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Visto el expediente de indulto de don Omar Contreras Gómez, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección tercera, en sentencia de 8 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y multa de 235.000 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2010,
Vengo en indultar a don Omar Contreras Gómez cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de junio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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