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Documento BOE-A-2010-10181

Orden DEF/1704/2010, de 15 de junio, por la que se declara el mes de agosto inhábil a efectos del cómputo de plazos en el proceso selectivo de consolidación de empleo en los grupos profesionales 1 y 2 , convocado por Orden DEF/3653/2009, de 29 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 26 de junio de 2010, páginas 56308 a 56308 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2010-10181

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden DEF/3653/2009, de 29 de diciembre, se convocaron pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en la categorías de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes y Titulado Superior de Actividades Específicas, grupo profesional 1, y en la categoría de Titulado Medio de Actividades Específicas, grupo profesional 2, en el Ministerio de Defensa.

El desarrollo de estos procesos, exige el cumplimiento de determinados plazos establecidos tanto en las bases de la convocatoria como en el Real Decreto 364/1955 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto,

Este Ministerio resuelve declarar inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en la convocatoria del proceso selectivo de consolidación de empleo de los Grupos Profesionales 1 y 2, anteriormente mencionado.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Defensa en el plazo de un mes desde su publicación, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 15 de junio de 2010.–La Ministra de Defensa, P. D. (Orden 22/2003, de 4 de marzo), el Director General de Personal del Ministerio de Defensa, Vicente Salvador Centelles.

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