Visto el expediente de indulto de don David Blanes Fresneda, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Tarragona, en sentencia de 29 de noviembre de 2002, como autor de un delito de contrabando, a la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 38.987,66 euros, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 2010,
Vengo en conmutar a don David Blanes Fresneda la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de junio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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