Lorenzana Esteve

Vilafranca del Penedès.

99. Argentona

Por traslado de la Sra. Sara Indurain Tornos

Mataró.

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