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Documento BOE-A-2010-11274

Resolución de 1 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica la convocatoria de los Premios Alimentos de España en su XXIII edición, correspondientes al año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 15 de julio de 2010, páginas 62444 a 62447 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-11274

TEXTO ORIGINAL

La Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece, en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 2 de julio, establece las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España y se convoca su concesión para el año 2008.

Mediante la presente resolución, se convoca los Premios Alimentos de España, en su XXIII edición con la finalidad de reconocer la labor desarrollada por profesionales y entidades que de una u otra forma participan en la cadena agroalimentaria de conformidad con lo dispuesto en el capítulo II de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.

En su virtud, acuerdo:

Primero. Objeto.–La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la XXIII edición de los Premios Alimentos de España a la Producción Agraria, Industria Alimentaria, Distribución y Comercio Alimentario, Restauración, Producción Ecológica, Joven Empresariado, Mujer Emprendedora, Sector Consumidor, Comunicación y Premio Extraordinario Alimentos de España, correspondientes al año 2010.

Segundo. Solicitud, forma y plazo de presentación.

1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y la declaración de no haber sido sancionado por infracción de la legislación en materia de medio ambiente, medio rural y marino, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según los modelos que se adjuntan como anexos I y II. Ambos anexos se acompañarán de una memoria que recoja las actuaciones más destacadas por las que se desea optar al premio y todo el material documental que se estime oportuno. La documentación se deberá aportar tanto en soporte papel como digital, la memoria y elementos divulgativos preferentemente en pdf y los elementos audiovisuales en cualquier formato.

2. Además de lo anterior, se deberá presentar la documentación adicional para los siguientes premios:

a) Premio Alimentos de España a la Producción Ecológica. Los candidatos a este premio deberán presentar un certificado emitido por órgano de control competente en él que se acredite que las explotaciones agrarias, empresas alimentarias o sus agrupaciones están inscritas según el Reglamento (CE) n.º 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007.

b) Premio Alimentos de España al Joven Empresariado. Los candidatos que se presenten a este premio deberán de tener menos de 40 años a la fecha de cierre de presentación de solicitudes y acompañar una fotocopia del documento nacional de identidad.

c) Premio Extraordinario Alimentos de España. Los candidatos propuestos a este premio deberán cumplimentar y presentar los anexos I, II y III.

3. La solicitudes, junto con la documentación señalada en los párrafos anteriores, se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el 27 de septiembre, incluido éste. Se hará constar en el exterior del envío: XXIII Premios «Alimentos de España».

Tercero. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.–Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los previstos en el artículo 20 de las bases reguladoras.

Cuarto. Plazo máximo para resolver y notificar la resolución.

1. La resolución se dictará en el plazo de seis meses desde la publicación de esta convocatoria, según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notificará a los interesados, con indicación del recurso procedente, plazo y órgano ante el que pueda interponerse. Igualmente se insertará en el tablón de anuncios del departamento y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto. Recogida de documentación.–La documentación presentada por los concursantes que no hayan sido premiados podrá ser retirada desde el día 1 al 15 de junio de 2011.

Sexto. Financiación.–Para la adquisición de las esculturas se destinará un importe máximo de veintiséis mil euros (26.000,00 euros), imputado a la aplicación presupuestaria 23.01.451O.227.06 y ejercicio presupuestario 2011.

Séptimo. Efectos.–La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de julio de 2010.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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